El comisario José Manuel Villarejo ha sido condenado a 19 años de cárcel. Es la primera de las condenas impuestas por la Audiencia Nacional que ha abierto más de una cuarentena de ramificaciones en la macrocausa llamada 'Tándem'. La Sala de lo Penal considera que el policía es autor de delitos de revelación de secretos y falsedad, sin embargo, el tribunal se ha dividido por el delito de cohecho del que ha quedado absuelto. Un delito que era clave para sostener otras de las líneas de investigación. La Fiscalía Anticorrupción pedía más de 80 años de cárcel.

Las piezas 2 ('Iron'), 3 ('Land') y 6 ('Pintor') quedaron vistas para sentencia el pasado mes de septiembre y desde entonces todas las miradas estaban puestas en esta sentencia que era decisiva para conocer si se avalaba, por ejemplo, la entrada y registro en casa del comisario o si el tribunal consideraba que existía delito de cohecho. Muchas de las otras causas que penden de la principal pendían de un hilo a expensas de lo que decidiera la Sala de lo Penal.

Villarejo salió de prisión provisional en marzo de 2021 y, según el nuevo fallo, deberá volver a ingresar ahora para cumplir la primera de sus condenas.

Los magistrados de la sección cuarta de la Sala de lo Penal han analizado en estas tres primeras piezas los encargos del comisario para determinadas empresas y particulares. En total han sido juzgadas 27 personas, entre ellos su socio Rafael Redondo, que ha sido condenado a 13 años de cárcel por los mismos delitos que el comisario. Otras nueve personas tienen penas de entre tres meses y dos años de prisión, mientras que 16 han sido absueltas como, por ejemplo, la mujer de Villarejo Gema Alcalá y su hijo José Manuel Villarejo Gil, así como los policías Constancio Riaño y Antonio Bonilla. El caso del comisario Enrique García Castaño, conocido como 'El Gordo' ha quedado excluido del juicio por enfermedad.

La sentencia, de 351 páginas, considera que no se puede condenar por cohecho, puesto que no se dan los requisitos sobre que trabajos que hizo Villarejo "no los realizó en el ejercicio de su cargo ni guardaban relación con sus actividades públicas". Una acusación que se repite en otras muchas piezas del sumario. La magistrada Carmen Paola González ha emitido voto particular discrepante de la sentencia por entender que Villarejo sí es autor de dos delitos de cohecho pasivo.

Este fallo marca un punto de inflexión para la macrocausa a la que todavía le quedan piezas importantes por juzgar como el 'caso Kitchen' o la trama sobre el BBVA e Iberdrola.

Pieza a pieza

En el caso de 'Land' que se ha centrado en la contratación de Cenyt -el entramado empresarial del comisario- por parte de la empresaria Susana García Cereceda para investigar a sus familiares en el contexto de una pugna por la herencia de los dueños de 'La Finca' (una lujosa urbanización en Madrid).

La Sala condena a Villarejo a doce años -la mayor de las penas- por tres delitos de revelación de secretos particulares después de que obtuviera datos de posicionamiento y tráfico de llamadas de Silvia Gómez-Cuétara viuda del padre de García Cereceda y de sus dos trabajadores.

El caso de 'Iron' tiene que ver con la contratación de Villarejo por un bufete de abogados llamado Herrero&Asociados para obtener información de un despacho de la competencia. Los cuatro directivos de este despacho han sido condenados a entre seis y dos años de cárcel. La Sala condena a Villarejo a siete años en total por la obtención de documentos y datos tributarios del despacho espiado, Balder.

La pieza 'Pintor' hacía referencia al mandato de los hermanos Fernando y Juan Muñoz (marido de Ana Rosa Quintana) a Villarejo para recabar información de sus antiguos socios y el exjuez Francisco Javier Urquía. A pesar de que la pieza giró en torno al delito de extorsión en grado de conspiración, la Sala explica que ni una de las acusaciones "pronunciaron frase alguna en orden a acreditar la existencia de hechos concretos constitutivos de delito y la participación del mismo". La carencia de pruebas, que según la Sala es "absoluta", ha llevado a la absolución en esta pieza al hijo del comisario y al propio Villarejo. Los dos únicos condenados a la pena de tres meses de prisión son los hermanos Muñoz que habían hecho un pacto con la Fiscalía reconociendo los hechos. Ambos consignaron la cantidad de 10.000 euros para hacer frente a las responsabilidades civiles que pudieran derivarse en sentencia.

Cohecho no, pero sí delitos fiscales (de los que no se acusó)

“La actividad desarrollada por el acusado Villarejo Pérez, en ningún caso tenía como finalidad menoscabar la legitimidad y los criterios de actuación de la Administración Pública, sino obtener unos mayores beneficios particulares ofertando una serie de servicio de difícil consecución, cuanto menos por las vías legales. No consta pago alguno por parte de los clientes funcionarios públicos, por la obtención de datos, es más, no existía relación o conexión alguna entre aquellos y estos, siendo el único eslabón el acusado Villarejo Pérez”, sentencia la Sala.

Los magistrados argumentan que tanto en la contratación del despacho de abogados como de los particulares a Villarejo lo hicieron por ser el responsable del Cenyt y no por ser policía. “Se requirió sus servicios como propietario real de un gran entramado empresarial multidisciplinar llamado Cenyt, que se publicitaba en las redes sociales como unidad de inteligencia dedicada a la investigación económica y financiera, añadiendo que mantenía estrechas relaciones institucionales y operativas con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y con la Administración de Justicia, lo que le permitía conseguir grandes dosis de eficacia”.

La Sala de lo Penal lamenta que no se haya acusado (por parte de la Fiscalía Anticorrupción, por ejemplo) de otros delitos fiscales de los que sí podría haberse logrado una condena. Sin acusación los jueces no pueden condenar.

“El engaño en grado superlativo perpetrado frente a sus incautos clientes, -a pesar de la cualificación profesional que se les puede presuponer- y el desplazamiento patrimonial a consecuencia de semejante falacia situaría la actuación de Villarejo dentro de la órbita de delitos de carácter defraudatorio de los que no ha sido acusado”, concluye.