La amnistía ya está aquí. Tras su publicación en el BOE este martes los principales tribunales que acumulan causas relacionadas con el independentismo han dado los primeros pasos a la espera de que tanto los afectados como la Fiscalía se pronuncien. Pero en sus primeros escritos ya puede intuirse por dónde va a ir el Tribunal Supremo, especialmente, en la interpretación de la malversación y esto nubla mucho el futuro de Carles Puigdemont si se plantea volver a España. Tampoco pone las cosas sencillas a Oriol Junqueras para presentarse a unas nuevas elecciones.
Los tres escritos en los que ayer se manifestó el Supremo son para leer entre líneas y algunos de estos huecos los afinan fuentes jurídicas consultadas por El Independiente. Sobre la mesa hay tres delitos principales sobre tres bloques de encausados. Por un lado, están los fugados a cargo de Pablo Llarena cuya providencia no tiene desperdicio; por otro lado, están los investigados por terrorismo en la causa de Tsunami Democràtic bajo la batuta de la magistrada Susana Polo; y por último, los ya condenados como cabecillas del procés por la Sala de lo Penal cuyo tribunal lo forman seis penalistas, incluidos el presidente Manuel Marchena.
El escrito en el que Llarena da cinco días a las partes para que presenten sus alegaciones pone el foco en el delito de malversación. Este compone el grueso de la condena de los líderes independentistas (una vez abolida la sedición del Código Penal) y es el que sustenta las medidas cautelares que provocan que si Puigdemont pisa España pueda ser detenido. En concreto, el juez ha preguntado a las partes si entienden que lo que dice la norma sobre la desobediencia y malversación de caudales públicos puede "considerarse excluidos del ámbito de aplicación de la Ley por la específica previsión del legislador recogida en su artículo 2.e".
Este artículo es el que hace referencia como causa de exclusión del perdón a "los actos tipificados como delitos que afectan a los intereses financieros de la Unión Europea". En otras palabras, el magistrado está invitando a analizar si la desviación de fondos que se produjo para el referéndum del 1-0 pudo afectar al dinero de la Unión Europea, en cuyo caso, esa malversación no sería amnistiable.
Es una lectura coincidente con la que han hecho los cuatro fiscales del procés y que han presentado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, porque es la postura que quieren mantener en el Supremo. La malversación, por tanto, se convierte en el talón de Aquiles de esta Ley y, fuentes jurídicas vaticinan que esta tesis del alto tribunal terminará provocando que directamente no se aplique en este extremo.
El alto tribunal puede tener dudas en otros aspectos, por ejemplo, los relacionados con el terrorismo y puede plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), pero puede no amnistiar directamente la desviación de dinero sin titubeo lo que provocaría que las medidas cautelares siguieran vigentes y que Puigdemont fuera detenido al llegar a Cataluña.
De ser así, a su abogado le quedaría el camino de acudir al Tribunal Constitucional en amparo y pedirle a los togados que velan por la Carta Magna que revisen su caso y corrijan al Supremo, pero eso, en cualquier caso, tardaría años en llegar.
En todo ese tiempo, el expresident no podría aparecer en el Parlament sin riesgo a ser arrestado y llevado a declarar ante el magistrado que lleva esperándolo desde 2018. De hecho, Llarena se ha encargado de dejar por escrito un mensaje a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado advirtiendo de que si cualquiera de los fugados vuelve (Puidgdemont, Toni Comín, Lluís Puig o Marta Rovira) tendrán que ser detenidos.
Junqueras también puede esperar
En sintonía con esta decisión, se ha pronunciado el tribunal de la Sala de lo Penal --compuesto por Marchena, Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Andrés Palomo y Ana Ferrer-- dando otro plazo corto de cinco días a las partes para que tomen conciencia de la ley.
En su escrito dejan constancia del apartado 3 de la norma que dice que "solo podrá entenderse amnistiado un acto determinante de responsabilidad penal (...) cuando así haya sido declarado por resolución firme dictada por el órgano competente para ello con arreglo a los preceptos de esta ley". Traducido, solo cuando el Supremo lo diga mediante sentencia firme, los miembros del procés serán amnistiados.
Y esto en letra pequeña, ¿qué quiere decir? Pues, que Oriol Junqueras tendrá que esperar a que todo el periplo de la amnistía termine para presentarse a unas elecciones. No vale con la misma publicación en el BOE para el decaimiento de su condena firme, sino que tendrá que esperar a que se resuelvan eventuales cuestiones (presentadas ante el TJUE o ante el Tribunal Constitucional). Esto también puede durar años.
La Fiscalía se la juega
La Fiscalía se juega mucho prestigio en la aplicación de esta Ley y desde el Ministerio Público lo saben. El primer choque de trenes está a punto de producirse porque, tal y como contó este medio, los cuatro fiscales del procés --Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Fidel Cadena-- están dispuestos a llegar hasta el final en este asunto y no van a torcer el brazo ni un milímetro del criterio que se planteó en un primer momento.
