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La petición de la Fiscalía al Supremo rebajaría cuatro años la inhabilitación de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart

Los fiscales del 'procés' piden revisar la condena de los líderes de las entidades independentistas ANC y Òmnium Cultural y castigarles con cinco años en lugar de nueve por el nuevo delito de desórdenes públicos que sustituye al de sedición

Jordi Cuixart y Jordi Sánchez.

Los líderes de las entidades independentistas ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, serían los más beneficiados por la modificación del Código Penal emprendida por el Gobierno en caso de que el Tribunal Supremo acepte la petición de la Fiscalía para revisar la sentencia del procés respecto a las condenas que se les impusieron en ésta.

La Sala Segunda del alto tribunal condenó a ambos activistas soberanistas a nueve años de prisión y los mismos de inhabilitación por el delito de sedición. Después, el Gobierno les indultó -igual que al resto de condenados- la pena de prisión. Puesto que la sedición ha desaparecido del Código Penal y ha sido sustituida por otro delito de desórdenes públicos agravados en la reforma impulsada por PSOE y Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), los fiscales del procés consideran que su conducta también encaja en dicho delito.

Puesto que la nueva pena de inhabilitación para empleo o cargo público de dicho delito va de tres a cinco años, en el escrito de revisión de sentencia que presentaron este miércoles al alto tribunal piden "aplicar retroactivamente el citado precepto y sustituir las penas de 9 años de inhabilitación absoluta por la inhabilitación especial para empleo o cargo público por cinco años".

En su caso, puesto que no eran cargos públicos en el momento de los hechos, los fiscales Javier Zaragoza, Fidel Cadena, Jaime Moreno y Consuelo Madrigal, no piden condenarles también por el delito de desobediencia que sí piden aplicar a la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell y los exconsejeros que también fueron condenados únicamente por sedición. De ahí que la petición de condena para ellos asciende a 9 años y dos meses de inhabilitación en el caso de Forcadell y ocho años dos meses para Forn y Rull.

Destacan su "histórica trayectoria de movilización"

En su escrito de revisión de sentencia, los representantes del Ministerio Público insisten, igual que hicieron durante el juicio del procés, que "su contribución resultaba decisiva para los fines ideados. Ambas asociaciones cuentan con una amplia e histórica trayectoria de movilización popular. Los señores Sànchez y Cuixart ejercían una indiscutida capacidad de liderazgo. La ausencia de violencia en convocatorias multitudinarias añadía una seña de identidad que reforzaba, si cabe, su capacidad de convocatoria. De ahí que la vanguardia para la movilización ciudadana dirigida a la celebración del referéndum fuera asumida por ambos acusados".

"Su autonomía orgánica y funcional y su funcionamiento asambleario no han sido obstáculo, en los últimos años, para mantener un estrecho contacto con los dirigentes políticos nacionalistas. Ello ha permitido su activa participación en el diseño de las distintas hojas de ruta que han venido dibujando el supuesto camino hacia la independencia", argumentan los fiscales, recordando el papel de ambos en la promoción de la concentración frente a la sede de la consejería de Vicepresidencia, Economía y Hacienda de la Generalitat, frente a la que se congregaron 40.000 personas mientras una comitiva judicial registraba las dependencias del Govern.

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