Cuatro jueces de la Audiencia Provincial de Badajoz han blindado la instrucción de la magistrada Beatriz Biedma contra el hermano del presidente del Gobierno, David Sánchez, procesado por delitos de prevaricación y tráfico de influencias. La Sección número 1 del tribunal extremeño desmonta así la tesis defendida tanto por el PSOE como su defensa, que sostenía que se trataba de una investigación sin fundamentos y dirigida a dedo contra el hermano pequeño de Pedro Sánchez.
En un auto de 64 páginas, los magistrados José Antonio Patrocinio, Emilio Francisco Serrano, María Dolores Fernández y José Antonio Bobadilla —que ha sido el ponente— avalan la investigación realizada por la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz y rechazan el recurso presentado por la defensa. Ésta alegaba que el procedimiento se basaba en una causa general "sin verdaderos indicios de delito, sino meras conjeturas", un argumento que los jueces descartan de forma tajante.
Por ejemplo, la Audiencia esgrime que no podía pretenderse que en el auto en el que Biedma transformó la instrucción en un procedimiento abreviado contuviera "un auténtico relato de hechos probados como si se tratase de una sentencia", y destacan que en él, la jueza, además de incluir una relación de hechos punibles extensa, especificó los indicios existentes y las diligencias a partir de las cuales fueron obtenidos. "Todo ello de manera más que detallada, existiendo una extensa e intensa motivación que impide toda indefensión de las partes."
También destacan que, durante la fase de instrucción, bastará con la existencia de "indicios racionales" de la comisión de los hechos delictivos y de la participación en ellos de la persona imputada para seguir con el procedimiento, y explican que la valoración material del juez instructor no puede hacerse de la misma forma que corresponden a los de la sentencia.
Por otro lado, esgrimen que la duda que en un juicio oral puede llevar a la absolución no justifica en fase de instrucción el archivo del procedimiento. Para acordar el sobreseimiento es necesario que esté acreditado de forma clara que los hechos no existieron, o que no constituyen delito.
"La decisión de sobreseimiento y archivo de la causa en esta fase en la que nos encontramos, solo podrá tener lugar cuando de las diligencias de investigación practicadas resulte de modo claro, objetivo e inequívoco, sin interpretaciones subjetivas, que los hechos objeto de investigación son inexistentes o son atípicos o no aparece debidamente justificada su perpetración", razonan los magistrados.
Los magistrados también aclaran cuál es el nivel de indicios necesarios para procesar a un investigado. "El procesamiento exige que la hipótesis de la comisión del delito y la participación en él del inculpado sea al menos tan posible o fuerte como la contraria", subrayan. Se trata, añaden, de un umbral más alto que el que basta para tomar declaración como imputado y "muy por encima de la verosimilitud que justifica la incoación de unas diligencias penales".
En esa misma línea, los cuatro magistrados recuerdan que "la finalidad de las diligencias previas no es otra que preparar el juicio oral donde deberán practicarse todas las pruebas con la debida contradicción e inmediación". Y advierte de que "lo que no cabe solicitar de un auto de procedimiento abreviado es un análisis jurídico del caso a modo de anticipo de sentencia", como pretendía la defensa.
El tribunal también responde a la alegación que trataba de minimizar la capacidad de influencia de Pedro Sánchez por haber dejado la secretaría general del PSOE en octubre de 2016 y no recuperarla hasta mayo de 2017. Los magistrados recuerdan que fue en ese mes de octubre cuando se propuso la creación del puesto en la Diputación, y que siete meses después, ya con Sánchez de nuevo al frente del partido, comenzó el proceso de nombramiento de su hermano para ese cargo.
El propio Pedro Sánchez aseguró a principios de septiembre en una entrevista que había "algunos jueces" que estaban haciendo política, en referencia a aquellos que estaban investigando casos que afectan a su círculo personal, como el juez Juan Carlos Peinado, que investiga a su mujer, Begoña Gómez, o la propia Biedma.
Los dos cargos de Sánchez en la Diputación
Para la Audiencia Provincial de Badajoz, al igual que para Biedma, los hechos delictivos abarcan desde la propuesta de creación de la plaza de coordinador de actividades entre los conservatorios —que presuntamente fue otorgada a dedo a David Sánchez— hasta el cambio de denominación de ese puesto, así como la creación de la "sección de coordinación de centros y programas de actividades transfronterizas", que recayó en Luis Carrero, exasesor del Ministerio de la Presidencia y amigo personal del hermano del presidente, y que también será juzgado.
En relación con las irregularidades atribuidas a David Sánchez, el auto menciona la existencia de indicios de que se benefició de su posición y contactos para obtener un puesto público en la Diputación. Los magistrados apuntan a "una apariencia fundada" de que pudo prevalerse de esas influencias para lograr su contratación en esta administración. También será juzgado el líder del PSOE extremeño, Miguel Ángel Gallardo, que intentó aforarse en el último momento, en un movimiento que tumbó el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Ahora, la causa vuelve a manos de Biedma, que se convertirá en la primera jueza que, desde 1978, manda al banquillo a un familiar directo del presidente del Gobierno.
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