Ellos, sin que nadie lo requiriera, llevaron a una primera reunión con el fiscal general del Estado el pasado 31 de mayo un informe en el que planteaban su postura: no debían levantarse las medidas cautelares porque la amnistía no podía aplicarse en los casos de malversación y el de Puigdemont lo es. Su tesis pasaba, precisamente, por Europa.
"La malversación de fondos públicos para financiar un proceso secesionista dentro de un Estado que forma parte de la Unión Europea, con el consiguiente riesgo de fractura territorial de la UE y la consiguiente disminución de los ingresos y fondos que forman parte de su presupuesto, repercute negativamente en los propios intereses financieros de la Unión", alegaron.
Tras las providencias del Supremo de este martes, se ha producido una nueva reunión entre García Ortiz y los fiscales Jaime Moreno y Javier Zaragoza en la que el primero explicó que había que pronunciarse específicamente a lo que pedía el alto tribunal. Los fiscales del procés le trasladaron que en el informe anteriormente mencionado ya contenía su criterio, pero García Ortiz sostuvo que eso era un informe "genérico" sobre toda la ley y que ahora se trata de hacer uno "procesal" para esta causa en concreto.
García Ortiz todavía no ha manifestado cuál es su criterio como fiscal general, explican distintas fuentes fiscales, y simplemente se ha limitado a pedir a sus compañeros que dejen por escrito lo que creen que deben sostener ante el Supremo para dar respuesta a Llarena, de un lado, y a la Sala de lo Penal, del otro, sobre la aplicabilidad o inaplicabilidad de la amnistía. Estas dos contestaciones tienen prioridad a la de Tsunami Democràtic porque tanto Susana Polo como Manuel García Castellón en la Audiencia Nacional han dado un margen mayor, de diez días, para contestar.
Los fiscales del procés se han comprometido a hacerlo en menos de 24 horas, pero ya han avanzado que su criterio jurídico está contenido en el informe que presentaron desde el inicio y no van a cambiarlo. Si el jefe del Ministerio Público quiere mover una sola coma, los cuatro fiscales de la Sala de lo Penal están dispuestos a plantear un artículo 27 del Estatuto Fiscal que es el resorte legal que tienen para tratar de evadir la orden de un jefe.
Esto supone activar al generalato de la carrera que tendrá que dar su opinión sobre lo que allí se decida, si bien el criterio de la mayoría no es vinculante y García Ortiz podrá decidir lo que crea o sustituir a los fiscales que han llevado esta causa desde 2017. En cualquier caso, todo se desarrollará muy rápido dado que la próxima semana termina el plazo dado por los jueces.
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hace 4 meses
Igual que puede ser sencillo explicar una amnistía ad hoc por cuestiones políticas (sin perjuicio de que se puedan ver vulnerados otros derechos o fundamentos jurídicos principales, por la premisa de que es ad hoc), no veo nada sencillo explicar ni defender amnistiar una malversación de fondos públicos y menos cuando tocan fondos provenientes no solo de la región catalana, ni de España, si no de Europa.
Y ese va a ser el talón de Aquiles de esta ley. Se ha intentado cerrar demasiado deprisa por otras razones de urgencia política (una investidura), y ya se sabe que las prisas no son buenas consejeras y menos para la redacción de una ley con muchos matices que se intentan reconducir por vía política, metiendo en el mismo saco delitos muy dispares
Veremos no obstante, los fundamentos de los informes sobre la malversación de fondos y su justificación y cómo encaja su posición o no en la ley de amnistía, y a partir de ahí será Europa la que de el beneplácito a esta ley, o no.
el Preámbulo de esa ley habla de convivencia y reconciliación. Yo animo a todos a extrapolar al día a día y nuestra ámbito particular seguir el ejemplo de esas dos palabras, que no solo tienen que dirigirse a Cataluña, sino que son plenamente aplicable el resto de España.
hace 4 meses
¡Que mal suena eso de avanzar «la lectura que hará el Supremo…!
Yo siempre sospeché que muchos jueces iban al juicio con la sentencia previamente decidida y que les importaba un bledo lo que expusieran las partes en la vista, porque ellos, en su soberbia, ya lo sabían todo.
Cosa «muy encomiable» desde el punto de vista de las garantías de una justicia imparcial que recoge la Constitución.
Y así va la Justicia, en muchos casos.
Pero, no esperaba que nadie lo dijera públicamente del Tribunal Supremo.
Quizás es que estamos, de nuevo, en aquello que dijo el PP de Coixidó, y que,
con Marchena, el PPVOX controla la Sala 2a del Tribunal Supremo «…por la puerta de atrás…».