El Juzgado de Primera Instancia 3 de Barcelona ha desestimado la demanda interpuesta por el PDeCAT contra Junts y miembros del partido para impugnar la asamblea que cambió a los cargos de la dirección de Junts antes de la ruptura entre las dos formaciones, y que derivó en una disputa por las siglas.

En la sentencia, recogida por Europa Press, la jueza constata la "falta de legitimación activa" del PDeCAT para pedir anular los acuerdos adoptados en la asamblea de Junts del 27 de junio de 2020 --que cambió a los cargos de la dirección antes de la ruptura entre las dos formaciones y que derivó en una disputa por las siglas-- porque no ha demostrado de qué manera le afectan esos acuerdos

La sentencia, con fecha del 6 de julio, puede ser recurrida y la magistrada le impone el pago de las costas procesales al PDeCAT.

En este procedimiento, el PDeCAT argumentó que la asamblea general de Junts que impugnaba vulneraba la ley de partidos y consideraba que infringió las normas que fija respecto a la emisión de votos y lugar de adopción de los acuerdos, porque se hizo de forma telemática.

Sostenía que el secretario y la tesorera del partido "desconocían totalmente la celebración de la supuesta asamblea" y que la convocó un órgano que no tenía facultades para hacerlo y sin enviar convocatoria.

El PDeCAT sostuvo su interés legítimo a intervenir en el procedimiento en la vinculación económica entre las dos formaciones y en el "intento de apropiación de capital político" que atribuye a Junts.

En cambio, la jueza considera que esa vinculación económica y de capital político es "en esencia, consecuencia de los propios pactos de la coalición electoral" que los dos partidos formaron para presentarse a varias elecciones.

Por su parte, Junts pidió desestimar la demanda y defendió que la asamblea fue convocada correctamente a pesar de que no se hiciera de manera presencial "dado que se estaba ante una organización pequeña, y ninguno de los tres afiliados que formaban entonces parte del partido han impugnado ningún acuerdo".

Junts argumentó que el PDeCAT no estaba legitimado para incitar este procedimiento y consideraba que "el interés para instar la impugnación de los acuerdos adoptados por Junts es, precisamente, interferir por la vía judicial sobre otro partido político que concurre en el mismo espacio electoral con quien ha tenido estrecha vinculación".