Economía

Te pueden despedir por lo que escribes en los grupos de WhatsApp

Pantalla móvil con Icono de WhatsApp

Escribir en un papel de puño y letra varios insultos al jefe o a un compañero de trabajo y fotocopiar la misiva, con rúbrica y todo, para repartirla entre decenas de colegas se nos antojaría una conducta claramente imprudente, no fuera que la carta cayera en las manos equivocadas. En los grupos de WhatsApp, sin embargo, es una práctica cotidiana. Que lance el primer emoticono quien no haya dejado por escrito frases que de hacerse públicas le dejarían en una situación, cuanto menos, delicada. ¿Cómo de privadas son esas conversaciones en la mensajería instantánea?

La expectativa de privacidad de un grupo de WhatsApp es similar a la de una conversación telefónica o un correo electrónico. Es decir, un tercero no puede espiar esas conversaciones, igual que tampoco se pueden hacer pinchazos telefónicos sin la autorización pertinente. "Sin embargo, si uno de los participantes en la conversación es el que la hace pública sí pueden utilizarse como argumento para sancionar al empleado", explica Pere Vidal, profesor de Derecho Laboral de la UOC. "Y en los grupos de WhatsApp que se tienen en el trabajo hay que tener especial precaución, porque se mezcla lo personal y lo laboral, y no todos los integrantes de los grupos son amigos íntimos".

Pueden las empresas utilizar los mensajes de WhatsApp como prueba contra sus empleados? Aquí la respuesta de los abogados es clara: sí

Tres agentes de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid acaban de ser suspendidos temporalmente esta semana por haber escrito en un chat de un grupo, entre otras cosas, que deseaban la muerte de la alcaldesa de capital, Manuela Carmena. En él llegaron a participar hasta 200 agentes. ¿Es privada una conversación entre decenas de personas? ¿Dónde está el límite de la libertad de expresión en lo que se dice entre amigos o compañeros?

"No cabe hacer cualquier cosa en un grupo de WhatsApp por muy privado que sea", explica Iñaki Uriarte, secretario general y director legal de la Asociación Española de Economía Digital (Adigital). "No se puede difamar o denigrar a una persona, porque lo que es un delito fuera de internet también lo es dentro. En el caso de las amenazas de muerte es más evidente, pero no hace falta llegar tan lejos. Un delito contra el honor lo es en persona igual que a través de Facebook, a través de WhatsApp o a través de un email, sobre todo si hay muchos participantes. El medio a través del que se difunde ese delito es secundario".

¿Pueden las empresas utilizar los mensajes de WhatsApp como prueba contra sus empleados? Aquí la respuesta de los abogados es clara: sí. Ya hay sentencias condenatorias. La directora de una guardería fue despedida hace tres años por intercambiar mensajes en WhatsApp con varias empleadas riéndose de uno de los niños que cuidaban. La sentencia del TSJ de Cataluña recoge que una de ellas lo puso en conocimiento de la empresa y la transcripción literal de la conversación (llena de salidas de tono acompañadas de jajajajas y en un contexto claramente desenfadado) fue considerada prueba suficiente para rescindir el contrato.

No es lo mismo decir una barbaridad en alto que dejar constancia por escrito de ella. Los WhatsApp no se los lleva el viento

Aunque WhatsApp se considera un medio de comunicación privado y, por tanto, está sometido a la inviolabilidad de las comunicaciones, lo mismo que una carta o un email, la libertad de expresión también tiene límites. "El problema está en difundir ideas o insultos que afecten al honor de una tercera persona", insiste Mario Sol, director del Máster de Tecnologías de la Información y Propiedad Intelectual de Esade. "Que sea un problema o no lo que ahí se dice va a depender de si alguien perteneciente a ese grupo difunde esa conversación o si la empresa tiene derecho a intervenirlo porque se estén utilizando para ello dispositivos de la compañía limitados al uso laboral".

Una sentencia del TSJ de La Rioja de 2016 declara procedente el despido de una dependienta que insultaba y amenazaba a un compañero de trabajo mediante WhatsApp. La sentencia deja claro que la entrega de los mensajes a la empresa por el compañero de trabajo (que era el receptor de los mismos) no vulnera el secreto de las comunicaciones, ni supone vulneración del derecho a la intimidad. Además, el TSJ de Aragón en mayo de 2016 también dictaminó a favor de la empresa por utilizar como argumento de despido un mensaje vejatorio y ofensivo en Facebook contra superiores jerárquicos en un pantallazo difundido por  WhatsApp: "La empresa no ha vulnerado el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones porque no ha accedido a su cuenta privada de Facebook", reza la sentencia.

