Hasta la fecha, el caso contra el hijo del magnate textil no cuenta con lo que en el argot judicial se denomina una "prueba reina" —como un vídeo de los hechos o una confesión—, sino que se apoya íntegramente en seis indicios recopilados por la instructora. Ante este escenario, la estrategia de la defensa de Jonathan Andic parece que apuntará, entre otros, a invocar el principio constitucional in dubio pro reo –en caso de duda, a favor del acusado–. Para lograrlo, los abogados podrían intentar introducir una duda razonable que rompa la aparente solidez de las sospechas que pesan sobre su cliente.

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Por ello, la defensa tiene la opción de explotar la ausencia total de pruebas directas y presentar una ''hipótesis alternativa'': es decir, una explicación de lo ocurrido que sea lógica, verosímil y plenamente compatible con una versión no homicida.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo admite la condena penal fundada exclusivamente en prueba indiciaria

Llegados a este punto, hay una pregunta que resulta inevitable: ¿realmente se puede condenar a alguien a prisión basándose únicamente en indicios y sospechas? La respuesta legal es tajante: sí, es perfectamente posible, y cuenta con el respaldo del Alto Tribunal y del Constitucional.

¿Cómo funciona la prueba indiciaria?

Para entender las tripas de este mecanismo jurídico, Rubén Martín de Pablos, responsable del área de Derecho Penal del Bufete Martín Cerezo S.L. y copresidente de la sección de Derecho Penal del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), ha dibujado un análisis en exclusiva para El Independiente que permita entender la cuestión.

Desde un punto de vista didáctico, la prueba indiciaria funciona como la reconstrucción de un puzle. Cuando no se tiene la fotografía completa del delito –prueba directa–, los jueces deben ir encajando piezas sueltas pero objetivas (los indicios) hasta armar el resultado final. Con base en esto, el jurista Martín de Pablos explica que, ''la jurisprudencia del Tribunal Supremo admite la condena penal fundada exclusivamente en prueba indiciaria, siempre que los indicios sean suficientes, plurales, objetivos y estén debidamente enlazados en una cadena argumentativa lógica y razonada''.

El experto enfatiza que no contar con un testigo o con una confesión no paraliza la acción de la justicia. En palabras de Rubén Martín de Pablos, "No es imprescindible la existencia de prueba directa; lo esencial es que los indicios permitan alcanzar, más allá de toda duda razonable, la convicción de la comisión del hecho y la participación del acusado".

Las 4 reglas de oro que exige el Tribunal Supremo

Sin embargo, la jurisprudencia del Tribunal Supremo es tajante y no permite articular una condena fundamentada en meras intuiciones. Para que una suma de indicios aislados logre transformarse en una condena de privación de libertad, Martín de Pablos destaca que la justicia exige el cumplimiento estricto de cuatro condiciones indispensables.

En primer lugar, los indicios sobre los que se cimienta la acusación tienen que ser hechos plenamente probados. En el ámbito penal no valen los rumores ni las suposiciones; el punto de partida objetivo —ya sean las contradicciones en las declaraciones del investigado, los movimientos reflejados en su agenda o los datos extraídos de una prueba pericial— debe quedar acreditado sin dejar margen a ninguna duda.

Una vez consolidada esta base probatoria, el segundo requisito exige construir un puente lógico e impecable entre dichas pruebas, lo que jurídicamente se conoce como inferencia racional. Estas piezas deben conectarse entre sí con lógica, pues, como advierte el copresidente de la sección de Penal del ICAM, el tribunal nunca puede basar su razonamiento incriminatorio en "meras sospechas, presunciones gratuitas o versiones hipotéticas".

Si los indicios son insuficientes, débiles, o dan lugar a explicaciones alternativas igualmente plausibles, subsiste la presunción de inocencia y debe absolverse al acusado

Superadas estas fases procesales, la tercera condición impone que la culpabilidad del investigado sea la única conclusión razonable a la que se pueda llegar tras analizar la investigación. Esto significa que el conjunto de las pistas recopiladas solo puede conducir de forma inexorable a la autoría del delito. Si con esas mismas piezas probatorias resulta posible armar una explicación alternativa que sea inocente y creíble, el juez se encuentra en el deber de dictar una sentencia absolutoria.

