El Gobierno vasco está preocupado por el uso del euskera. Los datos de uso de la lengua revelan que pese al incremente en su conocimiento el empleo en la sociedad ha caído en los últimos años. El Ejecutivo acaba de cerrar el último decreto que regulará su “normalización” y extensión en la Administración y servicios públicos a la ciudadanía. Será la última norma de las muchas aprobadas desde la primera ley de 1982 y en las que la regulación en el ámbito de la Administración pública ha pasado de la exigencia máxima a la modulación de la misma.

En el último documento se modifica los ratios de exigencia a los trabajadores de la Función Pública, que se podrán rebajar en función de las necesidades de cada puesto. También se permitirá la creación de espacios lingüístico públicos exclusivamente en euskera dentro de la Administración que lo establezca.

Una de las normativas que se modifica es la política de rotulación. Así, el decreto establece que todas las administraciones y entidades públicas deberán rotular “al menos en euskera” y si sólo si lo desean también en castellano. Una de las novedades radica en que en los casos en los que se quiera rotular únicamente en euskera se podrá hacer siempre que vaya acompañado de un pictograma, un dibujo o elemento gráfico que “clarifique” el significado de la indicación incluida en euskera.

Junto a ello, en el País Vasco se permitirá rotular en colegios públicos, hospitales u otros servicios públicos sólo en euskera en los casos en los que la grafía de la expresión empleada sea muy similar al castellano. La tercera de las posibilidades en las que se podrá rotular sólo en euskera será en los casos en los que “el rótulo no genere confusión”, se señala en el decreto. La norma del Gobierno vasco también establece que todas las Administraciones y entidades públicas deberán dar siempre prioridad al euskera en sus rotulaciones, concediéndole un lugar preferente frente al castellano.

70% de perfiles acreditados

El decreto, que subraya la necesidad de mejorar la atención bilingüe hacia la ciudadanía, también aborda el uso del euskera en el trabajo interno de las entidades públicas. Así, permite que las distintas entidades puedan acordar que en su actuación interna o en alguna de sus áreas únicamente se impongo la comunicación interna sólo en euskera, tanto la oral como la escrita, incluso con otras entidades.

A lo largo de todo el documento se recuerda que el euskera es “la lengua propia de la Comunidad Autónoma Vasca”, siendo además oficial junto al castellano, y que serán los ciudadanos los que elegirán la lengua de relación con la Administración.

Las distintas entidades tendrán que establecer planes de normalización e implantación del euskera por periodos de cinco años. En ellos se podrá establecer que determinadas unidades administrativas el euskera sea su lengua de trabajo.

Durante las últimas décadas los empleos públicos en el País Vasco han ido acompañados en la mayoría de los casos de la exigencia de acreditación de determinados conocimientos lingüísticos. La exigencia oscilaba entre un PL1 de euskera (equivalente a un B1) a un PL4 (equivalente a un C2). Exigencias que en muchos casos han resultado excesivas para muchos trabajadores públicos, además de innecesarios al no tener relación con la ciudadanía. Actualmente el grado de cumplimiento de la exigencia idiomática se cumple en el 70% de los trabajadores que ocupan una plaza con exigencia de perfil de euskera.

Perfiles "intermedios"

El decreto insiste en que el objetivo último de la exigencia lingüística es poder prestar un servicio bilingüe de calidad a la ciudadanía. Por ello, a partir de ahora permitirá modular la exigencia de perfiles para determinados casos en los que la necesidad de conocimiento no sea excesiva. Crea así los llamados “perfiles intermedios”, que podrán ser tanto para una cualificación oral como escrita, y adaptada a las funciones a ejercer en cada puesto y su relación con la ciudadanía. En los casos de atención al público se requerirá contar con un nivel de conocimiento de al menos un B2 en euskera.

También se rebaja los procedimientos para acreditar conocimiento lingüístico. En los casos en los que se demuestre haber estudiado en euskera o en los casos en los que se exija una acreditación en euskera con fecha preceptiva, si se ha superado el proceso de oposición en euskera no será necesario acreditar un perfil.

Se establecen los llamados “espacios vitales del euskera” o “Arnasagunes”, que serán aquellas zonas geográficas en las que el porcentaje de personas con conocimientos de euskera sea superior al 80% y en los que la presencia y oferta de servicios públicos en euskera deberá ser superior.

Sin discriminación lingüística

Todas estas medidas se plantean como medio para lograr que el euskera se convierta en la Administración pública en una “lengua de servicios y de trabajo de uso normal y general”. Un objetivo que, sin embargo, se insiste en que en ningún caso podrá suponer una limitación del derecho de la ciudadanía a ser atendido en cualquiera de las dos lenguas oficiales del País Vasco. A pesar de que se defiende que se debe abogar un “avance continuo” de la presencia del euskera en la Administración, se reitera en el decreto que no cabe discriminación de la ciudadanía por razón de la lengua oficial que deseen emplear en su relación con la Administración.

El decreto da un paso más en la normalización lingüística al unificar los procesos idiomáticos de uso en el conjunto de las entidades públicas. Así, organismos y Entes que hasta ahora tenían procesos paralelos se deberán regir por este mismo decreto, como es el caso de la Ertzaintza, el Servicio Vasco de Salud o la Justicia: “El decreto pretende adaptar la normalización lingüística a los nuevos tiempos y asegurar la coordinación de todo el sector público”.