Lo sucedido con la Operación Guateque es de una gravedad extraordinaria no sólo por lo que supone, la absolución de 30 personas que han pasado ¡diez años! enredadas, alguna de ellas encarceladas, en un proceso judicial en el que han sido acusadas de múltiples delitos -cohecho, falsedad en documento público y tráfico de influencias, entre otros- sino por lo que pone de manifiesto: un comportamiento de los agentes de la Guardia Civil directamente ilegal y malicioso y una desidia incomprensible tanto de la Fiscalía como del juez instructor de la causa. Y son estos fallos clamorosos los que obligan a preguntarse por el estado de la administración de Justicia en España porque hay que añadir inmediatamente que lo que el tribunal denuncia aquí no es un caso aislado o extraordinario sino que, sumados todos los elementos que concurren en este caso, o aisladamente cada uno de ellos, se están produciendo con alarmante frecuencia en nuestro país.

Para empezar, resulta que la Guardia Civil, de hecho unos agentes cuya identidad ha permanecido siempre oculta desde el comienzo de la instrucción hasta la publicación ahora de la sentencia por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, deciden hacer una "cala" para ver si pescaban un delito del que no constaba denuncia alguna, ni se había incoado ninguna diligencia, ni el juez había autorizado ninguna intervención telefónica y muchos menos una grabación subrepticia. Y, ni cortos ni perezosos, por sí y ante sí, deciden entregar una grabadora a un señor que, con ella en el bolsillo, acude a reunirse con un antiguo proveedor para tirarle de la lengua y forzarle a inculparse en un presunto delito.

Los agentes actúan por su cuenta y riesgo, sin pruebas ni indicios previos y al margen del juez y del fiscal

El enviado de la Guardia Civil se constituye a continuación en denunciante ante el juez de instrucción Santiago Torres que abre diligencias. Pero antes de seguir debemos detenernos en esto, en el hecho de que estos agentes de la Guardia Civil actúan por su cuenta y riesgo, sin pruebas ni indicios previos y al margen del juez y del fiscal. Hacen lo que se llama una investigación prospectiva, algo que está totalmente prohibido en la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. Pero la hacen, y con esa grabación manifiestamente ilícita para cualquiera que tenga  un mínimo conocimiento del Derecho, arranca el procedimiento judicial.

Y sucede que ni la grabadora ni la grabación son entregadas al juez de instrucción, que no las reclama, como tampoco las reclama el fiscal, que se conforman con una transcripción de la que se ignora absolutamente si es una reproducción completa y no manipulada y nadie intenta acreditar ese punto esencial. Es más, cuando la Guardia Civil hace entrega al juez de una copia en CD de lo que se supone que han sido las conversaciones que constituyen la prueba de cargo, no informa al juez del modo en que han sido obtenidas esas conversaciones, lo que las habría convertido automáticamente en nulas y habría llevado al sobreseimiento y al archivo de las actuaciones.

No, no, el atestado de la Guardia Civil intenta, con evidente "mala fe" como dice el tribunal sugerir que esa grabación les ha sido proporcionada espontáneamente por el ciudadano que la realizó. Pero eso no fue motivo para que el juez de instrucción indagara sobre el origen de la prueba y reclamara además como rezan los requisitos que la jurisprudencia exige, que se pusiera a disposición del juzgado las cintas íntegras y en su soporte original porque sólo así podrían haber sido valoradas y estimadas como prueba.

Pero resultó que ¡las tales cintas no existían! y que el juez instructor ni siquiera las reclamó

Pero resultó que ¡las tales cintas no existían! y que el juez instructor ni siquiera las reclamó. Incluso el autor de la grabación dice que no reconoce el contenido ni las voces contenidas en el final del CD que se supone que debía de ser una copia del original. Dice el tribunal de la Audiencia Provincial: "No existe tal supuesta grabación, por lo que la instrucción y el proceso entero se han construido sobre la nada más absoluta".

En definitiva, estamos ante un auténtico asalto y vulneración a los derechos a la tutela judicial efectiva, a un proceso público con todas las garantías y al secreto de las comunicaciones. Un asalto y una vulneración que se ha prolongado nada menos que 10 años en una de esas macrocausas  que son un nido de escandalosas ilegalidades y, en definitiva, de corrupción judicial.

Ante espectáculos como éste que son un auténtico escándalo, el Tribunal Supremo tiene la última palabra

Un asalto y una vulneración que han destruido el buen nombre de los procesados inocentes y que ha librado sin embargo de pagar sus culpas a quienes tendrían que haberlo hecho si el procedimiento se hubiera basado en la legalidad exigible en todo momento y si las acusaciones no se hubieran formulado sobre grabaciones de todo punto ilegales y que, por lo tanto, han contaminado todo el proceso y han determinado su nulidad. Espectáculos como éste no se pueden volver a repetir porque son un auténtico escándalo. Ahí el Tribunal Supremo tiene la última palabra.