La normativa vial en España experimenta un giro determinante a partir del próximo 1 de octubre. La Dirección General de Tráfico (DGT) pone en marcha la reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada de manera oficial mediante el Real Decreto 518/2026. Esta actualización legal introduce cambios orientados a agilizar las actuaciones de rescate y reforzar la seguridad de los usuarios más vulnerables en la carretera.
Entre las nuevas obligaciones destaca una maniobra inédita para la mayoría de los conductores. Será obligatorio crear un carril de emergencia en situaciones de retención. A partir de la fecha señalada, posicionar el vehículo de forma adecuada durante un atasco deja de ser un acto voluntario o de mera cortesía para convertirse en una exigencia contemplada por el reglamento.
La nueva norma en los atascos: cómo formar el carril de emergencia
La reforma exige que, en cuanto el tráfico en autopistas o autovías se reduzca a paso de peatón o sufra un parón completo, los conductores reaccionen y cambien su posición sin esperar a escuchar las sirenas de ambulancias, bomberos o policía. La intención de la DGT es preconfigurar un corredor libre y despejado que garantice el avance inmediato de los servicios de urgencia.
La forma de posicionar el coche en la calzada dependerá del número de carriles disponibles en el sentido de la marcha:
- En vías de dos carriles por sentido. Los conductores situados en el carril izquierdo deberán acercarse al máximo al borde izquierdo (rozando o utilizando la mediana). Quienes circulen por el carril derecho tendrán que desplazarse hacia la derecha. El espacio de emergencia quedará abierto justamente en el centro de la vía.
- En vías de tres o más carriles. El pasillo se abrirá únicamente entre el carril situado más a la izquierda y el contiguo. De este modo, los vehículos del carril izquierdo se pegarán a la izquierda, mientras que los coches de los carriles centrales y derechos irán hacia la derecha.
Es fundamental recordar que este espacio de salvamento está reservado exclusivamente para los vehículos prioritarios. Queda prohibido su uso para adelantamientos, avanzar posiciones dentro de la retención o intentar tomar una salida cercana. Asimismo, los movimientos deben realizarse dentro del margen disponible sin bloquear innecesariamente el arcén.
Un sistema que ya ha funcionado en otros países
Esta maniobra no es una ocurrencia aislada de la DGT. España adopta un modelo conocido internacionalmente como Rettungsgasse, implementado con éxito desde hace años en países como Alemania, Austria o Suiza. Las estadísticas de auxilio en carretera en dichas naciones demuestran que mantener un corredor abierto de forma preventiva reduce de forma drástica el tiempo de llegada de las asistencias médicas y de rescate a un accidente, un factor determinante para salvar vidas durante la denominada "hora de oro".
Cambios para circular con nieve
El Real Decreto 518/2026 regula de igual forma la circulación en situaciones meteorológicas adversas. Cuando la presencia de nieve o hielo dificulte el paso en autopistas y autovías, quedará estrictamente prohibido el adelantamiento.
Los conductores tendrán la obligación de mantenerse en el carril situado más a la derecha (pudiendo usar el contiguo inmediato si la vía cuenta con tres o más carriles). Esta disposición tiene como fin prioritario dejar libres los carriles izquierdos para que las máquinas quitanieves y los equipos de conservación puedan realizar sus labores de despeje sin interferencias.
Reglas para el adelantamiento
La normativa también endurece las condiciones necesarias para realizar adelantamientos a usuarios vulnerables o rebases a vehículos inmovilizados en la vía. Para adelantar a un ciclista en carretera interurbana, no bastará con mantener la separación lateral obligatoria de al menos 1,5 metros. El conductor deberá reducir la velocidad en un mínimo de 20 km/h respecto al límite máximo fijado para ese tramo.
En carreteras con más de un carril por sentido, habrá que realizar un cambio completo de carril. Por otra parte, la misma norma de seguridad se traslada a los vehículos inmovilizados por avería, accidente o servicio de auxilio en la calzada. Para adelantarlos se deberá reducir la velocidad en 20 km/h y guardar una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
¿Qué cambios hay para los ciclistas y motoristas?
La actualización legal introduce exigencias directas para los usuarios de dos ruedas con el fin de incrementar su protección en el tráfico diario:
- Ciclistas y repartidores. En vías interurbanas, el uso del casco de protección pasa a ser obligatorio en todo momento para todos los ciclistas, eliminándose las antiguas excepciones por calor extremo o rampas ascendentes prolongadas. Adicionalmente, los riders o repartidores profesionales que trabajen en bicicleta o VMP deberán vestir casco y chaleco reflectante obligatoriamente. En el ámbito urbano, los turismos deberán guardar una distancia de seguridad frontal de al menos 5 metros al circular detrás de una bicicleta.
- Motos y uso del arcén. La nueva regulación contempla que las motocicletas puedan hacer uso del arcén derecho en situaciones de retención de tráfico. Sin embargo, esta maniobra estará condicionada a que el tramo se encuentre debidamente señalizado y a que las motos circulen a una velocidad que no supere los 30 km/h.
Te puede interesar
Lo más visto
Comentarios
Normas ›Para comentar necesitas registrarte a El Independiente. El registro es gratuito y te permitirá comentar en los artículos de El Independiente y recibir por email el boletin diario con las noticias más detacadas.
Regístrate para comentar Ya me he registrado