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Justicia europea

La sentencia sobre el 'modelo 720' evitará los bailes de residencia de famosos

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra la 'ley Montoro' es un varapalo para España porque considera que las sanciones por no declarar bienes o derechos en el extranjero son desproporcionadas

Shakira

La cantante Shakira. EP

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de este jueves que ha declarado contraria a Derecho la ley que obligaba a los residentes fiscales en España a declarar sus bienes o derechos en el extranjero por medio del conocido como 'modelo 720', permitiendo a Hacienda imponer altas sanciones a quien no lo hiciera, aventura el fin de algunas de las argumentaciones clásicas sobre su lugar de residencia que han utilizado los famosos perseguidos por la Agencia Tributaria para defenderse.

"Hasta 2015 era una nómada sin raíces", declaró la cantante Shakira en 2019 como investigada por supuesto fraude fiscal en un juzgado catalán. "Tan pronto vivía en Nueva York como en Bahamas o en Barcelona", explicó la artista.

En similares términos se manifestó el expiloto de Moto GP Sete Gibernau a través de su defensa en el procedimiento judicial de 2017 en el que se enfrentó a una petición de dos años y medio de cárcel de la Abogacía del Estado por considerar que cometía fraude al decir que vivía en Suiza cuando, según consideraban los servicios jurídicos del Estado, realmente se había trasladado a Barcelona con la que era su pareja, la modelo Esther Cañadas.

La ley impulsada por el exministro popular Cristóbal Montoro facilitaba, como reconocen fuentes fiscales, aflorar el patrimonio real de todo residente fiscal en España y encontrar fraudes fiscales de todo tipo (IRPF, derechos de imagen, ocultación por medio de sociedades pantalla...). La obligatoriedad de pagar impuestos en el lugar de residencia -siendo éstos más altos que en otros lugares- ha llevado a famosos acaudalados a tratar de situar su residencia fiscal en otros países, alegando el tiempo que pasan fuera de nuestro país. Sin embargo, esa estrategia tenía el riesgo de tener que aflorar los bienes en otros países y pagar altas sanciones por no haberlo hecho previamente. Un riesgo que ahora verán menor por no tener que declarar los bienes o derechos que tengan repartidos en cualquier lugar del mundo.

"Gravar durante un período indefinido"

El TJUE considera que con la norma "España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de libre circulación de capitales" y se ha excedido porque "esta obligación puede disuadir a los residentes de ese Estado miembro de invertir en otros Estados miembros, impedirles hacerlo o limitar sus posibilidades de hacerlo, y constituye, por tanto, una restricción a la libre circulación de capitales".

La sentencia de la CURIA consultada por El Independiente respalda un dictamen que emitió la Comisión Europea en este sentido. Considera que las "desproporcionadas" sanciones recogidas en la ley impulsada por Cristóbal Montoro "permiten, en realidad, a la Administración tributaria proceder sin limitación temporal a la regularización del impuesto adeudado por las cantidades correspondientes al valor de los bienes o derechos situados en el extranjero y no declarados, o declarados de manera imperfecta o extemporánea, mediante el 'modelo 720'. Ello es así aunque se considere que el legislador español únicamente pretendió, en aplicación de la regla de la actio nata, retrasar el momento inicial del cómputo del plazo de prescripción y fijarlo en la fecha en que la Administración tributaria tenga conocimiento por primera vez de la existencia de los bienes o derechos en el extranjero, ya que esta opción conduce, en la práctica, a permitir a la Administración gravar durante un período indefinido las rentas correspondientes al valor de esos activos, sin tener en cuenta el ejercicio o el año respecto de los que se adeudaba normalmente el impuesto correspondiente a esas rentas".

La ley permitió exigir multas a través de Hacienda a personalidades como el expresidente de Bankia y ex vicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato o a la familia del expresidente catalán Jordi Pujol, a quien el Gobierno tendrá que devolver más de dos millones de euros. La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha cuantificado en 230 millones el montante total que espera tendrá que devolver el Gobierno a los contribuyentes en aplicación de dicha sentencia.

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