La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 21 de diciembre sobre cláusulas suelo escondió otro veredicto el mismo día de idéntico tribunal sobre un asunto todavía más trascendental para el Gobierno de España: la sentencia contra el Fondo de Comercio. Esto es un complejo mecanismo que entró en vigor en 2002 para que las grandes compañías nacionales se dedujeran impuestos al adquirir participaciones de al menos el 5% en firmas extranjeras. El objetivo era impulsar la internacionalización de las empresas españolas. El problema, que la UE considera esta práctica una ayuda estatal que contraviene las reglas de la Unión al beneficiar a las empresas españolas frente a las de otros países.

La sentencia en cuestión ha llevado a España a trabajar estos días con la Comisión Europea para recuperar miles de millones en ayudas obtenidas ilegalmente, según ha podido confirmar este medio. "Mantenemos contactos con las autoridades españolas para que éstas recuperen el dinero lo más pronto posible", indican en la dirección general de Competencia de la Comisión Europea. La cantidad exacta se desconoce, aunque un documento del Ejecutivo comunitario citado en 2014 por Expansión cifraba entonces la cuantía en 8.000 millones de euros. Según ha trascendido también, grandes multinacionales llevan años beneficiándose de este sistema, como Santander, BBVA, Telefónica, Ferrovial, Iberdrola, Autogrill o Abertis.

Bruselas asegura que trabaja con España para recuperar "cuanto antes" el dinero

En Hacienda poco se dice al respecto, solo que "las ayudas se tienen que devolver, aunque oficialmente no se ha calculado cuánto dinero". "El Gobierno tiene que entregar primero un plan", dicen portavoces oficiales del ministerio. Sin embargo, desde el departamento que dirige Cristóbal Montoro indican también que "no se ha empezado el proceso" y que "los procedimientos tardan".  En este sentido, varias fuentes apuntan desde el más estricto anonimato a que hay un creciente nerviosismo en el círculo más próximo al titular de Hacienda, Cristóbal Montoro.

"El Gobierno está mucho más preocupado con relación a este tema que con las cláusulas suelo, a pesar del ruido que las cláusulas abusivas han causado en las últimas semanas", aseguran. En Hacienda lo niegan.

PP y PSOE ignoran la devolución de las ayudas

Sin embargo, más allá de las puertas del Ministerio de Hacienda, esta cuestión ha pasado un tanto inadvertida. Un ejemplo es el debate que se celebró la pasada semana en el Congreso de los Diputados a petición de ERC. El grupo catalán presentó una proposición no de ley (PNL) en la que se pedía iniciar la recuperación de las ayudas fiscales, junto a la publicación de las cuantías otorgadas y de las empresas beneficiadas. La iniciativa fue apoyada por Ciudadanos, que puso en duda la legalidad de la publicación de identidades apelando a la Ley General Tributaria, y por Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.

El Fondo de Comercio ha sido debatido recientemente en el Congreso

Sin embargo, PSOE y PP se desmarcaron de la PNL. El Grupo Popular argumentó que ya se han realizado las modificaciones pertinentes y los socialistas alegaron que el proceso judicial aún no esta cerrado y que, por tanto, aún no procede pedir el reintegro de las ayudas concedidas.

Fuentes próximas al Gobierno afirman que, en efecto, el proceso aún no ha acabado y en este contexto se enmarca también la falta de noticias dentro del ministerio. Las mismas fuentes aseguran que, tras la sentencia del 21 de diciembre, la cuestión pasará al Tribunal General de la UE que, sin embargo, "en un 90% de posibilidades se posicionará en contra de las ayudas". Es un plazo que aún hay que cumplir y que podría tardar aún unos meses más.

La cronología del proceso

Bruselas condenó por primera vez esta práctica en octubre de 2009 y obligó a España a recuperar las ayudas ilegales concedidas desde diciembre de 2007. La respuesta española, que tenía cuatro meses para aplicar la orden comunitaria, fue el silencio por lo que en enero de 2011 la Comisión -ya con Joaquín Almunia al frente de la Comisión de la Competencia de la UE- adoptó la denominada Segunda Decisión, que no era sino un nuevo rapapolvo a España por no cumplir con el mandato de Bruselas.

Competencia adoptó tres 'decisiones' contra España, dos con Almunia al frente

Entre 2012 y 2014, España y la Comisión Europea mantuvieron un tira y afloja alrededor del Fondo de Comercio con reuniones técnicas, cambios en la normativa tributaria, solicitud continua de información, peticiones de prórroga denegada, etcétera. A grandes rasgos, el recién estrenado Gobierno de Mariano Rajoy realizó una nueva interpretación que, lejos de dar marcha atrás en la norma, a juicio de la UE la amplió más allá de las participaciones directas en empresas en el extranjero, hasta las indirectas.

A finales de 2014 los puentes entre Madrid y Bruselas estaban rotos por la negativa de España de modificar el régimen de ayudas incompatibles con los tratados de la UE y en octubre de ese año llegó la Tercera Decisión, un nuevo varapalo de Joaquín Almunia al Gobierno de Mariano Rajoy (los dos anteriores fueron para el de José Luis Rodríguez Zapatero). Una vez más, Bruselas pedía a España la devolución de las ayudas y la suspensión de la norma.

Ping-pong entre Madrid y Bruselas

Pero en noviembre de 2014 se produjo un giro inesperado en beneficio de España. El Tribunal General de la UE, un órgano de primera instancia comunitario, avaló el régimen de deducciones a petición de dos empresas españolas y soltó de paso un revés a la Comisión, que llevaba cinco años persiguiendo a España. El TGUE denegó que el carácter de las ayudas fuera "selectivo" -para las principales multinacionales patrias- asegurando que el Fondo de Comercio era "accesible a cualquier empresa". De esta forma, las ayudas dejaban de ser un ayuda del Estado y, por tanto, eran legales.

El TJUE ve ayudas "selectivas" en la medida, en vigor desde 2002

Un último vuelco tuvo lugar el pasado 21 de diciembre de 2016, en lo que viene a ser un partido de ping-pong: el fallo del TJUE -una instancia superior al Tribunal General- devolvió la razón al Ejecutivo comunitario y se la quitó a España. El alto tribunal volvió a confirmar el "carácter selectivo" del mecanismo. "En efecto, las sociedades residentes españolas que adquieren una participación del 5 % en otra sociedad residente no pueden acogerse a la ventaja fiscal que confiere la medida controvertida. En cambio, el beneficio de la medida de que se trata se reserva únicamente a las empresas que efectúan una adquisición de participaciones de al menos el 5 % en una empresa extranjera", reza el comunicado del TJUE publicado hace algo más de dos meses.

Vuelta empezar para España, ahora con menos margen de tiempo.