El Gobierno ha presentado un requerimiento al Ayuntamiento de Jumilla (Murcia) para que anule el acuerdo sobre el uso de las instalaciones municipales deportivas, que impide su utilización para actos de la comunidad musulmana de la localidad, porque entiende que atenta contra la libertad religiosa.
Según han explicado fuentes del Ejecutivo, el requerimiento, presentado por la delegada del Gobierno y coordinado con los ministerios de Justicia y Política Territorial, sostiene que la normativa permite la utilización del polideportivo para actividades socioculturales, por lo que entiende que "las razones objetivas esgrimidas no se sustentan".
Para el Ejecutivo, "se restringe de forma arbitraria" una celebración que se venía realizando desde hace años, vulnerando los principios constitucionales de libertad religiosa, igualdad y neutralidad confesional de la Administración.
Además, considera que el acuerdo adoptado supone también una vulneración del uso común general correspondiente por igual a todos los ciudadanos indistintamente, y que se ha incurrido en desviación de poder por utilizar competencia municipal para fines ideológicos ajenos al interés general.
"No hay duda que el acuerdo cuya anulación se requiere incurre en desviación de poder, empleando la potestad municipal para impedir las celebraciones religiosas musulmanas de forma impropia, desviada, aunque aparentemente parece regular el uso de las instalaciones deportivas municipales, sin embargo, bajo dicha apariencia formal se encubre con toda claridad una vulneración del Derecho fundamental a la libertad religiosa", recoge el requerimiento.
Bolaños: "frenaremos la deriva extremista de PPVox"
En un mensaje en X, el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha defendido la medida tomada por el Gobierno: "Frente a la deriva extremista de PPVox, defendemos la Constitución, los derechos y la libertad religiosa. Frenaremos sus medidas ultras, como hicimos ante trabas al aborto en Castilla y León o la censura en Murcia", ha dicho Bolaños.
Frente a la deriva extremista de PPVox, defendemos la Constitución, los derechos y la libertad religiosa.
— Félix Bolaños (@felixbolanosg) August 11, 2025
Frenaremos sus medidas ultras, como hicimos ante trabas al aborto en CyL o la censura en Murcia.https://t.co/CTelZESDPX
Entiende el Gobierno que la corporación municipal no desea limitar el uso de las instalaciones deportivas municipales a actividades de ámbito deportivo, sino excluir la celebración de las festividades religiosas que hasta ahora allí se celebraban "y que resultaban ser las musulmanas que periódicamente se venían realizando en dichos espacios".
El Gobierno argumenta que la exclusión de actos religiosos ajenos al Ayuntamiento "sin acreditar perturbación del orden público ni conflicto de usos" constituye una restricción injustificada del ejercicio colectivo del culto y expone que la restricción de derechos fundamentales debe estar debidamente motivada, basada en criterios objetivos y sometida a control de proporcionalidad, tal y como establece el Tribunal Constitucional.
"La motivación real del acuerdo del Ayuntamiento de Jumilla no responde a criterios técnicos ni organizativos, se aparta de los criterios legales de gestión de los usos de los bienes públicos y, además, no responde sino a una finalidad ideológica de exclusión religiosa, expresamente reconocida por sus promotores", señala el escrito firmado por la delegada de Gobierno en la Región de Murcia, María Dolores Guevara.
La motivación del acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Jumilla de 28 de julio de 2025 se observa una vulneración del principio de neutralidad religiosa de la Administración y la Administración debe garantizar el uso equitativo de espacios públicos, sin favorecer ni obstaculizar el ejercicio de derechos en función de la confesión religiosa implicada.
Por todo ello, requiere a la corporación local que revoque el acuerdo, que contemplaba la modificación del reglamento de uso y funcionamiento de instalaciones deportivas municipales y que excluye actos religiosos ajenos a la corporación, por ser contrario al ordenamiento jurídico.
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4 Comentarios
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hace 1 hora
No domino las normas administrativas, así que desconozco el camino que debe utilizar la administración central para entablar un contencioso con la local.
Ya le puedo decir que NO se trata de «impugnación», sino, como dice el escrito no mencionado, «requerimiento».
No está en discusión la diferencia conceptual entre Impugnación y Requerimiento, acto administrativo cuyo futuro legal puede ser ninguno, ya que, como es de pura lógica en lo que queda de nuestro estado de derecho no existe posibilidad de que una administración imponga su voluntad a la otra ni tampoco obligarla a acudir a un arbitraje forzoso.
Dicho lo cual, me alegrará que exista un resquicio para que la decisión del Ayuntamiento tenga una posibilidad judicial que cerraría definitivamente el bulo de la discriminación u odio.
Espero que se me entienda.
hace 1 hora
El Gobierno piensa que va a sacar rédito votacional y va con todo.
Lo de las celebraciones religiosas le traen al pairo, sean musulmanas, budistas, cristianas…
Lo suyo es: divide y vencerás.
hace 2 horas
Pues menos mal que el estado intenta poner un poco de cordura ante tanto extremista radical
hace 2 horas
El día de los rezos por la mañana se suelta una manda de cerdos para que acondicionen el local