"Martes por la mañana, atracazo... de entrada". Dos guardias civiles destinados en la Unidad de Seguridad Ciudadana de la Comandancia de Madrid (USECIC) hablaban así de una de sus actuaciones mientras estaban de servicio. Las conversaciones intervenidas durante la investigación muestran cómo hablaban de aprovechar las entradas y registros, de buscar dinero y objetos de valor y de repartirse posteriormente lo que encontraban. "Lo de valor es el oro y el dinero que es lo que más vale", decía uno de ellos. En otra conversación explicaba directamente su método: "Yo cuando se limpia la casa directamente voy a la habitación principal que es lo primero que busco y ahí es donde empiezo a robar".
El otro agente respondía: "Que me quedo yo en la puerta y no entra nadie". Y la explicación continuaba: "Yo tengo ahí ya tres minutos para robar". Las conversaciones forman parte de la investigación que terminó llevando a juicio a tres agentes de la Guardia Civil por distintos hechos ocurridos durante 2020. La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos de ellos por varios delitos y absolvió al tercero, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso El Independiente.
La investigación arrancó después de que varias personas denunciaran actuaciones irregulares de agentes destinados en la unidad. Las escuchas autorizadas judicialmente permitieron registrar las conversaciones entre dos de los investigados, en las que hablaban de sus actuaciones policiales, del dinero que podían conseguir y de los objetos que podían encontrar durante los registros.
"Martes por la mañana, atracazo"
Uno de los episodios que quedó acreditado por la Audiencia tuvo lugar el 12 de junio de 2020 en la localidad madrileña de Majadahonda. Los dos agentes, uniformados y de servicio, detuvieron un vehículo en las inmediaciones de un establecimiento comercial y pidieron al conductor que colocara sus efectos personales sobre el asiento y que abriera el maletero.
Según los hechos probados, uno de ellos aprovechó ese momento para coger la cartera del conductor y apropiarse de 240 euros, mientras su compañero actuaba con él de común acuerdo. Después, cuando el perjudicado recriminó a los agentes su actuación, ambos lo denunciaron por desobediencia haciendo constar en el parte que se había negado a identificarse, algo que la resolución considera falso.
Las conversaciones intervenidas permiten observar que aquella forma de actuar no aparecía como algo improvisado. Los agentes hablaban de determinadas zonas y de las posibilidades de obtener dinero durante sus actuaciones. En uno de los intercambios aparece precisamente la frase: "Martes por la mañana, atracazo... de entrada". La sentencia establece que los dos agentes deberán indemnizar conjuntamente al perjudicado por los 240 euros sustraídos y por el daño moral causado.
El "botín": oro, dinero y relojes
Las conversaciones reflejan que el dinero no era el único objetivo. Uno de los agentes explicaba que, al entrar en una vivienda, se dirigía directamente a la habitación principal porque era allí donde buscaba los objetos de mayor valor. "Lo de valor es el oro y el dinero que es lo que más vale", señalaba.
En otra conversación hablan de una cadena de oro. Uno de ellos reconoce que se habían "emocionado de más" y que, si la cadena llegaba a ser de oro, podían llevarse "mil euros". El otro recuerda entonces un episodio en el que su compañero había intentado quitársela a la persona registrada: "Cuando cogiste al chino y le tiraste del cuello que se la querías quitar".
La Audiencia considera probado que los dos agentes se apropiaron de efectos durante diferentes actuaciones y que existía un acuerdo entre ambos para repartirse el dinero o los objetos obtenidos.
Uno de los episodios acreditados ocurrió el 16 de octubre de 2020, durante una entrada y registro en Getafe. Uno de los agentes se llevó tres relojes: un Hublot cuya tasación no pudo realizarse y otros dos, un Viceroy y un Guess, valorados en 30 euros cada uno. Según los hechos probados, entregó los relojes a su compañero para que intentara venderlos y repartirse las ganancias.
Los relojes terminaron intervenidos meses después en el domicilio de uno de los acusados y fueron reconocidos por su propietaria. Las conversaciones también muestran el interés por los Hublot. En uno de los intercambios se habla de varios relojes y de la posibilidad de llevarlos a un establecimiento para conocer su valor. Uno de los interlocutores llega a calcular que alguno podría alcanzar "veinte... veinticinco mil pavos".
