El Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido de forma cautelar el pleno del Parlament del próximo lunes al admitir el recurso de amparo presentado por el Partido Socialista de Cataluña (PSC) con el argumento de que, si en dicha sesión plenaria se declarase la independencia, se produciría un quebrantamiento de la Constitución y una "aniquilación" de los derechos de los diputados. La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, no aclara si el pleno se celebrará o no, y se ha limitado a valorar que "suspender plenos que no están convocados es la nueva oferta de diálogo", aunque la dirigente había anunciado horas antes la convocatoria de dicho pleno.

En una providencia fechada este jueves, el  TC admite a trámite el recurso de amparo promovido por los socialistas catalanes contra el acuerdo de la Mesa del Parlament por el que dio luz verde a la solicitud de convocatoria de un pleno ordinario el próximo lunes en el que comparecería el presidente de la Generalitar, Carles Puigdemont, para valorar los resultados del pasado domingo. La CUP, socios parlamentarios de Junts pel Sí, ha asegurado que en dicha sesión se proclamaría la república catalana.

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En su escrito, el PSC advierte de que convocar el pleno supone "ignorar a sabiendas la suspensión acordada por el TC" sobre la Ley del Referéndum y que "pretender que la citada ley surta efecto supondría un quebrantamiento radical del ordenamiento constitucional".

El TC considera que el recurso de amparo tiene una especial trascendencia constitucional por el hecho de que la cuestión planteada es de "relevante general repercusión social y económica" y que, además, tiene unas "consecuencias políticas generales". Los magistrados aprecian urgencia excepcional, ya que su ejecución produciría "un perjuicio de imposible o muy difícil reparación".

Por ello, el Tribunal Constitucional suspende la convocatoria de pleno y declara "radicalmente nulo, y sin valor ni efecto alguno, cualquier resolución, acuerdo o vía de hecho que contravenga la suspensión acordada", al tiempo que requiere con carácter urgente a la presidenta del Parlamento, Carme Forcadell, para que en el plazo de 10 días remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones.

El TC declara "radicalmente nulo y sin efecto alguno" cualquier acuerdo del 'Parlament' sobre la independencia

El TC notificará personalmente este acuerdo a Forcadell y al resto de miembros de la Mesa del Parlament (Lluís Guinó, José María Espejo-Saavedra, Anna Simó, David Pérez, Joan Josep Nuet y Ramona Barrufet), a los que recuerda la obligación que tienen de "impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada". También les apercibe de las eventuales responsabilidades penales en las que incurrirían en caso de desoír este requerimiento, que podría suponer la comisión de delitos de desobediencia y prevaricación.

La advertencia del Constitucional se produce un día después de que el secretario general del Parlament, Xavier Muro, y el letrado mayor, Antoni Bayona, avisaran expresamente a la presidenta de la Cámara autonómica y al resto de miembros de la Mesa de que tienen "el deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa" relacionada con una declaración unilateral de independencia (DUI).

Carme Forcadell ha criticado este jueves la decisión del Tribunal Constitucional de suspender la comparecencia ante la Cámara del próximo lunes del presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y ha asegurado que el pleno no está formalmente convocado. Ello contrasta con lo que difundió 24 horas en Twitter.

Forcadell ya está siendo investigada por la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por admitir a trámite las proposiciones de leyes del Referéndum y de Transitoriedad Jurídica, su inclusión en el orden del día y su posterior votación. El alto tribunal catalán ha abierto diligencias tras la querella presentada por la Fiscalía Superior de Cataluña el pasado 8 de septiembre.

El fiscal reprocha a los querellados que con su modo de proceder impulsaron un trámite "constitucionalmente ilegítimo", "viciado de raíz" por falta de competencia, "extravagante de las genuinas funciones parlamentarias de las que estaban investidos" y "lesivo" para el ejercicio de la función parlamentaria de los demás diputados, "que no estaban dispuestos a aceptar tan extrema tergiversación de sus atribuciones y del derecho de los propios ciudadanos a participar en los asuntos públicos".