El Tribunal Supremo comunicará este jueves su decisión de que Quim Torra continúe como diputado del Parlament y también, por lo tanto, como presidente de la Generalitat. Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo decidieron este miércoles, por unanimidad, atender la petición de la medida cautelar contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de inhabilitar a Torra tras ser condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a un delito contra la Administración Pública (de desobediencia), hasta que la Sala decida sobre el fondo del asunto.

Siguiendo la jurisprudencia de la propia Sala, los magistrados tomaron la decisión abordando si la inaplicación de la medida cautelar, es decir, la suspensión de Torra como diputado, produciría un "efecto irreparable e irreversible" del fin legítimo de su recurso, según ha podido saber El Independiente de fuentes jurídicas. Este jueves llegará el momento de redactar la resolución y comunicarla.

La pérdida del escaño de Torra se consideró por los magistrados de la Sala III como un efecto "irreversible" en caso de que más adelante haya una sentencia favorable hacia él

En este caso, la pérdida del escaño de Torra, que pasaría al siguiente diputado de la lista política, se consideró por los magistrados de la Sala III como un efecto irreversible en caso de que más adelante haya una sentencia favorable hacia él. No se le podría devolver esa condición, de ahí que decidieran aceptar la medida cautelar y permitir que continúe como diputado hasta que la Sala decida sobre el fondo del asunto, sobre el recurso que presentó Torra por presunta vulneración de derechos fundamentales contra la decisión de la Junta Electoral Central de inhabilitarle en aplicación de la Ley Electoral (LOREG).

El debate -atendiendo principalmente a este aspecto técnico y no a otros de fondo como si la Junta Electoral Central es competente para decidir sobre su incompatibilidad para el cargo después de la sentencia- llevó a los miembros de la Sala a decidir este miércoles sin necesidad de un amplio debate. Previsiblemente, redactarán y comunicarán la decisión a primera hora de este jueves, según las fuentes consultadas.

Podrá reunirse con Sánchez

La decisión del Supremo facilitará, por tanto, que Quim Torra pueda acudir a la reunión prevista con el presidente del Gobierno Pedro Sánchez la primera semana de febrero. Sin embargo, las fuentes jurídicas consultadas aclaran que la actualidad política no entró en ningún momento, "ni siquiera se habló en los pasillos" para tomar la decisión sobre la aplicación de la medida cautelar, que respondió a un debate "técnico".

La Fiscalía informó a favor de la cautelar en un extenso y argumentado informe del fiscal de lo Contencioso Pedro Crespo. Éste sí entró al fondo del asunto que, por otro lado, se espera que la Sala resuelva pronto puesto que atañe a "derechos fundamentales", informan fuentes jurídicas.

Presunción de inocencia

El fiscal expuso, por un lado, sus dudas acerca de si la Junta Electoral Central es competente para decidir sobre la elegibilidad de Torra después de una sentencia no firme. Consideró que la norma española otorga esa competencia más bien a las Cámaras, en este caso al Parlament.

Por otro lado, también dudó de que pueda haber una consecución directa entre la incompatibilidad y la inelegibilidad puesto que cuando se dictó la sentencia por desobediencia contra Torra ya había sido elegido diputado del Parlament.

"Marcará un precedente sobre la JEC"

El fiscal recordó también que en el caso, aparte de la competencia o no de la JEC para decidir sobre el asunto, entra el debate de la presunción de inocencia, puesto que Torra recurrió la sentencia del TSJ de Cataluña y aún no hay sentencia firme del Supremo contra él. En este sentido, si el Supremo finalmente le absolviera, los efectos de un rechazo de la medida cautelar contra él serían irreversibles.

Las fuentes jurídicas consultadas por este diario explican que, aunque el fallo de los magistrados no entrará al fondo del asunto, si podrán manifestarse aunque sea de manera sucinta sobre la actuación de la JEC y su competencia. Una decisión que "puede marcar un precedente sobre las decisiones de la JEC" y cómo deben afectar a situaciones como la planteada con el caso de Torra, que ha sido "excepcional y en pocas ocasiones la JEC había entrado a decidir sobre asuntos así", trasladan las mencionadas fuentes.