El Tribunal Supremo ha decidido este miércoles seguir el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y ha dado la razón a los clientes que reclaman a los bancos que les devuelvan íntegramente las cláusulas suelo de sus hipotecas que han sido declaradas nulas por ser abusivas, según informa el alto tribunal que en los próximos días dará a conocer el contenido de su decisión. El Supremo ordenó en el 2013 a los bancos esta devolución, pero a partir del día en que se dictó este veredicto mientras que la justicia europea levantó esta limitación el pasado mes de diciembre.

Los jueces han establecido este nuevo criterio al resolver las demandas presentadas por el BBVA y la Caja Rural Teruel. La primera considera que los magistrados del Tribunal Supremo no pueden cambiar el criterio que marcaron en el 2013 por ser cosa juzgada y, por tanto, reclamaba que no se aplicara la doctrina establecida por el tribunal europeo.

Sin embargo, los jueces explican a esta entidad que el caso que ha analizado ahora es diferente al que dio lugar a la sentencia que declaró nulas las cláusulas suelo. Además, señalan que este producto fue contratado por la Caixa d`Estalvis Comarcal de Manlleu que fue adquirida por el BBVA en el 2013.

Los magistrados se oponen además a plantear al tribunal europeo las cuestiones que le planteó este banco. También aclaran que no pueden considerar que este caso sea cosa juzgada porque la reclamación que han atendido es "individual" y no colectiva como ocurrió cuando anuló las claúsulas suelo ofertadas por este banco.

Por el contrario, los jueces se han opuesto a anular una cláusula suelo ofrecida por la Caja de Teruel porque, en su opinión, cumple con los requisitos de transparencia que el Supremo dictaminó en la sentencia en la que anuló estos productos por ser abusivas.

Doctrina europea

Los magistrados del alto tribunal no han podido obviar la posición de sus colegas europeos que han establecido que "el Derecho de la Unión se opone a una jurisprudencia nacional en virtud de la cual los efectos restitutorios vinculados a la nulidad de una cláusula abusiva se limitan a las cantidades indebidamente pagadas con posterioridad al pronunciamiento de la resolución judicial mediante la que se declare el carácter abusivo de la cláusula". Es decir, el tribunal de justicia de la Unión Europea considera que se deben devolver íntegramente los importes de las cláusulas suelo.

Además, el tribunal europeo afirmó que la decisión del Tribunal Supremo de limitar los efectos de su declaración de nulidad de este producto no protege a los consumidores, ya que no constituye un medio adecuado para que cese el uso de las cláusulas abusivas.

Estrategias de los bancos

Tras la sentencia de la justicia europea los bancos han establecido distintas estrategias. Bankia cuenta con un proceso para devolver estas cantidades a sus clientes y el BBVA ha informado de que también reintegrará este importe a los consumidores si perdía su pleito en el Tribunal Supremo, como ha ocurrido en la mañana de este miércoles.

Además, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha propuesto que, a partir de junio, haya un juzgado en cada provincia especializado en cláusulas suelo ante la avalancha de demandas que se esperan tras la sentencia de la justicia europea que ha sido asumida hoy por el Tribunal Supremo.

Las consecuencias de esta decisión

Fuentes jurídicas han adelantado que esta nueva doctrina no se puede aplicar a todas las cláusulas suelo solo a las que han sido declaradas nulas por el Tribunal Supremo por ser abusivas. Y subrayan que este fallo, que asume el criterio de la justicia europea no ha resuelto la duda de si el alto tribunal lo va a aplicar en los otros casos que se les planteen. No obstante, algunos bancos como Unicaja ya han renunciado a seguir pleiteando y han retirado los recursos para evitar pagar a sus clientes por este producto.