Santander tendrá que devolver el dinero invertido en Popular a los accionistas que tomaron posiciones en el valor los días previos a la caída de la entidad, hace ahora dos años. En virtud de dos sentencias conocidas hace unos días, dos juzgados de primera instancia de Guixols (Gerona) y Alcalá de Henares han reconocido en derecho de los demandantes de recuperar su inversiónh, en contra de los argumentos esgrimidos por Santander.

El banco que preside Ana Botín alegaba que tales compras, efectuadas en días tan próximos a la intervención, obedecían a un ánimo especulador de los compradores por lo que no estaban legitimados para reclamar el dinero invertido.

Sin embargo, el argumento de la entidad ha sido rechazado por los dos Juzgados que han dado la razón a los afectados, representados por el bufete Durán & Durán.

Según estas sentencias quienes invirtieron, incluso en fechas próximas a la intervención y venta de Popular, "no lo hicieron por un ánimo especulador sino, precisamente, confiando en la supuesta consistencia del banco, de forma que decidieron aprovechar una buena oportunidad, a la vista del precio de las acciones, sin que ello implique un conocimiento de la situación que a los pocos días se iba a materializar", explican fuentes del citado bufete.

Hasta ahora, sólo se reconocía el derecho de resarcimiento a los inversores que acudieron a la ampliación de capital de 2016

"En definitiva, Popular sostenía incluso en dichas fechas que era solvente, que era un banco consistente, cuando en realidad hubo una grave falta de información y transparencia por parte de dicha entidad, que se mantuvo durante muchos años, aparentando esa irreal situación de solvencia hasta prácticamente el día de la intervención", añaden las mismas fuentes.

Las resoluciones judiciales sostienen que fue determinante para la resolución la ocultación de la real situación económica de la entidad bancaria, no solo en sus folletos informativos, sino a la generalidad de la ciudadanía, ya sea por los hechos relevantes, o resto de información vertida en medios de comunicación.

Durá & Durán Abogados alegó que Santander no puede sostener dos argumentos o realidades incompatibles puesto que, si sostiene todavía hoy en este tipo de procedimientos que Popular era solvente, no puede alegar después que quien compró en fechas próximas a la intervención era un especulador. Por este motivo, las sentencias notificadas la semana pasada concluyen que hubo tal falta de información que influyó de manera esencial en el error padecido por dichos inversores a la hora de adquirir las acciones.

Los Tribunales también han estimado varias demandas de clientes que invirtieron en Popular durante años anteriores, como, por ejemplo, en 2009. En contra de lo que se venía sosteniendo por parte de Santander, en el sentido de reconocer el derecho a reclamar sólo para los inversores que hubiesen adquirido mediante suscripción de la ampliación de capital del 2016.