La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, cobró, a lo largo de diez años, un total de 39.170 euros por el máster de Transformación Social Competitiva y el máster en dirección de Fundraising que desarrolló en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). No consta ningún cobro, sin embargo, por la co-dirección de la cátedra extraordinaria por lo que la Fiscalía pidió este lunes el archivo de toda la investigación alegando que en su actividad no hubo ánimo de dolo ni intención de lucro irregular.

En el desglose de gastos que ha presentado de forma detallada el Ministerio Fiscal se explica que desde que se creara la cátedra extraordinaria del año 2020 al 2022, Gómez no obtuvo remuneración como tal por este paraguas que contenía dentro dos másters. Esta es la baza que su defensa ha presentado ya en distintos escritos exponiendo que la esposa del presidente del Ejecutivo no se enriqueció con su actividad privada, si bien sí que cobró por las dos formaciones que integraban la cátedra.

Por un lado, por el máster de Transformación Social Competitiva Gómez recibió 5.502 euros el año de la pandemia (2020-2021) y algo más, 8.132 euros el curso posterior (2021-2022). Por el otro, el máster de Fundraising, que era el que mantenía incluso antes de que Pedro Sánchez llegara a La Moncloa, fue el que más rédito le dio puesto que se alargó durante una década. La Complutense lo anuló el pasado 2024 una vez estalló la investigación judicial.

Desde 2014, Begoña Gómez cobró 1.050 euros; un poco más que el año siguiente, 750 en 2015 y, a partir de entonces, la remuneración fue en ascenso: 1.440 euros (2016-2017), 1.008 euros (2018-2019), 9.575 euros (2019-2020), 6.830 euros (2021-2022). A estas cantidades hay que sumar, además, el diploma de formación continua que realizó con esta actividad de fundraisingo por la que cobró en dos cursos un total de 4.883 euros.

El fiscal que ha desglosado todos estos casos en un escrito al que ha tenido acceso El Independiente sostiene que, aunque haya existido una remuneración económica, "ninguno de los investigados se ha beneficiado económicamente de las actividades de creación del software informático, ni consta que la UCM haya sufrido perjuicio patrimonial a consecuencia de las actividades desarrolladas".

El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, está indagando en la creac¡ción de este proyecto en el que participó Indra (que aportó equipo y personal de trabajo por valor de unos 100.000 euros); Telefónica (que aportó tres personas a razón de 124 jornadas cada uno valorando su aportación en 55.000 euros); y Google (que pagó 40.000 euros en patrocinio a la universidad además de otros 70.000 euros abonados directamente a empresas especializadas para terminar el trabajo).

Lo que sucede es que el representante del Ministerio fiscal dice que aunque estos "trabajos en materia informática y tecnológica fueron finalizados por las entidades colaboradoras" no consta que el "citado programa se haya llegado a implementar ni se hayan verificado los resultados prácticos del mismo". Es decir, aunque el software (que permitía verificar a las empresas si habían desarrollado los Objetivos de Desarrollo Sostenible que marca la ONU) se terminó de manera altruista por las empresas éste no llegó a ponerse en marcha y, por tanto, no ve delito.

De hecho, no ve ninguno de los cuatro delitos por los que está acusada en la causa principal: tráfico de influencias, usurpación de funciones públicas, apropiación indebida o corrupción en los negocios. Sobre la apropiación, por ejemplo, el fiscal refleja que aunque Begoña Gómez registró la plataforma a su nombre (programa informático, marca, logotipo, web), lo hizo así porque desde la Universidad Complutense se lo recomendaron. "La denominación de Transformación Social Competitiva y el logo de su imagen se utilizaban en el ámbito de la UCM por María Begoña Gómez antes de su registro. No consta que los mismos se hayan empleado fuera del ámbito de la UCM, ni su utilización lucrativa, ni su explotación, ni que se haya entablado litigio a causa de ello".

Tampoco ve la Fiscalía un "enriquecimiento paralelo subrepticio" por el hecho de que se creara un programa que permitiera a las pymes y ONG de forma gratuita planificar y mejorar sus propias estrategias sostenibles. A pesar de lo que considera una "exhaustiva y desorbitada indagación sobre las cuentas bancarias e información patrimonial de la investigada" no se ha encontrado ningún lucro desorbitado relacionado con esto. Y añade con respecto a la usurpación de funciones públicas, por haber firmado los pliegos de un contrato, que hay "ausencia absoluta y patente de componente doloso en la actuación". En otras palabras, aunque Begoña Gómez firmó ese previo de contrato ella no sabía que debía hacerlo un funcionario público, "se le indicó expresamente que lo firmara ella desde la gerencia de la escuela de gobierno de la UCM" y, por tanto, dice el fiscal "no advertimos elementos objetivos de criminalidad respecto a los delitos apuntados".

El fiscal destaca que el tráfico de influencias, que es el delito que arrastraría toda la causa a ser enjuiciada por un jurado popular, tampoco se da porque no se puede dar por hecho que por "la mera relación conyugal", Gómez haya podido "operar" con "prevalimiento e influencia con relevancia penal en toda su actividad, pretendiendo que vaya impregnando siempre además, del elemento doloso necesario para la comisión del ilícito".

El juez Peinado había indicado que la existencia de Pedro Sánchez en el palacio de La Moncloa había sido "fundamental" para el tráfico de influencias, pero la Fiscalía niega esta afirmación: "La mera presencia de la persona no puede ser sin más influencia". Dice el fiscal que "no hay elemento objetivo ninguno en las actuaciones que conduzca de forma indiciaria a la afirmación de que la investigada en cuestión se ofreciera a ejercer su influencia y desplegar eficazmente su ascendencia sobre terceros, dirigida a la consecución de una resolución administrativa favorable, ni tampoco hay elementos que permitan hablar de soborno, presente, dádiva o remuneración o contraprestación de ningún tipo".

Barrabés y la asesora de Moncloa

En lo referente a Barrabés, el fiscal sostuvo que la sociedad Innova Netx S.L. (que fue la que ganó los concursos públicos) se constituyó en el año 2012 y que su contratación con el sector privado se inició entre 2016 y 2017 y, en cualquier caso, dice que las contrataciones en las que se añadieron las cartas de Begoña Gómez están siendo objeto de investigación de la Fiscalía Anticorrupción. Sobre el informe de la Intervención de la Administración General del Estado (IGAE) refleja que aunque "las tachas u observaciones se concretan en un excesivo peso de la valoración subjetiva", pero que "la fórmula escogida no es singular o exclusiva de estos contratos, siendo una problemática recurrente en otras jurisdicciones".

Y de la asesora de Moncloa, Cristina Álvarez, indica que sus funciones se basaban "en el desempeño de tareas de colaboración inmediata de carácter logístico y organizativo en el marco de la atención a la esposa del presidente del Gobierno, en las que predominan las notas de afinidad inherentes a la confianza, comprendiendo en tales actuaciones, las de la gestión de la agenda y la preparación de la presencia de reuniones, vistas, eventos...". El Ministerio Público destaca que entre Álvarez y Begoña Gómez hay "lazos previos laborales y de amistad surgidos años antes" de que Pedro Sánchez fuera presidente del Ejecutivo.