El Tribunal Supremo ha fijado que los intereses de demora percibidos por los contribuyentes de la Agencia Tributaria están sujetos a retención de IRPF al ser una ganancia patrimonial que constituye renta general. En su sentencia del 12 de enero a la que ha tenido acceso EFE y que ha adelantado el diario Expansión, el Supremo recuerda el carácter del IRPF como "impuesto general sobre la renta", lo que supone que "su hecho imponible se configura de una manera amplia", para "hacer tributar a todas las rentas del contribuyente".
La nueva doctrina aborda el recurso de unos contribuyentes que habían recibido 312.959 euros en concepto de intereses de demora tras haber anulado la Audiencia Nacional las actuaciones de la Agencia Tributaria sobre el IRPF de 2009, importe sobre el que Hacienda quería repercutir el IRPF.
El Abogado del Estado sostenía que "los intereses de demora abonados por la Administración Tributaria al efectuar una devolución de ingresos indebidos, pese a su naturaleza indemnizatoria, se encuentran sujetos y no exentos del IRPF, constituyendo una ganancia patrimonial que procederá integrar en la base imponible general", que es el punto que ha aclarado el Supremo. Los contribuyentes, por el contrario, defendían que dado que se trataba de deudas tributarias anuladas, "nunca debieron soportar las consecuencias negativas de unos pagos impuestos por medios coercitivos y de unas sanciones que les suponían una pública reprensión por unas actuaciones suyas correctas".
Como dicha consideración tiene excepciones, y algunas rentas están exentas de gravamen, es preciso concretar "cuáles son los supuestos de no sujeción, en los que no se entiende realizado el hecho imponible, y cuales los de exención, en los que sí se realiza", añade.
Entre las excepciones, señala el Supremo, figuran las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales y aquellas satisfechas por las Administraciones públicas por daños personales como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.
Los intereses de demora que aborda el Supremo -los abonados por la Agencia Tributaria al efectuar una devolución de ingresos indebidos, como consecuencia de una declaración judicial-, "tienen carácter indemnizatorio, puesto que tienen por objeto resarcir al contribuyente por los daños y perjuicios derivados de haber tenido que realizar un ingreso que los tribunales han declarado indebido".
Pero según la ley del IRPF, "tienen la consideración de ganancias patrimoniales", por lo que al Supremo sólo le resta establecer si deben integrarse en la renta general o en la del ahorro.
Nueva doctrina sobre los intereses de demora en las indemnizaciones de Hacienda
Fijando doctrina, el Supremo concluye que "los intereses de demora abonados por la Agencia Tributaria al efectuar una devolución de ingresos indebidos se encuentran sujetos y no exentos del impuesto sobre la renta, constituyendo una ganancia patrimonial que constituye renta general".
La sentencia cuenta con el voto particular de uno de los magistrados, José Antonio Montero Fernández, que se remite a la jurisprudencia anterior del Supremo de diciembre de 2020, que establecía que "los intereses de demora abonados por la Agencia Tributaria al efectuar una devolución de ingresos indebidos no están sujetos al IRPF"
Te puede interesar
-
El Gobierno no descarta que el juez Peinado solicite al Supremo la imputación de Sánchez
-
El juez Peinado rechaza que Pedro Sánchez declare por escrito en el 'caso Begoña Gómez'
-
Absuelta la primera periodista condenada por revelar información de un sumario
-
Amnistía para cuatro CDR que intentaron boicotear La Vuelta en Lleida
Lo más visto
- 1 El Independiente | El diario digital global en español
- 2 Feijóo exige al Gobierno la liberación de la delegación del PP retenida en Venezuela
- 3 Banco Santander cambia de estrategia en los depósitos: del no se van a remunerar a queremos competir en el mercado
- 4 El Gobierno no descarta que el juez Peinado solicite al Supremo la imputación de Sánchez
- 5 La figura peligrosa y amoral de Zapatero vuelve a Venezuela
- 6 Nadal, la gran sorpresa en París con la antorcha olímpica
- 7 La inauguración de los Juegos Olímpicos, en imágenes
- 8 Cuándo juegan Nadal y Alcaraz Juegos Olímpicos de París 2024
- 9 Puigdemont despliega todas sus armas para frenar el pacto de investidura PSC-ERC