El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid ha rechazado el recurso contencioso-administrativo que había presentado José Pablo López en octubre de 2021 por considerar que su cese como director general de Telemadrid, acaecido ese año, había sido ilegal e inconstitucional.

José Pablo López -actual director de Contenidos Generales de TVE- ejerció de líder de Telemadrid entre 2016 y 2021. Fue designado por la Asamblea de Madrid después de que su nombre fuera propuesto dentro de una lista de candidatos a un concurso público en el que concurrieron más de una treintena de personas.

Durante su mandato, mantuvo conocidas disputas con algunos miembros del Ejecutivo autonómico, como con la propia Cifuentes y con Javier Lasquetty, así como con el principal asesor de Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez.

El 14 de julio de 2021, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid decidió su destitución y la designación de José Antonio Sánchez -expresidente de RTVE con Mariano Rajoy en Moncloa- como administrador único provisional.

Esta figura no era nueva, dado que ya se había aplicado anteriormente en RTVE con Rosa María Mateo. La diferencia es que Mateo fue sustituida a los 3 años de mandato por otro presidente, José Manuel Pérez Tornero, mientras que la Asamblea de Madrid ratificó unos meses después a José Antonio Sánchez, con el voto favorable del Partido Popular.

Los argumentos de José Pablo López

José Pablo López consideraba que su forma de cese y el procedimiento que se utilizó para designar a su sustituto habían sido contrarios a la ley, de ahí que los recurriera en octubre de 2021.

El demandante pedía el restablecimiento en su posición "mediante el abono de daños y perjuicios en función de las retribuciones que habría de percibir -deducidas las retribuciones de su nuevo puesto de trabajo- desde su cese y hasta la expiración de su mandato original (17/01/2021) o, subsidiariamente, hasta el nombramiento de Director General o primer fracaso del procedimiento de nombramiento", expresa la sentencia.

El tribunal -en síntesis- no considera que fuera irregular la forma de su cese ni el contenido del Real Decreto que elaboró el Gobierno autonómico para poder designar a José Antonio Sánchez como administrador provisional. De hecho, la sentencia llega a afear la interpretación que realiza su defensa sobre lo acaecido en esos días.

Tampoco ha apreciado que en este caso las instituciones madrileñas hayan actuado en contra de ningún artículo de la Constitución. Por tanto, se ha negado a elevar una cuestión de inconstitucionalidad al tribunal en cuestión.

El Tribunal Constitucional

Cabe recordar que el órgano hoy presidido por Cándido Conde-Pumpido se ha pronunciado en alguna ocasión sobre las televisiones públicas durante los últimos años. La primera fue cuando se opuso a la reforma legal que impulsó el Partido Popular en 2012, que reducía la mayoría parlamentaria necesaria -de 2/3 a mayoría absoluta- necesaria para nombrar al presidente de RTVE.

La segunda fue en julio de 2021, cuando anuló el nombramiento de Rosa María Mateo como administradora única provisional y puso en cuestión la forma de actuar del Ejecutivo de Pedro Sánchez.

En este caso, el Tribunal Superior de Justicia no ha entendido como válidos ninguno de los argumentos esgrimidos por José Pablo López y por su defensa, de ahí que haya rechazado el recurso contencioso-administrativo.

Le ha impuesto las costas del proceso y le ha dado un período de 30 días para recurrir ante el Tribunal Supremo.

Este periódico ha preguntado a fuentes cercanas a López acerca de esta posibilidad, sin haber recibido respuesta en el momento de la publicación de esta noticia.