El Tribunal Supremo ha anulado una convocatoria de oposición a la Policía Nacional porque la Dirección General incumplió la cautelar que estableció el propio tribunal en septiembre de 2021, cuando suspendió que se excluya a los aspirantes a ingresar en la Policía por tener lentes intraoculares fáquicas.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado un auto que declara nula la resolución de la Dirección General de la Policía, de 15 de noviembre de 2022, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía.
La decisión de la Sala responde a un escrito presentado por 34 aspirantes a Policía que recurrieron el Real Decreto 326/2021 por el que se aprobó el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional. Todos ellos tienen este tipo de lentes, que se colocan a través de dos pequeñas incisiones entre el iris y el cristalino para corregir generalmente la miopía.
La Sala considera que la omisión en la convocatoria de la indicación de que dichas exclusiones están suspendidas cautelarmente y que no pueden ser legítimamente aplicadas "conduce a que la resolución de convocatoria de la oposición incluya requisitos que no pueden, en este momento, ser exigidos; y en todo caso, provoca confusión y manifiesta falta de transparencia sobre las condiciones que deben reunir quienes aspiren a participar en dicha oposición".
En su auto, el tribunal rechaza la alegación de la Abogacía del Estado que decía que la Dirección General de la Policía había decidido subsanar la resolución impugnada y publicarla en el BOE.
Al respecto, responde que esa justificación "no resulta convincente, puesto que no especifica en qué consiste exactamente la rectificación que dice haber adoptado la Dirección General de la Policía, ni cuáles serían sus efectos".
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