"Yo creo que lo que habría que hacer es que las empresas pudiéramos pagar a cada uno de los trabajadores el coste real total y que cada trabajador fuera el que organizara sus relaciones con la Seguridad Social porque es la forma de que se viera realmente cuánto es el coste real de los salarios en España", sugirió el presidente de la organización de empresarios CEOE, Antonio Garamendi, el pasado martes.

"Que en la nómina te llegue todo el dinero y seas tú, como en el impuesto sobre la renta, el que declares ante Hacienda, a la Seguridad Social, porque claro llega un momento que puede ser casi el doble", remachó ante los medios durante un encuentro de comercio en la sede de la patronal. La ocurrencia no fue más que eso, no se trataba de una propuesta en firme ni de una iniciativa que la organización quisiera poner realmente encima de la mesa, pero fue suficiente para que el debate sobre las cotizaciones sociales se haya alargado durante toda la semana.

Las respuestas de los ministros de Sumar no se hicieron esperar, con varios sugiriendo que fuesen las empresas las que paguen al trabajador por todo lo que este produce primero, y que después este abone al empresario la plusvalía. Con todo, el debate da pie a ahondar en un tema no tan conocido por parte de los trabajadores: ¿qué son exactamente las cotizaciones sociales? ¿Cuánto se paga en este concepto? ¿Tiene sentido el sistema actual, o sería más eficiente pagarlas por separado?

¿Son las cotizaciones un impuesto?

Las cotizaciones sociales son pagos que se realizan a la Seguridad Social por parte de tanto empresarios como trabajadores a cambio de un derecho futuro. Es decir, que a diferencia del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), el impuesto sobre el valor añadido (IVA) y los impuestos, generan el derecho a recibir una prestación por desempleo y formación en caso de que el empleado se quede en paro, y una una pensión cuando se jubile.

La razón por la que esta semana el debate se ha centrado en si no son realmente impuestos tiene que ver con el tipo de sistema de pensiones que tiene España. En los sistemas de pensiones de capitalización, que existen en otros países, las cotizaciones que se pagan hoy suponen un ahorro para la pensión de uno mismo. En lugar de destinarse a pagar las pensiones de los jubilados actuales, se invierten en activos financieros, y en el momento de la jubilación se devuelven al trabajador. La pensión será más alta o más baja dependiendo de cómo hayan evolucionado los mercados entre el momento en que el empleado comenzó a meter dinero en su hucha y el momento en el que lo retire, es decir, cuando se jubile.

Sin embargo, España utiliza un sistema de reparto, en el que la cotizaciones que se recaudan hoy sirven para pagar la pensiones de lo que se jubilan hoy, para lo que es necesario un pacto intergeneracional. Este sistema, que los gobiernos europeos consideran los más justos, a día de hoy pueden generar recelos, puesto que tal y como se ha orquestado la reforma de las pensiones que se aprobó el año pasado, los jóvenes deben pagar más a la Seguridad Social para garantizar las prestaciones que cobrará la generación del baby boom, ahora en pleno proceso de jubilación.

Al mismo tiempo, los jóvenes dudan de si ellos podrán cobrar unas pensiones de jubilación acordes con los derechos que están cotizando hoy día. Les preocupa el decrecimiento poblacional y que los sueldos de dentro de unos años no sean capaces de pagar las prestaciones de la generación que ha atravesado dos crisis. Sobre este tema versa el libro del economista José Ignacio Conde-Ruiz, al que El Independiente entrevistó hace unos meses y cuyo resultado puede leerse aquí.

Cuánto se paga por las cotizaciones sociales

El pago de las pensiones del futuro dependerá de los gobernantes de entonces. Pero por el momento lo que está claro es que las cotizaciones sociales no obligan al empresario a pagar el doble de lo que recibe el trabajador. Vamos a desglosarlo.

Las cotizaciones sociales se pagan a través de dos vías diferentes. Estudiaremos el caso de los trabajadores por cuenta ajena, ya que los autónomos hasta ahora han podido elegir cuánto aportan a la Seguridad Social, aunque la intención de la reforma del RETA que también se aprobó el ejercicio pasado es que pasen a abonar un porcentaje de sus beneficios. Dejando su situación de lado, en el caso de los asalariados las cotizaciones las pagan tanto ellos como los empresarios.

Por un lado, es el empleado el que debe pagar alrededor de un 5% de su sueldo a la Seguridad Social en concepto de cotizaciones por contingencias comunes, más alrededor de un 2% por desempleo, más otro 0,1% más en concepto de formación. Estas cuantías se descuentan del salario bruto del trabajador, tal y como sucede con el IRPF. Por otro lado, la empresa también debe pagar a la Seguridad Social diferentes cuantías en concepto de cotizaciones sociales por cada empleado. Los porcentajes varían según el convenio y las funciones del trabajador, pero en términos generales son los siguientes: alrededor de un 24% por contingencias comunes, entre un 5 y un 7% por desempleo, y un 0,6% más por formación.

Aparte, tanto la empresa como el trabajador deben abonar desde el año pasado un recargo destinado a sufragar las jubilaciones de la generación del baby boom, el conocido como mecanismo de equidad intergeneracional (MEI). Esta cuantía se implementó en 2023 y entonces supuso un 0,6% de la base de cotización, porcentaje que aumenta cada mes de enero en una décima, hasta alcanzar el 1,2% en 2029.

Un ejemplo. En el caso de una nómina de 30.000 euros brutos anuales la empresa deberá abonar alrededor de 1.630 euros al trabajador, más unos 960 euros en concepto de cotizaciones sociales que ingresará a la Seguridad Social -de los que 160 procederán del salario bruto del empresario y 800 tendrá que abonar la empresa de su parte-. Además, este trabajador tipo pagaría de su nómina 350 euros al mes por IRPF. Es decir, que en este caso la aportación del empresario a la Seguridad Social sería de cerca de la mitad de lo que termina recibiendo el empleado en su bolsillo, sin tener en cuenta lo que después percibirá el trabajador gracias a lo cotizado, tanto si se queda en paro -prestación por desempleo- o se jubila -como pensión-.

Esta situación solo cambia cuando el salario alcanza los 4.070 euros brutos mensuales, lo que se conoce como base máxima de cotización. A partir de ahí, los salarios no aportan más en concepto de cotizaciones sociales aunque sean mayores más. Es decir, que un trabajador con un sueldo bruto de 4.070 euros al mes aportará a la Seguridad Social lo mismo que un salario de varios miles de euros más, porque las pensiones están limitadas por arriba. La reforma de las pensiones también incluía el aumento de ese límite, el mal llamado destope de las bases máximas de cotización, que tiene lugar entre este año y 2050.