El Tribunal Supremo confirma que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, debe sentarse en el banquillo por un presunto delito de revelación de secretos relacionado con la filtración de los correos de la investigación en la Fiscalía contra el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, sin embargo, la Sala de Apelación ha decidido archivar la imputación para la fiscal jefa de Madrid, Pilar Rodríguez. El alto tribunal ha confirmado el archivo por unanimidad, pero se ha devidido en lo relativo a García Ortiz con dos magistrados a favor de que vaya a juicio (Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres) y un magistrado en contra, Andrés Palomo, que ha suscrito un voto particular.
Fue el pasado 9 de junio cuando el instructor, que llevaba desde el mes de octubre de 2024 investigando a García Ortiz, decidió concluir la causa y señalar que el principal sospechoso de la publicación en los medios de comunicación de los email que forman parte de las pesquisas contra Alberto González Amador (pareja de Ayuso) en los que éste llegó a admitir, a través de su abogado, un fraude a la Hacienda Pública.
Los dos magistrados firmantes reconocen que "existieron filtraciones anteriores", pero consideran que en ningún caso los medios accedieron al correo importante del 2 de febrero (el del reconocimiento del delito). "No se cuestiona que la Fiscalía General pretendiera legítimamente salir al paso de informaciones que consideraba inveraces, pero entendemos también irrelevante la cuestión porque para realizar la réplica informativa no era preciso revelar información reservada", dictan.
La Sala de lo Penal ha archivado el asunto para la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, quien, la noche del 13 de marzo de 2024, envió al fiscal general este material que, posteriormente, terminó publicado para desmentir la información que se había aireado sobre que García Ortiz había frenado un supuesto pacto entre González Amador y la Fiscalía.
El magistrado Hurtado sostenía que ambos actuaron "a raíz de indicaciones recibidas de Presidencia […] con la finalidad de ganar el relato". La Fiscalía, dijo el juez, "entró en una dinámica de un frenético intercambio de comunicaciones entre distintos fiscales […] para preparar una respuesta y dejar bien claro" que desde el Ministerio Público no se había frenado ningún acuerdo. Pero la Sala de Apelación considera que no hay indicios suficientes contra ella.
El fiscal general del Estado recurrió señalando que no tuvo en cuenta que hasta 12 fiscales y 4 funcionarios, además de la Abogacía del Estado, tuvieron acceso al famoso correo en el que González Amador expresaba que "ciertamente" se habían cometido dos delitos contra la Hacienda.
La Sala de Apelación dice que el auto del juez Hurtado contra él está argumentado, que no se han vulnerado sus derechos y que el fiscal general no puede quejarse ahora de no tener acceso a determiando material para defenderse si él mismo hizo desaparecer sus mensajes tras el borrado de su teléfono. "La desaparición intencionada de pruebas es un potente contra indicio que se utiliza habitualmente por los tribunales", reflejan los magistrados.
El archivo de Rodríguez
La Sala de Apelación, en este caso sí por unanimidad, deja a Rodríguez al margen del procedimiento porque entiende que la dación de cuentas, es decir, el hecho de que ella tenga que informar sobre lo que su jefe le pide, es "habitual" en la actividad de su cargo. "Es un acto neutral y no evidencia por sí mismo riesgo alguno para el bien jurídico protegido por el delito investigado", revela la Sala.
En este caso, esa dación de cuenta "estaba justificada" porque el asunto del que se recabó información "tenía un indudable interés informativo" y Pilar Rodríguez no intervino no en la redacción de la nota informativa que luego se emitió con el membrete de su Fiscalía Provincial. "El hecho de que interviniera en una simple verificación de los datos expresados no permite afirmar que interviniera de forma efectiva", redactan.
En una conversación posterior con la fiscal jefa de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, esta le recriminó para qué había pasado la documentación al cabeza de la Fiscalía si lo iba a "filtrar". Pero para el Supremo esta conversación por sí sola evidencia un temor pero no una evidencia de que Rodríguez supiera que al enviarlo se iba a producir una fuga de información.