¿Qué puede pasar por insultar al jefe en un grupo de WhatsApp?

"Hacer una agresión verbal a un superior jerárquico en WhatsApp puede ser un motivo de despido", afirma tajante Ángel Olmedo, socio del Departamento Laboral de Garrigues. "El requisito fundamental es que se obtenga lícitamente la prueba y esté verificada su autenticidad. El debate es complejo, pero normalmente si la empresa ha proporcionado un teléfono al empleado para asuntos laborales y, si hay una política clara al respecto, podrá intervenir esas comunicaciones. Igual que en el caso del correo electrónico”. Y advierte: "El uso de conversaciones de WhatsApp es cada vez más habitual en los juzgados, luego el juez valora la gravedad para ver si puede o no ser constitutivo de delito”.

Si la empresa ha proporcionado un teléfono al empleado para asuntos laborales y, si hay una política clara al respecto, podrá intervenir esas comunicaciones

Sin embargo, a riesgo de sacar de quicio la autocensura, los expertos coinciden en que es difícil generalizar. El contexto importa. "No es lo mismo criticar a la empresa porque los salarios son muy bajos o a un superior que te ha hecho una faena con los horarios de las vacaciones que ensañarse con insultos gratuitos o difamaciones", explica Vidal.

"Ha habido casos en los que el juez ha considerado improcedente un despido por los insultos que se habían proferido en una cena de Navidad o los que puede haber soltado un empleado en el marco de una acalorada discusión por un aumento de sueldo; y también en los WhatsApp la situación es tenida en cuenta", afirma Olmedo. "Si, sin mediar provocación, una persona a su superior jerárquico le falta al respeto delante de compañeros de trabajo o delante de clientes con intención de denigrarle, aunque no esté presente el jefe, puede poner al trabajador en situación delicada".

Igual que en el colegio, también en los juzgados la intensidad de la palabrota conlleva diferentes castigos. Expresiones malsonantes como gilipollas o cabrón pueden ser entendidas como salidas de tono, pero los expertos consultados no consideran que sean especialmente graves, aunque sí susceptibles de sanción administrativa. Sin embargo, "decir que el jefe es un hijo de puta y un negrero sí que puede ser despido procedente, aunque insisto en que es difícil generalizar", acota Olmedo. "Lo mejor es ser cauto con lo que se pone por escrito por si acaso", recomienda el abogado.

No solo es arriesgado meterse con los superiores, también con los compañeros: "Acusar de delitos falsos o calumniar con el fin de desprestigiar a una persona, da igual el cargo que tenga, está fuera de los límites de la libertad de expresión", recuerda Vidal. "Hay convenios como el de los contact center que regulan los grados de insultos a compañeros y clientes. Se especifica que las faltas leves pueden llevar sanción por escrito y, según la gravedad, pueden llegar a suspensión de empleo y sueldo unas semanas o incluso a despidos disciplinarios, e incluye insultos tanto a compañeros como a sus familiares".

Acusar de delitos falsos o calumniar con el fin de desprestigiar a una persona, da igual el cargo que tenga, está fuera de los límites de la libertad de expresión

También influye a la hora de valorar la gravedad de la difamación la cantidad de gente presente en el chat de WhatsApp. Cuanta más gente hay en un chat menos excusas tiene el empleado para defenderse con el argumento de que es una esfera privada de comunicación: "No es lo mismo que haya en el grupo cinco que 50 personas, porque el daño reputacional es diferente", explica Vidal. "Y si un empleado está haciendo apología de la violencia con medios propiedad de la empresa, por ejemplo, ésta no solo puede actuar con sanciones disciplinarias, sino que debe hacerlo porque se arriesga a que parezca que lo permite".

