El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a tres de los condenados inicialmente por una agresión homófoba ocurrida durante la Feria de Abril de Sevilla en 2018 y ha rebajado la pena impuesta al resto de los implicados.

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Según informa Europa Press, este caso, que conmocionó a la opinión pública por la brutalidad de los hechos y el marcado carácter discriminatorio, vuelve a estar en el centro del debate sobre la protección de los derechos del colectivo LGTBI en España.

Los hechos se remontan a la madrugada del 21 de abril de 2018, cuando un grupo de siete jóvenes, entre ellos un boxeador campeón de España, atacó a varios homosexuales en la conocida "calle del infierno" del recinto ferial.

Según la sentencia inicial de la Audiencia de Sevilla, los agresores reconocieron a una de las víctimas por su orientación sexual y, sin provocación previa, comenzaron a insultarles con frases como “maricón de mierda” y “esto os pasa por maricones”, para después agredir físicamente a dos de ellos y a una amiga que intentó mediar.

La Audiencia condenó a los siete acusados a un año de prisión por un delito contra la dignidad de las personas, conocido como delito de odio, y a pagar indemnizaciones de 1.000 euros a cada una de las dos víctimas masculinas.

Además, varios de ellos recibieron multas adicionales por delitos leves de lesiones, agravados por la motivación homófoba.

El tribunal consideró probado que los agresores actuaron de forma conjunta y con ánimo denigratorio, afectando gravemente la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad de las víctimas, quienes quedaron “atemorizadas y humilladas” tras la agresión.

Sin embargo, la sentencia no era firme y permitía recurso ante el TSJA. Tras revisar el caso, el alto tribunal andaluz ha absuelto a tres de los condenados al considerar que no quedó acreditada su participación directa en los hechos.

Para los cuatro restantes, el TSJA ha rebajado las penas, aplicando la atenuante de dilaciones indebidas, ya que pasaron más de cinco años entre la comisión del delito y la celebración del juicio.

Este fallo ha generado reacciones diversas entre los colectivos LGTBI y la sociedad civil, que ven en la reducción de penas y absoluciones un retroceso en la lucha contra los delitos de odio.

El caso subraya la importancia de seguir reforzando la protección legal frente a la discriminación por orientación sexual y la necesidad de una respuesta judicial contundente ante este tipo de agresiones.

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