Con motivo de una posible revisión de la Constitución Española par  dar respuesta a la crisis institucional a que nos ha conducido el tema de la independencia de Cataluña, alguna formación política está proponiendo un modelo federal, lo que obliga a considerar si el modelo de equidad-solidaridad del Federalismo Fiscal está contenido en la Constitución de 1978.

Como a continuación se expone, el citado modelo de equidad-solidaridad, tanto a nivel vertical como horizontal del Federalismo Fiscal, está proclamado en nuestra Constitución, siendo de aplicación también en  Cataluña, si bien el modelo de equidad-solidaridad que se viene aplicando es más propio de un Estado confederal o de un Estado independiente, como cabe deducir de la reiterada expresión de España nos roba.

El principio de igualdad de todos los individuos ante la ley se traduce en el principio básico de equidad, identificado como el principio ético de “trato igual entre iguales” y de “trato adecuado entre desiguales”, que se objetiva en el artículo 31.1, de nuestra Constitución al contemplar que se contribuye al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con la capacidad económica, mediante un sistema tributario inspirado en los principios de igualdad y progresividad. Esta progresividad, junto con una distribución de la renta personal equitativa (Art 40.1) configura la inescindibilidad del principio de equidad-solidaridad de nuestro modelo ético-social de convivencia.

La propia Constitución contempla la llamada equidad horizontal

Pero en el Estado de las autonomías, además de la equidad vertical-que las cargas tributarias sobre individuos situados en posiciones equivalentes sean idénticas-, la propia Constitución transfiere a todo el territorio del Estado la inescindibilidad del citado principio de equidad-solidaridad cuando dice que todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado (Art. 139.1), y establece la solidaridad regional (Art. 2) y la distribución de la renta regional (Art. 40.1), también en todo el territorio del Estado. La propia Constitución contempla, pues, la llamada equidad horizontal, donde es preciso introducir la vertiente del gasto y la prestación de los servicios; es decir, obtener un índice que tenga en cuenta el “saldo” neto o residuo fiscal entre las contribuciones realizadas y el valor de los servicios públicos recibidos mediante una asignación equitativa del gasto público (Art. 31.2).

El argumento de Cataluña de que el mecanismo que ellos propugnan funciona en Europa y que también puede funcionar en España, olvida que se trata de un modelo propio entre Estados Confederados o independientes, en el que la solidaridad territorial es perfectamente escindible de la equidad-solidaridad dentro de cada Estado.

Igualmente, cuando se argumenta que en el nuevo modelo de financiación para Cataluña se produce un salto cualitativo al introducir la renta per cápita para no perder posiciones, se está escindiendo la solidaridad de la equidad, pues la renta per cápita no es un índice adecuado para la de equidad-solidaridad horizontal, de acuerdo con los principios básicos del federalismo fiscal.

La situación a la que se ha llegado no es ajena a nuestro proceso de descentralización territorial, en el que en las transferencias de competencias desde la Administración Central del Estado a las Administraciones de las Comunidades Autónomas ha ido predominando siempre su deslocalización del Estado Central a su simultánea relocalización en el nuevo Estado de las Autonomías, lo que ha conducido a una especie “federalismo al revés”, donde cada parte es también todo. Ello hace que el contrapeso de la coerción federal no sea  fácil de aplicar, ya que las partes, especialmente Cataluña, también se consideran todo.

La cooperación, donde todos ganan, ha dejado paso a un proceso competitivo

La cooperación, donde todos ganan, ha ido dejando paso a un proceso competitivo, en el que lo que unos ganan otros pierden (juegos de suma cero), y los esfuerzos de gestión no se encaminan a generar ese novum o valor añadido, según el cual el Todo es mayor que la suma de las Partes, sino a mejorar la posición que genera la presión y la acción política, utilizando para ello, en vez de saldos netos o residuos fiscales tal como están recogidos en la Constitución Española de 1978, instrumentos propios de Estados confederados o independientes como son las balanzas fiscales, pero sin homologar, a fin de que permitan hacer comparaciones y proclamar el eslogan de España nos roba.

Todo ello hace que el federalismo fiscal esté prácticamente superado en Cataluña, principal impulsora de un progresivo proceso de deconstrucción constitucional que no ha encontrado límite ni en la soberanía nacional, llegando, incluso, a deconstruir un pronunciamiento, como es el de la autodeterminación, que no figura en la Constitución Española. Y, lo que es más grave, afectando al  principio de equidad-solidaridad sobre el que se asienta nuestro modelo ético-social, y comprometiendo nuestra pacífica convivencia socioeconómica, como ya expuse en las páginas 251 y siguientes del libro, que publiqué sobre Ética, política, Economía y Control. El caso de los Partidos Políticos. Ediciones 2010, Madrid 2014.