Para que se pueda valorar como delito alguno de los comentarios vertidos, el juez debe interpretar la literalidad del mensaje. "No es lo mismo hacer un chiste macabro, de mal gusto o políticamente incorrecto dentro de un contexto de confianza, que hacer un comentario que suponga una amenaza, una calumnia o una injuria, o un delito de apología o de odio", explica Maite Sanz de Galdeano, abogada especializada en Derecho Digital y Nuevas Tecnologías en Welaw. "Si la persona que hace pública la conversación cree que efectivamente se está cometiendo alguno de estos delitos, los derechos de intimidad, imagen, honor, libertad de expresión o protección de datos podrían ceder a favor de aquellos".

Libertad de expresión

La libertad de expresión, como todas las libertades, tiene sus límites en los derechos de los demás. Y los límites relativos al honor y la imagen están siendo controvertidos en las redes sociales, que han llegado a la vida cotidiana sin un manual de instrucciones ni remedio a la falta de sentido común. "En un grupo de WhatsApp, lo mismo que en Facebook, no puedes ofender, igual que no lo harías en un bar o en la cafetería del trabajo si no te fías de todo el que te escucha. Esas precauciones se han perdido en los chats", subraya Sol.

"Si hablamos de información que afecte a la imagen, reputación o buen nombre de los otros participantes, la ley Orgánica de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, puede llevar a una demanda civil y a la obligación, en última instancia, de indemnizar por el daño causado", recuerda Galdeano. Es decir, uno puede hablar de lo que quiera, pero sin ofender ni atentar a los derechos de los demás. "Obviamente no es lo mismo poner verde alguien en una conversación privada con un amigo que dejar constancia escrita en una carta", comenta Sol. "En el caso de la carta todo el mundo lo entiende, y cada vez hay más conciencia con los emails, pero por WhatsApp se deja por escrito sin pudor".

Igual que en el colegio, también en los juzgados la intensidad de la palabrota conlleva diferentes castigos y el contexto de los insultos resulta relevante

En las redes sociales volcamos ideas espontáneas sin reflexionar lo suficiente. "Uno se piensa que cuando está en un grupo de WhatsApp eso es inviolable y solo lo es de cara a un tercero, alguien ajeno a ese grupo", recuerda Sol. "Pero no olvidemos que si uno de los presentes en la conversación difunde esto, entonces es lícito", recuerda este experto. "Así que hay que ser muy cauto en lo que se explica en un grupo de una red de este tipo. Nada impide que alguno de los presentes en la conversación la desvele. Por más que se deje claro en un grupo de WhatsApp o Telegram que lo que se está hablando es confidencial, lo más recomendable es no decir tonterías”.

Los expertos coinciden en que lo mejor es que las empresas tengan una política clara de los medios telemáticos de la compañía y una política clara de comportamiento de empleados en redes sociales. "Hace tiempo que las multinacionales lo hacen, pero en las pymes no se suele regular y en funcionarios públicos tampoco", advierte Uriarte. "Falta mucha responsabilidad en las comunicaciones digitales, tenemos unos medios muy potentes a nuestro alcance y no medimos bien los riesgos". Su consejo sería: "No escribas por WhatsApp nada que no dirías en alto en la oficina".

Y si ya hay que tener cuidado en canales de mensajería privados, en redes públicas como Twitter hay que extremar la precaución: "Aunque sea fuera del horario laboral, si te identificas en redes como empleado de una empresa, estás representándola", afirma Olmedo.

Del mismo modo que si en una reunión de vecinos empiezas a insultar a alguien te pueden denunciar, tampoco parece razonable dejarlo por escrito en un chat

Por supuesto, estos consejos no solo se aplican al ámbito laboral. "En caso de divorcios se están utilizando pantallazos de cosas que se dijeron y en cualquier disputa entre familiares o vecinos un mensaje puede ser una prueba", recuerda Uriarte. "Igual que si en una reunión de la comunidad de propietarios empiezas a insultar a alguien te pueden denunciar por vejaciones o incluso amenazas, tampoco parece razonable dejar por escrito nada comprometedor contra ellos en un chat".

Los WhatsApp no se los lleva el viento. Si en una conversación telefónica supiéramos que al otro lado la persona con la que hablamos nos está grabando, seguramente mediríamos las palabras por si acaso. Sin embargo, esa precaución no la tenemos en los mensajes que mandamos por el móvil, que es un registro digital de todo lo que decimos. E, igual que esa nota imaginaria llena de insultos que nunca fotocopiaríamos en la oficina, también lleva nuestra firma.

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