En plena campaña de la Renta 2025-2026, uno de los debates fiscales que más fuerza ha cobrado en el Congreso de los Diputados es la no deflactación del IRPF. Es decir, la decisión del Gobierno de no actualizar los tramos del impuesto conforme ha aumentado la inflación. Esta falta de ajuste provoca que los contribuyentes, pese a que sus salarios han aumentado únicamente para compensar la subida de precios, terminan soportando una mayor carga fiscal en el IRPF al pasar a tributar en tramos superiores pese a que no han ganado poder adquisitivo real.

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Sin embargo, la cuestión no se limita únicamente a los tramos del impuesto. Un informe publicado este miércoles por el Consejo General de Economistas (CGE) alerta de otro problema menos debatido pero igualmente relevante: la falta de actualización de múltiples magnitudes fiscales, deducciones, reducciones y límites tributarios que llevan años congelados.

Esta ausencia de revisión, al igual que sucede con los tramos salariales, también genera distorsiones en la tributación efectiva de los contribuyentes y, en la práctica supone una mayor presión fiscal encubierta. Además, según ha señalado Carmen Jover, vicepresidenta del REAF-CGE, durante la presentación del informe, esta congelación "es uno de los motivos que demuestra el porqué de la subida de la recaudación" en los últimos años, que ha alcanzado crecimientos interanuales de doble dígito.

Mínimo por familiares dependientes

Uno de los ejemplos más claros afecta al mínimo por familiares dependientes en el IRPF que, según se desprende de los datos de la Declaración de la Renta de 2023, afecta a 8,7 millones de declarantes.

Cuando un contribuyente ayuda económicamente a un padre, una madre o un hijo que depende de él, Hacienda le permite pagar menos IRPF a través del llamado mínimo por ascendientes o descendientes dependiente. Es decir, entiende que una parte de sus ingresos se destina a mantener a esa persona y, por tanto, no debería tributar igual.

Pero para poder aplicar ese alivio fiscal, ese familiar dependiente no puede percibir una renta superior a 8.000 euros brutos, lo que equivale a unos 570 euros brutos mensuales en 14 pagas. Si supera ese límite, aunque siga necesitando ayuda económica, el familiar a cargo pierde este beneficio y pasa a pagar más IRPF. "Y este límite no se toca desde 2007", advierte Jover.

En este sentido, la vicepresidenta del REAF-CGE indica que anteriormente esta referencia estaba vinculada al salario mínimo. Sin embargo, la falta de ajuste ha provocado que muchas pensiones, revalorizadas cada año conforme al IPC, superen este umbral. Y, pese a seguir siendo bajas y necesitar la ayuda de sus hijos, los contribuyentes pierden la posibilidad de aplicar el beneficio.

Ante ello, desde el Colegio General de Economistas reclaman elevar el límite hasta el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2025, el SMI se situó en 16.576 euros brutos anuales y en 2026 asciende hasta los 17.094 euros. Un incremento que supondría elevarlo en más del doble del umbral actual de 8.000 euros, congelado desde 2007 y sin revisar pese a casi dos décadas de inflación y revalorización de pensiones y salarios.

Otras ventajas fiscales congeladas: del abono transporte al seguro médico

No obstante, el mínimo por familiares dependientes no es el único ejemplo. La vicepresidenta del Registro de Economistas Asesores Fiscales del Colegio General de Economistas ha advertido de que existen "numerosas magnitudes fiscales del IRPF" que llevan más de dos décadas sin actualizarse pese al avance de la inflación.

Entre ellas, la economista ha destacado la ayuda al transporte público que las empresas pueden abonar sin que tribute en el IRPF. Desde 2007, el importe está limitado a 1.500 euros anuales, pero si se actualizase conforme a la evolución de la inflación, debería situarse en los 2.170 euros.

También ocurre con el cheque comida, es decir, los vales o tarjetas restaurante que muchas empresas entregan a sus empleados como parte de la retribución diaria. Hacienda permite que esa ayuda no tribute en el IRPF hasta un máximo de 11 euros al día, una cuantía que no se actualiza desde 2003 y que, corregida por inflación, debería situarse cerca de los 14 euros.

Otro ejemplo similar es el de las dietas de manutención, que se aplican cuando el trabajador se desplaza por motivos laborales y recibe una compensación para cubrir comidas fuera de su municipio habitual. En este caso, el importe exento está fijado en 26 euros diarios desde 2018 y, según los economistas, debería alcanzar los 38 euros para mantener su valor real.

A ello se suma el seguro médico privado, que algunas empresas pagan a sus trabajadores como parte de la retribución. Hacienda permite que esa parte del salario no tribute en el IRPF, pero solo hasta un máximo de 500 euros anuales por trabajador. Es decir, si la empresa paga un seguro de salud dentro de ese límite, esa cantidad no se considera renta sujeta a impuestos. Sin embargo, este mínimo lleva sin actualizarse desde 2003: "¿Qué seguro médico privado hay hoy de 500 euros al año?", se plantea Carmen Jover. De ajustar la inflación, debería ascender hasta los 831 euros. En definitiva, para los economistas, mantener estos importes sin revisarlos conforme a la inflación supone una subida fiscal encubierta.