La reforma del alquiler modifica de manera notoria las reglas del juego entre propietarios e inquilinos. El nuevo texto elimina la posibilidad de que el propietario pase el IBI al arrendatario y refuerza los derechos de quienes viven de alquiler, sobre todo cuando emergen problemas en el inmueble y el propietario no se hace cargo de ellos. La norma ha recibido el visto bueno y se enfrenta ahora a un último tramo político para su aprobación final.

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Ley del alquiler y el pago del IBI

La propuesta legislativa que varios grupos parlamentarios presentaron en el otoño de 2024 va más allá de los contratos temporales. En las enmiendas aprobadas, el texto se transforma en una herramienta capaz de redefinir elementos fundamentales del alquiler de vivienda habitual. En definitiva, estas modificaciones se incluyen dentro de la Ley de Arrendamientos Urbanos, al mismo tiempo que se controlan más las estipulaciones en los gastos a asumir por cada uno de los intervinientes en el contrato.

IBI e inquilino

La nueva normativa hace hincapié en que el contrato de arrendamiento no va a poder incluir el IBI a cuenta del arrendatario en caso alguno, ni tampoco poder cargar gastos de gestión inmobiliaria o de formalización del contrato. Las prorrogas en zonas tensionadas no permitirán incluir nuevas tasas o conceptos no contemplados en prórrogas anteriores y la ley establecerá la posibilidad de ofrecer una única garantía adicional de la cantidad que un arrendador podría exigir, esto es, no se va a poder exigir la contratación de seguros de impago ni productos parecidos.

Obligaciones del casero sobre el IBI

La reforma habilita un procedimiento ágil para el tratamiento de los daños que afectan a la habitabilidad, seguridad o salubridad de la vivienda. El arrendatario puede remitirle al propietario un escrito con un presupuesto detallado. El propietario dispone de quince días para aceptarlo, presentar otra propuesta o llevar a cabo la reparación. En caso de no contestar o si no acepta la oferta sin darle una razón a ello, el arrendatario puede llevar a cabo la reparación con del coste que podrá descontar de futuras mensualidades.

Reparaciones por uso habitual

En el caso de que una vivienda necesite arreglos por el desgaste repetido del que se hace mención, correspondería al inquilino dar cuenta de ello al propietario de la vivienda, la cual en un plazo de cinco días deberá contestar. De no hacerlo, la ley establece que el arrendatario puede ir directamente a realizar el arreglo y exigir el importe correspondiente de modo inmediato o bien deducirlo del alquiler del mes siguiente, si se actúa justificadamente. Esto tiene por objetivo evitar que la vivienda quede desatendida y que se mantenga en condiciones adecuadas.

Regulación del alquiler

El contenido del texto conlleva una regulación íntegra del alquiler temporal de apartamentos o habitaciones. El contrato arrendaticio ha de ajustar la causa del traslado del arrendatario y debe acreditar su veracidad, es decir, al principio del contrato ha de figurar la causa o en caso de que no figure el contrato se considerará de vivienda habitual, con todas las obligaciones que se derivan de la ley, sus prórrogas incluidas.

Duración y desistimiento

Los contratos temporales tendrán una duración mínima de 31 días y máxima de 12 meses, de forma que el rebasamiento del plazo máximo o la sucesión de dos prórrogas consecutivas convertirá automáticamente el contrato en uno ordinario con prórrogas anuales de hasta un máximo de cinco años. El inquilino podrá rescindir el contrato tras pasar un mes, comunicándolo con un preaviso mínimo de diez días. Esta nueva normativa pretende equilibrar las relaciones que se producen en torno al alquiler, prevenir el encubrimiento de un incremento en el precio del alquiler y proporcionar un marco más claro y seguro para aquellas personas que viven del alquiler.

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