Existen ciertos trámites que el trabajador por cuenta propia o empresario puede hacer a través de internet. Por ejemplo la consulta de deudas, así como saldar las mismas, se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello será necesario disponer de un certificado electrónico (firma digital), el DNI electrónico o esta registrado en el sistema Cl@ve.

Para la consulta de deudas existen dos vías diferentes, ambas a través de la citada sede electrónica. Para la primera habrá que abrir el apartado “Trámites destacados” y posteriormente acceder a “Consultar deudas”; la segunda será en “Todos los trámites”, clicando posteriormente en “Recaudación” y, por último, en “Procedimiento de Apremio”.

Proceso para saldar la deuda del autónomo

Desde ahí se accederá a una pantalla en la que el autónomo podrá consultar toda la información: la clave de liquidación, el objeto tributario, el importe total y el pendiente, el período y la situación en la que está la deuda.

Pulsando sobre la opción de “Clave de liquidación” aparecerá una pantalla con el detalle de la deuda contraída por el profesional con la Administración. Dentro de esta podrá acceder a “Obtener carta de pago”.

A continuación se mostrarán los datos relativos al autónomo (nombre y apellidos, domicilio, fechas de liquidación de la deuda, etc.) que deberán ser revisados por si hubiera algún error. En caso de que todo resulte correcto, se podrá pulsar en “Aceptar” o bien, rellenar la opción disponible para ingresar una cantidad distinta a la de la deuda.

En la siguiente página aparecerán las opciones de pago. Se podrá descargar un PDF para hacer el ingreso en la entidad colaboradora correspondiente o bien se podrá pagar a través de internet. Esta última opción tendrá, a su vez, dos vías. La primera es mediante el adeudo a cuenta, que lo podrán hacer aquellos autónomos con certificado, DNI electrónico o Cl@ve Pin, y la segunda con tarjeta de crédito o débito, a la que sólo podrán acceder los que posean certificado o DNI electrónico.

Por último, salvo excepciones de deudas que exijan hacerla por separado, los autónomos y empresarios podrán hacer una misma carta de pago para varias deudas. Para crearla tendrán que clicar en “Obtención de cartas de pago” en la página principal de Relación de Deudas.