El estado de alarma por la pandemia del coronavirus llega a su fin con 1.466 detenidos y 182.886 sanciones en Madrid por saltarse el confinamiento o incumplir las restricciones, con propuestas de sanción de multas desde 600 euros por desplazamientos no autorizados hasta los 10.400 por organizar o participar en actividades de grupos que suponen riesgo de contagio,

En España han sido más de 9.000 detenidos y casi 1,2 millones de sanciones, una abultada cifra para una administración sobrepasada que, según los expertos, deberá afanarse en su tramitación si no quiere que, al menos las de carácter leve, prescriban.

Por comunidades autónomas, y con datos de mediados de junio, es Andalucía la que acapara el mayor número de sanciones, con algo más de 194.000, por delante de Madrid, con 182.886, y la Comunidad Valenciana (en torno a las 167.000). Las tres representan el 48 por ciento del total.

Respecto a las detenciones, son también esas tres comunidades las que absorben la mayoría, con más de 1.400 en cada caso.

La Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza, ha sido en la que se han apoyado los agentes para denunciar al infractor, dado que no se creó ninguna norma "ad hoc", si bien algunos expertos dudan de que este régimen sancionador haya dado una "respuesta adecuada" a las infracciones y se preguntan si no hubiese sido mejor crear uno específico.

En opinión del catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia Gabriel Doménech, la regulación ha sido "insuficiente" y el Gobierno ha tratado de utilizar dicho régimen sancionador "con interpretaciones discutibles".

Silvia Del Saz, catedrática en el mismo campo de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), destaca los problemas en la tipificación de la infracción, generalmente por desobediencia, que exige un requerimiento previo, y ve camino en los recursos que se planteen.

En declaraciones a Efe, ambos ponen de relieve las distintas interpretaciones en torno a algún aspecto de la ley del estado de alarma, como el que indica que una vez finalice, "decaerán en su eficacia cuantas competencias en materia sancionadora y en orden a actuaciones preventivas correspondan a las autoridades competentes" y las medidas adoptadas en base a éstas, "salvo las que consistiesen en sanciones firmes".

Aunque admiten que no hay jurisprudencia al respecto, más allá de que las sanciones decaigan, ambos opinan que se refiere a la devolución de las competencias que el mando único haya adquirido de forma extraordinaria con el estado de alarma.

En este caso han sido las Delegaciones del Gobierno las encargadas de tramitar las propuestas de sanción, si bien en el País Vasco y Cataluña, una vez el Ministerio del Interior dejó de ostentar el mando único el 24 de mayo, las fuerzas de seguridad autonómicas comenzaron a reportar las multas ante sus respectivas consejerías.

Pero la vulneración de las normas no solo ha devenido en sanciones administrativas, sino que los tribunales también han actuado estos meses para tratar de atajar la reincidencia con condenas, generalmente a penas leves o multas, pero que también han llevado a incumplidores a prisión.