Presidencia del Gobierno, fuera
Los magistrados, eso sí, han recortado el alcance del auto del instructor Hurtado que llegaba a afirmar que García Ortiz actuó movido por indicaciones del gabinete del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El asunto se enredó cuando el que fuera portavoz del PSOE en la Asamblea de Madrid Juan Lobato acudió a declarar al Tribunal Supremo porque había protocolizado unos mensajes en los que se le ordenaba que sacara esa información contra Ayuso.
La sospecha era que él había tenido acceso a dicho correo antes de que llegara a la prensa porque la que fuera jefa de gabinete del jefe de gabinete de Sánchez se lo había pasado a primera hora de la mañana del 14 de marzo. Él sospechó y le preguntó que de dónde venía porque podía parecer que a él se lo hubiera pasado la Fiscalía y minutos después un medio lo publicó por primera vez.
A pesar de que tanto Lobato como la mencionada jefa de gabinete, Pilar Sánchez Acera, acudieron a declarar como testigos, nunca se cursó imputación contra ningún miembro del Gobierno porque ni la petición realizada a Whatsapp ni a Google para recuperar los datos del móvil del fiscal general llegó a buen puerto.
La Sala de Apelación dice ahora que la afirmación de que las órdenes vinieron de Presidencia no es correcta. "Ciertamente esa afirmación fáctica no ha sido acreditada con suficiencia, por lo que su inclusión en el relato fáctico era prescindible", indican los togados.
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17 Comentarios
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hace 3 minutos
Hasta el más tonto sabe que lo filtro el inútil de risitos al servicio de Don Teflón. Otra cosa es como lo que haga por detrás la maquinaria dictatorial de la moncloa.
hace 2 horas
No hay ningún problema con las Instrucciones.
El único problema que hay en la Justicia es que el sanchismo quiere jueces obedientes, y ni deducciones ni leches, las instrucciones están supervisadas siempre por los tribunales superiores en rango, y por el CGPJ.
Si tienes alguna queja, en la web del CGPJ hay una pestaña para reclamaciones, ponte al lío y déjate de tanta chorrada, cansino.
hace 2 horas
@amo del cortijo
Pues ese es el problema, que las instrucciones se hacen mal, que enjuiciar a alguien por una instruccion mal hecha es un perjuicio muy grave para el encausado y que esto sea considerado como normal.
Leete a ti mismo
«en ninguna parte de las leyes procesales ni de la jurisprudencia consta ni se establece que una Instrucción revisada ses una Instrucción penosa»
Si no entiendes que hay algo muy grave ahí es que tienes un problema.
De lo que tu escribes se deduce que un juez instructor puede llevar a juicio a alguien sin justificacion.
No y no. No es normal
hace 3 horas
La función de este delincuente, y por ello no dimite, es clara, es la tapadera de toda la mierda corrupta de Pedro y su entorno.
Y esta ahí, no para perseguir delitos, sino taparlos,…
hace 4 horas
Tiempo al tiempo. Esto va a quedar en nada, sea o no culpable realmente.
hace 4 horas
EL MINISTRO NÚMERO 23 DE PEDRONE FALCONE ES RICITOS TONTOLABA ORTIZ:
El SINVERGÜENZA AUTÓCRATA NARCISISTA de Pedro Cara Cadáver consigue la imagen histórica más vejatoria que pueda tener un Gobierno Europeo Democrático, como se considerada a Nuestra Querida Piel de Toro : Ver a OTRO SINVERGÜENZA CON RIZOS AL FRENTE DE LA FGE sentado en el Banquillo de los Acusados del Tribunal Supremo por revelación de secretos de un ciudadano particular y por filtrador de un correo confidencial del mismo. Una persona civil a la que supuestamente Nuestro Estado de Derecho debería de proteger y no el haber actuado como UN SONRISITAS MUÑECO DE GUIÑOL DEL SANCHISMO Y LAMECULISTA OFICIAL DEL REINO DE ESPAÑA.
hace 5 horas
Si no dimite García Ortiz es porque no es un profesional dedicado a la Justicia, defensor del pueblo para más inri, sino un político más que se aprovecha de su puesto para beneficiar a una ideología.
Ideología que le llevó a filtrar un dato secreto con la sola intención de beneficiar a su jefe.
Preocupante que todo un magistrado del Supremo no lo vea igual que sus otros dos compañeros del Tribunal.