En consonancia con lo anterior, el cuarto y último pilar de esta doctrina exige al tribunal una justificación especial, plasmada en una motivación judicial reforzada. Esto es que, dado que en estos escenarios no existe una prueba directa que incrimine al acusado, la sentencia tiene la obligación de argumentar con un nivel de detalle milimétrico los motivos exactos por los que se le considera culpable, precisando simultáneamente por qué se han descartado por completo sus explicaciones exculpatorias. Sobre este punto fundamental, Rubén Martín de Pablos remarca dónde se sitúa la verdadera frontera legal del proceso: "El in dubio pro reo opera como límite infranqueable: la duda razonable obliga a absolver".

Los tres escenarios del proceso: de la duda a la certeza

Para ayudar a comprender en qué peldaño se encuentra una investigación penal, el penalista Martín de Pablos diferencia tres situaciones procesales posibles a las que se enfrenta un juez. El primer escenario se plantea cuando, sencillamente, no sabemos exactamente qué ocurrió. En esta fase, la investigación no ha logrado averiguar cómo sucedieron los hechos con un nivel de certeza suficiente. Ante este vacío, la presunción de inocencia actúa como un escudo protector infranqueable a favor del investigado, determinando que el proceso judicial debería cerrarse con el archivo de la causa o con una sentencia absolutoria.

El segundo escenario cobra forma cuando los investigadores concluyen que hay indicios de que el suceso ocurrió de una determinada manera. En este punto de la instrucción, ya existen sospechas fundadas y elementos probatorios que apuntan de forma directa hacia el investigado, pero continúan persistiendo dudas razonables o bien el acusado ofrece explicaciones alternativas que resultan verosímiles. Ante este tipo de encrucijadas legales, Martín de Pablos subraya que, si subsiste una duda insuperable tras el minucioso análisis de la prueba, el principio in dubio pro reo obliga de forma inexorable a absolver al acusado.

Finalmente, el tercer y definitivo estadio se consolida cuando el tribunal determina que hay prueba suficiente para condenar a una persona. Este nivel máximo de certeza probatoria solo se materializa en el instante en que la suma de indicios —siempre que sean sólidos, variados y estén lógicamente encadenados entre sí— logra destruir de raíz cualquier duda razonable. Es exclusivamente en este punto cuando la justicia da por demostrada la culpabilidad del procesado más allá de toda duda, permitiendo dictar una sentencia condenatoria con todas las garantías legales.

Precedentes en España

Un caso paradigmático fue el del crimen de la Guardia Urbana. En aquel juicio no existían testigos presenciales ni confesión sobre cómo se ejecutó el crimen. Sin embargo, la geolocalización de las antenas de los móviles de los sospechosos, la fabricación de pistas falsas para despistar a los investigadores, el móvil económico y las continuas contradicciones de los acusados formaron una red de indicios tan tupida que el tribunal concluyó que no había otra explicación lógica posible.

Un esquema similar se produjo en Galicia, donde el Tribunal Supremo confirmó la pena impuesta a dos jóvenes de 18 y 19 años. Un jurado popular consideró acreditado el crimen basándose en una serie de indicios concurrentes y concluyentes —como coincidencias horarias, restos materiales y declaraciones contradictorias— que bastaron para tumbar la presunción de inocencia.

El reto judicial que afronta el caso Jonathan Andic

Trasladando esta doctrina al caso de Jonathan Andic, el trabajo de la acusación y de la magistrada Raquel Nieto será exigente. Para que los seis indicios que se investigan acaben en una condena por homicidio, no bastará con acumular sospechas: "Si los indicios son insuficientes, débiles, o dan lugar a explicaciones alternativas igualmente plausibles, subsiste la presunción de inocencia y debe absolverse al acusado". Habrá que justificar de forma reforzada por qué el móvil económico, la reconstrucción de los hechos o las posibles contradicciones señalan de forma unívoca a la culpabilidad del primogénito de Andic.

Si la acusación consigue tejer un puzle sin fisuras, la falta de una "prueba reina" no impedirá una sentencia condenatoria. Pero si la defensa logra abrir una grieta en esa cadena lógica y demuestra que existe una explicación inocente y coherente, el principio in dubio pro reo dictará sentencia en favor de la absolución