La cadena vendida por 281 euros
Otro de los hechos acreditados se produjo el 2 de diciembre de 2020. Durante una entrada y registro en una vivienda de Madrid, uno de los agentes indicó al morador que dejara sobre una mesilla la cartera con el dinero y una cadena de oro que llevaba puesta. Una vez que el propietario fue detenido y trasladado, el agente se quedó con 810 euros y la cadena. Al día siguiente acudió a un establecimiento de compraventa de joyas y vendió la cadena por 281 euros.
La joya fue posteriormente recuperada por los investigadores y reconocida por su propietario. En otro registro realizado el mismo día, los dos agentes se apropiaron de una pulsera de Pandora, valorada en 80 euros, y de un pendiente de plata de cinco euros. También fueron recuperados posteriormente. La sentencia fija las correspondientes indemnizaciones por estos efectos y considera acreditada la participación de los agentes en las sustracciones.
Los 8.000 euros y las bases policiales
Pero la investigación no se limitó a los registros. Uno de los agentes, conocido como "Quico", quedó señalado desde el inicio de las actuaciones por exigir dinero a personas vinculadas al consumo de drogas en la Cañada Real.
Según los hechos que recoge la resolución, el agente averiguó utilizando las bases policiales que un hombre tenía vigente una orden de búsqueda y detención para su ingreso en prisión. A partir de entonces le exigió 500 euros semanales a cambio de no poner la orden en ejecución. La persona llegó a entregarle 8.000 euros.
El agente fue condenado por el uso de su condición de funcionario para obtener ese beneficio. La resolución también recoge otras consultas de las bases policiales realizadas sin justificación profesional y la transmisión de información policial a terceros. En uno de los casos, consultó la situación procesal de otra persona, comprobó que tenía vigente una orden de ingreso en prisión y le transmitió posteriormente los datos obtenidos.
Una denuncia falsa para esquivar una orden de prisión
La investigación acreditó además que uno de los agentes utilizó un formulario oficial y un sello de la Guardia Civil que conservaba de un destino anterior para elaborar una denuncia falsa. El documento simulaba una denuncia por pérdida de documentación que nunca había ocurrido. El agente incorporó números de identificación profesional que no correspondían a guardias civiles y estampó el sello oficial.
Después hizo llegar el documento a una persona que tenía vigente una orden de busca e ingreso en prisión. La finalidad, según los hechos probados, era que pudiera utilizar aquella denuncia falsa para identificarse ante los agentes y evitar que se detectara su situación judicial. La Audiencia condenó al agente por falsedad documental.
Hasta material de la Guardia Civil
El registro del domicilio de uno de los acusados permitió localizar además diverso material procedente de la Guardia Civil. Entre los efectos intervenidos había guantes, mascarillas, material de protección, una mochila de la Guardia Civil, un etilómetro, portaequipos, fundas, material de detención, aerosoles de defensa y otros elementos de dotación.
Entre ellos estaba el etilómetro que figuraba adjudicado a la Unidad de Seguridad Ciudadana de la Comandancia de Madrid y que había desaparecido de la unidad entre noviembre y diciembre de 2020. La investigación también permitió recuperar otros efectos relacionados con las actuaciones por las que fueron procesados.
No todo quedó probado
La sentencia establece una distinción importante entre las acusaciones formuladas durante la investigación y los hechos que finalmente considera acreditados. Algunos de los episodios inicialmente atribuidos a los agentes no terminaron en condena. Entre ellos figuran varios robos con intimidación y otros hechos respecto de los que la Audiencia considera que no existía prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia. El tribunal también descarta determinados extremos relacionados con las cantidades de dinero supuestamente sustraídas. El tercer agente acusado quedó absuelto de los delitos que se le atribuían.
Los otros dos fueron condenados por distintos delitos relacionados con las sustracciones, las falsedades, el uso de información policial y la omisión de actuaciones que, según la sentencia, estaban obligados a realizar por su condición de agentes.
Te puede interesar