La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid ha impuesto la pena máxima de cuatro años de prisión a Miguel Ángel Flores como autor penalmente responsable de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y de 29 delitos de lesiones, también por imprudencia grave, tras considerarle el máximo responsable de los hechos ocurridos en el 'Thriller Music Park', celebrado en la madrugada del 1 de noviembre de 2012 en el pabellón Madrid Arena.

Los magistrados consideran acreditado que la muerte de las cinco jóvenes y las lesiones de otras 29 personas se produjo como consecuencia del sobreaforo existente -al haber entrado al recinto alrededor de 16.600 personas cuando el aforo permitido es de 10.620- del cierre de vomitorios y escaleras -con lo que se dificultó el tránsito de los asistentes por el pabellón- y de haberse derivado la entrada del público a través de las puertas de emergencia directamente a la pista, que ya se encontraba saturada por el sobreaforo.

El tribunal ha inhabilitado a Miguel Ángel Flores, al que considera que actuó intentado conseguir en todo momento el máximo beneficio económico, para el ejercicio profesional de cualquier actividad en relación con la organización y celebración de eventos durante el tiempo de condena.

 

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La Sala considera también culpables de cinco delitos de homicidio por imprudencia y lesiones al responsable de Madridec, Francisco del Amo, y al director general de Diviertt, Santiago Rojo, a los que condena a tres años de prisión, y a Miguel Ángel Morcillo, de Diviertt, y a Carlos Manzanares, de Kontrol 35, a los que se les impone una pena de dos años, seis meses y un día de prisión.

El Tribunal condena también a todos estos acusados, al igual que a Miguel Ángel Flores, a la inhabilitación especial para el ejercicio profesional de cualquier actividad en relación con la organización y celebración de eventos y espectáculos durante el tiempo respectivo de sus condenas.

Los magistrados consideran que los coordinadores de Seguriber Juan José Paris y Raúl Monterde son responsables en menor grado y les impone una pena de multa (doce meses a una cuota diaria de 10 euros). También consideran que el responsable de seguridad Rafael Pastor cometió infracciones constitutivas de falta, que en la actualidad están despenalizadas, por lo que es absuelto, si bien debe responder, junto con todos los anteriores, del abono de las indemnizaciones a las familias de las víctimas, que giran en torno a los 350.000 euros para cada familia y a los lesionados en proporción a las lesiones y secuelas que padecieron.

El resto de acusados, absueltos

En cuanto al resto de los acusados, el tribunal absuelve a José Ruiz Ayuso, técnico de Madridec y a José Antonio Díaz Romero, jefe de seguridad de Seguriber por considerar que no tuvieron responsabilidad en los hechos. Y a Roberto Mateos, vigilante de Seguriber, y Emilio Belliard, de Kontrol 34, por entender que por su carácter de subordinados no tenían capacidad operativa para evitar el trágico resultado. También quedan absuelto Emilio Monteagudo, jefe de Policía Municipal de la capital, porque la precariedad del operativo policial que se dispuso el día de los hechos no tuvo influencia en lo sucedido.

Finalmente, la Sala absuelve a los doctores Simón y Carlos Viñals, pese a entender acreditada su negligente actuación cuando las víctimas fueron llevadas al botiquín para que las asistieran, por considerar que no está probado que si dichos doctores hubieran actuado correctamente podrían haber evitado que las jóvenes fallecieran, dado el tiempo que las víctimas estuvieron atrapadas en el vomitorio y el que transcurrió hasta que pudieron ser rescatadas. Así como que también fallecieron como consecuencia de las gravísimas lesiones sufridas en la avalancha las otras dos jóvenes que no fueron llevadas al botiquín para ser atendidas por los facultativos.

Los 10 hechos probados

  1. Sobreaforo: Se vendieron al menos 16.492 entradas, cuando el aforo máximo permitido era de 10.620. Con todo, finalmente asistieron 16.605 personas, el "origen del grave resultado mortal y lesivo".
  2. La fiesta: El evento "Thriller Music Park", con el DJ del momento Steve Aoki como plato fuerte, se organizó con evidente precipitación y falta de control en el que "nada funcionó" y en el que la actitud de todos los responsables se materializó en el resultado de cinco muertes y casi una treintena de lesionados.
  3. Vías de evacuación: De los ocho vomitorios o vías de evacuación de la pista, solo estuvieron abiertos tres, coincidiendo con los periodos de máxima afluencia de público a la pista. Este hecho lo conocían los responsables de la seguridad exterior que no avisaron ni a la promotora ni al gestor del pabellón, Madridec.
  4. Salidas de emergencia: Entre las dos y las tres de la madrugada entraron masivamente jóvenes que venían del botellón que celebraban en las inmediaciones. Lo hicieron por puertas consideradas salidas de emergencia gracias a la cooperación de Flores y de otros dos responsables de la promotora del evento. Flores empleó el portón de cota cero y las puertas de Muelle Mónico, consideradas de emergencias, por las que entraron en poco más de media hora un total de 3.000 personas. Estas entradas provocaron una situación "imposible" por la aglomeración de personas en la pista y la dificultad de salir por los escasas vías de evacuación lo que desencadenó la avalancha mortal.
  5. Avalancha: El vomitorio donde se produjo era muy pequeño, lo que suponía una enorme dificultad de tránsito. A ello se sumaba que se convirtió en el lugar por donde unos querían entrar y otros salir. Con esta salida "taponada" el gran número de jóvenes comenzó a perder el control, produciéndose en pocos segundos una montaña de personas de hasta ocho personas.
  6. Rescate: Se hizo de forma "lenta, descoordinada y poco eficaz". Los controladores no estaban preparados para este tipo de situaciones y no se puso en conocimiento del centro de emergencias para que prestaran auxilio del exterior por parte de sus responsables, Flores y el resto de promotores del evento.
  7. Enfermería: Lejos de actuar con rapidez y hacer todo lo que estaba a su alcance, los médicos Simón Viñals y su hijo Carlos, no realizaron un correcto diagnóstico, incluso, se "desentendieron" de alguna de las víctimas. Aunque no se ha podido acreditar que una correcta asistencia hubiese salvado la vida de tres de las víctimas, concluye que esta pobre atención disminuyó sus posibilidades de recuperación.
  8. Policía: El exjefe de la Policía Municipal Emilio Monteagudo, al que en un principio se le atribuyó la responsabilidad sobre el botellón, no tenía conocimiento alguno de lo que se estaba produciendo, ni siquiera tenía indicio de que se debiese variar el dispositivo previsto. Además, considera el tribunal que la precariedad del operativo policial que se dispuso el día de los hechos no tuvo influencia en lo sucedido.
  9. Pabellón Madrid Arena: Pese a la polémica sobre la necesidad o no de licencia de funcionamiento, la sentencia deja claro que no es el objeto de enjuiciamiento y que, en cualquier caso, no tiene incidencia alguna en lo que ocurrió, como tampoco las deficiencias en materia de seguridad para incendios del edificio.
  10. Menores: La mayor prueba de que hubo menores en la fiesta es que una de las víctimas tenía 17 años. Como ella, otros muchos accedieron al recinto. El registro de bolsos se hizo de forma irregular y en los momentos de más afluencia, no se pidió la documentación a los asistentes.