Aunque mucha empresas conocieron los préstamos ICO (Instituto de Crédito Oficial) a raíz del coronavirus, estas líneas de financiación están activas con anterioridad. En cada una de sus líneas se establecen sus condiciones y dotación económica. Aunque su concesión final siempre se realiza a través de las entidades financieras más habituales (los bancos).

Los solicitantes no podrán estar en ficheros de morosos

Dentro de las líneas ICO se pueden encontrar cinco diferenciadas, tal y como recuerdan desde la Asesoría Ayuda T Pymes.

Tenemos la línea ICO para Empresas y Emprendedores. También existe una línea específica ICO Garantías SGR/SAECA para las que cuentan con aval de la Sociedad de Garantía Recíproca o la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria.

Para aquellos autónomos o empresas que necesiten el anticipo del pago de sus facturas hay dos líneas diferenciadas. Por un lado ICO Crédito Comercial y, por otro, ICO para Exportadores. La segunda será para los negocios que operen fuera de España, atendiendo también los casos en que necesiten hacer frente a los costes previos de producción.

La última de las líneas es ICO Internacional. Esta se divide en dos tramos distintos: uno para empresas u profesionales con falta de liquidez o inversión y otro para empresas que apuesten por la financiación de compra/venta de bienes y/o servicios; esta última puede solicitarse tanto por empresas españolas como extranejras.

Independientemente de la línea ICO, las empresas tendrán que cumplir unos requisitos mínimos:

  • No aparecer en los ficheros de morosos (crédito y solvencia profesional).
  • No cumplir los requisitos para estar en procedimiento de insolvencia o estarlo.
  • No utilizar los préstamos avalados para renovar otras deudas con la entidad.

Las operaciones tienen un coste máximo limitado

Las grandes ventajas de estos préstamos avalados son sus condiciones. Permiten tres tramos distintos de amortización y carencia: de 1 a 6 años, con 0 o 1 año de carencia; de 7 a 9 años; con 0, 1 o 2 años de carencia; y 10, 12, 15 y 20 años, con 0, 1, 2 o 3 años de carencia.

En cuanto al tipo de interés, este se puede elegir (fijo o variable). Además, los créditos ICO también regular el máximo de comisión e interés, que variará en función de la operación. Si esta es a un año será hasta el 2,30% TAE; si las operaciones son a 2, 3 o 4 años, 4,00% TAE; y, por último, para operaciones a partir de los 5 años. Hasta 4,30% TAE.