Más de tres millones de euros. Es la condena que propone la Fiscalía del Tribunal de Cuentas para los responsables de organizar el referéndum ilegal del 1-O y la promoción internacional de la secesión, encabezados por Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y Artur Mas. En su escrito de conclusiones la Fiscalía acusa a los líderes del procés del desvío 883.695,29 euros por los gastos de referéndum y otros 2.209.503,8 euros por la acción exterior de los gobiernos independentistas de Mas y Puigdemont.

La Fiscalía rechaza además que se deba posponer el proceso por la Ley de amnistía. El pasado 4 de abril el Tribunal de Cuentas dio inicio a la fase de conclusiones de la causa abierta contra 35 ex altos cargos catalanes por el desvío de fondos públicos para el procés. Ahora las defensas tendrán el mismo plazo para presentar sus escritos exculpatorios, tras lo cual el Tribunal de Cuentas dictará sentencia. En ese momento la Ley de amnistía podría estar en vigor -si se cumple la previsión de aprobarla definitivamente a final de mayo- lo que anularía esta multa millonaria.

Ahora el fiscal en su escrito considera "acreditada la responsabilidad contable" de Puigdemont, Junqueras y los exconsejeros catalanes que participaron en la organización del referéndum y la posterior declaración de independencia. Un escrito que afecta tanto a los líderes independentistas ya condenados por el Tribunal Supremo, como a quienes se fugaron para sustraerse a la acción de la Justicia, con Puigdemont a la cabeza.

A la espera de la amnistía

La defensa de Junqueras solicitó suspender el procedimiento ante la tramitación de la Ley de amnistía. Pero la Fiscalía señala que la transformación de una proposición de ley "en una norma que extinguirá la responsabilidad contable que aquí se dilucida es un hecho futuro y no exactamente incierto, pero tampoco dotado de una certeza plena, al desconocer la fecha de entrada en vigor de la ley y su exacto contenido y alcance", para rechazar la suspensión.

Sobre la implicación de Puigdemont, el fiscal Manuel Martín-Granizo refiere que aunque no interviniera "en las siguientes fases de la tramitación presupuestaria, le resulta atribuible la presunta responsabilidad contable derivada de ser la autoridad que aprobó la totalidad de los gastos inherentes a la consulta". En el caso de Junqueras, entonces al frente de la Consejería de Economía, prosigue el escrito, "se le atribuye responsabilidad contable por la totalidad de los gastos, atendiendo al especial protagonismo" de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña.

Junto a Junqueras, considera que los ex consejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Montse Bassa, precisa, "son responsables del total de lo malversado, como así expresa el fallo de la sentencia del Tribunal Supremo, que les condena por un delito de malversación agravada por la deslealtad que representa haber puesto la estructura de sus respectivos departamentos al servicio de una estrategia incontrolada de gasto público al servicio del referéndum ilegal".

El fiscal incluye también a los consejeros que no fueron juzgados por encontrarse "en situación de rebeldía". Se trata del ex titular de Sanidad, Toni Comin, y Cultura, Lluis Puig, a los que acusa de poner sus departamentos "al servicio de actos nucleares de ejecución por cuanto la sentencia del TS cita expresamente sus departamentos entre aquellos que comprometieron el gasto".

"Los pagos relacionados en la demanda se han realizado sin la adecuada justificación, al no responder a la consecución de objetivos y fines legales y legítimos, sino a la organización del referéndum de autodeterminación que tendría lugar el 1 de octubre de 2017", añade el fiscal.

Acción exterior

En relación a la acción exterior y el Diplocat, por la que se investiga también al Govern de Artur Mas, el fiscal advierte que "se incluyen gastos por actividades de promoción del proceso soberanista y de análisis y prospectiva, como gastos de personal, contratos sin justificación adecuada y subvenciones concedidas indebidamente".

"En el empleo dado a los fondos públicos en el ámbito de la acción exterior de la Generalitat de Cataluña se incurrió en múltiples actividades que no tienen cabida en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma al no haber respetado la Generalitat las normas a cuyo amparo se desarrollan las actividades realizadas en el ejercicio de esa competencia autonómica", expone el fiscal.

Por ello, agrega, "las actividades desarrolladas para la promoción del proceso de independencia o soberanía no tienen encaje en las competencias autonómicas de acción exterior"