La temporalidad entre jóvenes entre 25 y 29 años que trabajan en el sector público ha aumentado un 80% desde 2014 hasta el pasado trimestre. En el mismo periodo, los contratos temporales en el sector privado han caído un 10,8%. Este jueves, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha declarado que la jurisprudencia española que permite renovar contratos temporales en el sector público a la espera de procesos selectivos sin plazo concreto fijado es contraria al derecho comunitario.

Es decir, que mientras que los jóvenes que contaban con un contrato temporal en lo público eran 81.800 en 2014, en el primer trimestre de 2021 son más de 147.600. Al mismo tiempo, los contratos entre jóvenes de esa misma edad en el sector privado, que eran 568.700 en 2014, han caído hasta los 507.300 el trimestre pasado.

Sin tener en cuenta el tipo de sector, el 58% de todos los jóvenes empleados en el último trimestre tenían un contrato temporal. Y eso a pesar de que en 2017 ambos tipos de contratos se tocaron en el gráfico, igualándose en la misma cifra. Sin embargo, a partir de entonces y especialmente desde que estalló la pandemia, la brecha entre temporales y fijos ha vuelto a abrirse, especialmente en lo público.

España desobedece la directiva de la UE

La Unión Europea ha presionado varias veces a España para que reduzca la temporalidad, y, en concreto, la de la Administración Pública. Pero este jueves el TUE ha apuntado en una sentencia que que España permita la renovación de contratos en el sector público "para atender necesidades que en realidad no son provisionales" va en contra de la directiva europea sobre trabajo de duración determinada.

La justicia europea ha respondido así a las preguntas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) después de que una trabajadora de un instituto madrileño lo denunciase tras encadenar varios contratos temporales.

El tribunal de Luxemburgo declara que en España se permite la renovación de contratos temporales "sin indicar el plazo preciso de finalización de dichos procesos" de selección y además "prohíbe tanto la asimilación de esos trabajadores a trabajadores indefinidos no fijos como la concesión de una indemnización".

Los sindicatos, no obstante, lamentan que la decisión no servirá de nada, puesto que simplemente se trata de un caso particular, un recuerdo del alto tribunal europeo a España, y que hará falta mucho más para conseguir hacer frente a este problema del mercado laboral español. En este marco, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya ha comunicado a Bruselas que quiere reformar los tipos de contrato en el país para luchar contra la temporalidad.

CSIF: "Muy oportuna"

Por su parte, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha considerado "muy oportuna" la sentencia del TJUE, tanto porque ven que la UE está diciendo que hay que sancionar de manera efectiva a las administraciones que hacen un uso excesivo de los internos, como porque llega una semana después de que se conociese que la propuesta del ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, para reformar el estatuto básico del empleado público.

Iceta propuso que las administraciones públicas no puedan renovar más de 3 años a los trabajadores sin contrato fijo, algo que desde el sindicato consideran "injusto" para el interino, sobre todo porque no permite que la administración pueda hacer después uso de esa plaza.

"Así que en 3 años, si esa administración no ha hecho fijo al interino, se va a la calle. Y la Administración no puede hacer uso de esa plaza. Si una enfermera llevaba en un centro de salud más de tres años, se iría a la calle y el centro de salud se quedaría sin ese puesto. No tiene ningún sentido", recalcan desde CSIF. La propuesta ahora mismo se está negociando con las organizaciones sindicales en la comisión técnica de igualdad.