!! Qué fácil encuentran pruebas incliminatorias los Tribunales de Justicia, cuando juzgan a un desaforado, y cuánto les cuesta encontrarlas cuando es un aforado !!.
hace 6 horas
¿Qué ingeniero de caminos ni qué imaginaciones?, ¿alguien sabe de qué habla Ensaes?
En España los procesos penales se componen de Instrucción y Fase de Juicio, en la Instrucción se agrupan los indicios y se formula una acusación formal o procesamiento por el Instructor, mientras que el Tribunal que enjuicia elimina, acepta, u ordena al Instructor que busque más indicios, y en ninguna parte de las leyes procesales ni de la jurisprudencia consta ni se establece que una Instrucción revisada ses una Instrucción penosa.
Al contrario, la costumbre del CGPJ es defender a los Instructores sobre todo de críticas de los políticos.
Y cuándo toda la instrucción está revisada y cerrada, el Tribunal juzgador abre la fase de enjuiciamiento, NO LO QUE DICES TÚ de que el enjuiciamiento deja que desear, PORQUE EL ENJUICIANDO NO HA EMPEZADO TODAVÍA.
Respecto a los votos particulares, es demostración de que el sistema judicial español es muy garantista, no todas las chorradas que vais berreando los sanchistas.
hace 7 horas
Otra demostración del fanatismo que domina la justicia sobre todo en sus instancias superiores.
Sin causa pero adelante y en unos meses a por otro intento de golpe judicial contra el gobierno.
hace 7 horas
@amo del cortijo
Podrás estar o no de acuerdo, pero si hay un miembro de la sala que vota en contra de rechazar el recurso del FGE es que el enjuiciamiento del FGE deja que desear, y no por que lo diga yo.
Además, si por unanimidad se rechaza el enjuiciamiento de la fiscal es que las conclusiones de la instrucción que ha hecho el juez Hurtado son inaceptables.
¿Te imaginas que un ingeniero de caminos proyecta un puente y cuando se va a construir resulta que no ae puede? ¿Verdad que eso tendría graves repercusiones para el ingeniero proyectista?
Pues eso es lo que ha hecho el juez Hurtado, una instruccion infumable, una proposicion de enjuiciamiento sin indicios.
Desgraciadamente, la falta de profesionalidad no tendrá consecuencias para el juez instructor.
Para la fiscal si las ha tenido.
No, no se puede despachar esto como simple «procedimiento procesal»
hace 7 horas
El Fiscal MIL RIZOS debe ser juzgado, sentenciado, condenado y encarcelado; ya habrá tiempo de decirle a PUMPIDO que le eche un cabo (Better cal Saul)
hace 8 horas
Si la ha hecho.
Que la pague.
A Pedro, el de la luz, le da igual, el anlo suyo: poder y pasta.
hace 9 horas
El CÉSAR SINVERGÜENZA MONCLOVITA consigue la imagen histórica más humillante, denigrante y vejatoria para un Gobierno Europeo que se precie de Democrático : Ver a OTRO SINVERGÜENZA CON RIZOS AL FRENTE DE LA FGE sentado en el Banquillo de los Acusados por revelación de secretos de un ciudadano particular filtrando un correo confidencial y al que supuestamente debería haber protegido como PRINCIPAL FISCAL DEL ESTADO.
hace 9 horas
El que tiene que responder es el FGE, y sí hay indicios de sobra en contra suya.
Como tú comprenderás, Ensaes, las leyes procesales no se basan en las idioteces que se le ocurran a uno en un foro de comentarios.
#NOSGUSTSLSFRUTA #PALANTE
hace 9 horas
Uno de los tres miembros de la sal ha vontado en contra de permitir llevar a juicio al FGE.
Los otros dos y Hurtado tendran que responder
hace 9 horas
Ni hay indicios contra la una ni contra el otro.
Este caso es una auténtica verguenza, que solo es entendible a luz de la lucha política.
Las actuaciones del juez Hurtado y de la sala de apelacion son injustificables.
Espero que pagaran por ello
hace 10 horas
ya queda menos para su estancia en el resort de vacaciones Alcalá meco-d`or