La Dirección General de Tráfico (DGT) ha estrenado un importante paquete de modificaciones en el Reglamento General de Circulación con la entrada en vigor del Real Decreto 518/2026. Aprobado por el Consejo de Ministros y plenamente operativo desde el pasado 1 de octubre, este texto legal introduce novedades para reducir la siniestralidad de los usuarios vulnerables. Entre los cambios más destacados figura una regla que transforma el día a día en los cascos urbanos. Los peatones tienen prioridad para cruzar en cualquier punto de determinadas calles, incluso cuando no existe un paso de cebra pintado en el suelo.

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La medida responde a una estadística alarmante. Según los últimos datos consolidados de Tráfico, más de 12.500 viandantes han sido víctimas de atropello en España en un solo año, con un balance de 320 fallecidos, de los cuales el 65 % perdió la vida en vías urbanas. Con esta reforma, la DGT zanja además un conflicto recurrente entre conductores, peatones y compañías de seguros en centros históricos y zonas comerciales.

Qué dice la norma y qué cambia respecto a la que ya había

Hasta ahora, la prioridad de paso fuera de las marcas viales dependía de la ordenanza municipal de cada ayuntamiento o de si la calle estaba expresamente señalizada como "zona residencial". Esta dispersión creaba vacíos legales y dudas sobre quién tenía la preferencia si una persona decidía cruzar por mitad de la calzada sin señalización horizontal.

Con la reforma estatal, la regla queda blindada a través del concepto 83 del Anexo I del texto refundido de la Ley de Tráfico, que introduce por primera vez una definición homogénea. Se define así la "zona con plataforma única de calzada y acera" como una zona especialmente diseñada y acondicionada para favorecer el tránsito peatonal. En ella el peatón goza de prioridad de paso en cualquier punto de la calzada. En estas zonas se reduce al mínimo la señalización horizontal y vertical.

A partir de esta modificación, el viandante ya no necesita buscar marcas viales en el suelo para cruzar con respaldo legal. El conductor que circule por estas vías está obligado a detener la marcha en cuanto perciba la intención de cruce de cualquier transeúnte.

Dónde se aplica exactamente: estas son las calles donde el peatón tiene prioridad sin paso de cebra

La clave del cambio reside en la configuración de la vía. La norma solo es aplicable en dichas calles de plataforma única. Se trata de aquellas donde la calzada y la zona peatonal se encuentran al mismo nivel, sin escalones ni bordillos físicos que las separen.

Son espacios concebidos para calmar el tráfico rodado, donde la velocidad máxima ya quedó limitada a 20 km/h en la reforma urbana de 2021. Al tratarse de entornos de convivencia compartida, carece de sentido canalizar el cruce hacia puntos concretos. Por ello, la DGT establece reducir al mínimo la señalización. Pintar pasos de cebra en estas calles resultaría contraproducente, ya que induciría al error de pensar que solo se puede cruzar sobre las líneas blancas.

Por el contrario, en las calles convencionales (las que cuentan con acera elevada y bordillo respecto al asfalto) no ha cambiado nada. En estas vías, los peatones deben seguir utilizando obligatoriamente los pasos de cebra o semáforos, y cruzar por cualquier otro punto sigue constituyendo una infracción.

Multas de 200 euros y consecuencias penales

No respetar la preferencia de los peatones en las calles de plataforma única está tipificado como una infracción grave. Los conductores que no cedan el paso se enfrentan a una sanción económica de 200 euros y la retirada de 4 puntos del carnet de conducir.

El cambio normativo tiene un impacto directo en los tribunales. En caso de siniestro o atropello en una plataforma única, el automovilista no podrá alegar que el peatón cruzó de manera indebida por no existir paso de cebra. Si se constata imprudencia y el accidente causa lesiones, el conductor puede incurrir en responsabilidades contempladas por el Código Penal, perdiendo la cobertura de eximente que antes se disputaba en los atestados.

Otras medidas en vigor desde el 1 de octubre

La prioridad peatonal forma parte de un paquete más amplio dentro del Real Decreto 518/2026, orientado a actualizar un reglamento con dos décadas de vigencia:

  • Adelantamiento a ciclistas: en carreteras interurbanas, los conductores deben reducir su velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía mientras realizan la maniobra, además de mantener la separación lateral obligatoria de 1,5 metros.
  • Pasillos de emergencia en atascos: se regula la obligación de formar un carril central de rescate en autopistas y autovías durante retenciones para facilitar el paso de ambulancias, bomberos y policía.
  • Nuevas exigencias a usuarios vulnerables: el texto incorpora formalmente la definición de usuario vulnerable (peatones, ciclistas, conductores de patinetes eléctricos y motoristas) e introduce nuevas obligaciones técnicas y de equipamiento para motos y VMP, además de pautas de circulación específicas en situaciones meteorológicas adversas como nevadas.