En esta deriva, hasta llegar a la reciente declaración de independencia, la falta de diálogo para llegar a acuerdos no es ajena a esa razón nacionalista que exime de cualquier otro acuerdo que no sea un referéndum de autodeterminación. A lo que habrá que añadir que tampoco se ha contado, por parte de los partidos constitucionalistas, con un relato político coherente poniendo de manifiesto hacia donde se caminaba.

Así, por parte del Gobierno, además de cumplir con su obligación de acudir al Tribunal Constitucional, para hacer cumplir la legalidad vigente, hubiera sido oportuno avanzar, antes de que se produjera el cambio de domicilio de los Bancos y la emigración masiva de empresas, hacia dónde se dirigía el proceso y cuáles serían los ganadores y perdedores a largo plazo. Teniendo en cuenta que en la Unión Europea solo se integran democracias con economías de mercado, al pretender que Cataluña no quedara sometida a la Constitución Española de 1978 que, en su articulo 38, dentro del Título I de los derechos “protegidos”, reconoce la economía de mercado, ya se podía garantizar, en consecuencia, que Cataluña nunca podría entrar la Unión Europea y pertenecer a la zona euro.

Se podía garantizar que Cataluña nunca podría entrar en la Unión Europea

Pero en todo este proceso no se puso de manifiesto, ni por parte del Banco de España que los Bancos residenciados en Cataluña no contarían con un prestamista de ultima instancia, ni por parte del Gobierno que este proceso conducía a un mayor aislamiento y una mayor gestión centraliza de la economía, donde, a largo plazo, los perdedores serían los consumidores y los trabajadores con menores salarios y con un mayor nivel de desempleo, como ya se está constatando, resultado propio de toda economía centralizada, gestionada con amplios márgenes de discrecionalidad fácilmente influenciables por grupos de interés y de presión, propicia a una mayor corrupción.

Por parte de la oposición se ha venido invocando la necesidad de un mayor diálogo, pues en política todo lo que contribuya a llegar a acuerdos mediante la negociación se considera eficaz; pero ello requiere precisar a qué tipo de acuerdos se quiere llegar, si a acuerdos de naturaleza contractualista, como lo fueron en su día los Pactos de la Moncloa donde la negociación versó sobre un programa económico previamente elaborado, o si son de naturaleza constitucionalista, como el que nos condujo a la Constitución Española, para lo cual ya no valen esas hojas de ruta previas, como la del federalismo, o la de un federalismo asimétrico, para encajar esta singularidad de Cataluña, donde el Federalismo fiscal ya lo tiene superado.

El coste de los procesos independentistas trasciende el ámbito nacional

Por otra parte, en un mundo que al mismo tiempo se integra y se globaliza, el coste de estos procesos independentistas, como es el caso de Cataluña, transciende no solo el ámbito nacional sino también el europeo, pues los procesos de integración en la Unión Europea están inmersos en  procesos de globalización, de ahí los pronunciamientos de las autoridades de la Unión Europea y del presidente de los EEUU. Por ello, los procesos de descentralización territorial dentro de cada Estado, siguiendo la arquitectura institucional del nacionalismo decimonónico, y basados en principios de los sistemas cerrados de la era industrial, no se ajustan a la realidad actual marcada por planteamientos y mecanismos de integración y globalización, ya que no pueden ser considerados solamente como una cuestión interna de los Estados miembro, donde alguna de las partes quiere constituirse en Todo, como es el caso de Cataluña.

Si la experiencia histórica avala que los nacionalismos preceden a los conflictos, resultará todavía más problemático en una sociedad que, en la globalidad, se resiste a quedar enmarcada en ámbitos más reducidos de poder con capacidad para modelarla a través de la legua, la educación e identidades locales. En palabras de Simón Peres, la temporada de caza, a nivel de experiencia humana, está desaparecien­do, y lo que se puede crear es más importante que lo que se puede cazar, pues el futuro ya no es continuación del pasado, sino una consecuencia del propio futuro.


Ubaldo Nieto de Alba es Presidente emérito del Tribunal de Cuentas, fue Decano de la Facultad de CCEE de la UCM e Inspector financiero del Ministerio de Hacienda.