La entrada en vigor, este jueves 1 de octubre, de la reforma del Reglamento General de Circulación cambia varias rutinas que hasta ahora eran habituales en calles y carreteras españolas. La norma pone el foco en quienes tienen una mayor exposición en caso de accidente (ciclistas, motoristas, peatones y usuarios de patinetes eléctricos), pero también impone deberes nuevos al resto de conductores cuando comparten la vía con ellos.
El cambio no se limita a crear prohibiciones. La Dirección General de Tráfico busca adaptar una regulación concebida hace más de dos décadas a una movilidad en la que las bicicletas, las motos y los vehículos de movilidad personal han ganado presencia, especialmente en las ciudades. Por ello, incorpora reglas sobre equipamiento, adelantamientos, circulación en retenciones y respuesta ante situaciones de nieve o emergencia.
Las conductas que se sancionan con 200 euros
Las multas de 200 euros afectarán, sobre todo, al incumplimiento de obligaciones de protección personal que pasan a considerarse infracciones graves. Los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal deberán tener al menos 15 años y utilizar casco de protección. Además, tendrán que llevar chaleco reflectante por la noche o cuando haya visibilidad reducida. En el caso de los repartidores y otros profesionales que se desplacen en VMP, el chaleco será obligatorio durante toda la jornada, incluso de día. No cumplir con el casco o con el elemento reflectante exigido conlleva una sanción de 200 euros.
Los motoristas y ciclomotoristas también afrontan nuevas obligaciones. Desde este 1 de octubre, conductor y pasajero deben usar guantes de protección en vías interurbanas, mientras que el calzado cerrado será obligatorio en todo tipo de vías. Saltarse cualquiera de estas dos reglas se castigará con 200 euros. También deberán llevar siempre chaleco reflectante los riders que trabajen sobre una motocicleta.
En el caso de las bicicletas, desaparecen las excepciones anteriores al uso del casco en carretera, todos los ciclistas deberán utilizarlo en vías interurbanas. Los profesionales que trabajen con una bicicleta tendrán que usar, además, chaleco reflectante en todo momento. Ambas infracciones están tipificadas como graves y se sancionan con 200 euros.
Más obligaciones para los conductores
La reforma también endurece la protección de ciclistas y de otros usuarios vulnerables frente a las maniobras de los vehículos a motor. Al adelantar a un ciclista en carretera, el conductor tendrá que disminuir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. En las calzadas con dos o más carriles por sentido, no bastará con guardar una distancia lateral de 1,5 metros, será obligatorio cambiar completamente de carril para ejecutar el adelantamiento.
En ciudad, las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril cuando las condiciones de seguridad lo permitan. Por tanto, los vehículos a motor que rueden detrás deberán dejar una distancia mínima de cinco metros. La medida pretende reducir los alcances y las maniobras de adelantamiento peligrosas en calles urbanas, donde la convivencia entre coches, bicis, motos y patinetes es cada vez más habitual.
También se regulan las retenciones y las emergencias. Cuando los vehículos avancen a paso de peatón o queden detenidos por un atasco, tendrán que apartarse para dejar un espacio central libre, el denominado carril de emergencia, destinado a ambulancias, policía, bomberos y otros servicios de auxilio. En autopistas y autovías con nieve, se prohíbe adelantar y se deberá circular por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para los vehículos de emergencia y las máquinas quitanieves.
Lo que todavía no se aplica
No todas las medidas entran en vigor al mismo tiempo. La obligación de que los VMP circulen siempre con el alumbrado encendido se retrasa al 1 de octubre de 2027. También se aplaza hasta esa fecha la exigencia de que los cascos de los usuarios de motocicletas y ciclomotores estén homologados y no únicamente certificados.
Respecto a los guantes de moto homologados, la obligación técnica definitiva dependerá de una futura orden ministerial que concrete sus especificaciones. Hasta entonces, la DGT señala que se podrán utilizar guantes de protección de características similares a los empleados actualmente. Eso sí, el deber de llevar guantes en carretera y de usar calzado cerrado ya opera desde hoy.
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