El empresario Juan Carlos Barrabés sostiene que su relación con la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, en el marco del máster que ella dirigía en la Universidad Complutense de Madrid, "consistió en impartir dos clases en cada curso y un total de dos cursos". Su defensa recalca que no hay indicios de delito "porque sencillamente el señor Barrabés no montó ningún máster, sino que se limitó a impartir alguna escasísima clase, uno más entre el numeroso claustro de profesores".
En un escrito presentado el pasado 10 de octubre ante el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, que dirige el juez Juan Carlos Peinado, su abogado ha solicitado el archivo de la causa al considerar que no existe "indicio alguno de delito" y que las acusaciones populares han construido un relato "genérico y carente de base fáctica". Según el documento, esa colaboración "consistió en impartir dos clases en cada curso y un total de dos ediciones", por las que Barrabés cobró 150 euros la hora, la misma remuneración que el resto de los docentes del máster.
La defensa recalca que en las actas de la Universidad ni siquiera aparece su nombre entre los integrantes de los órganos vinculados al proyecto académico. "No hubo aportación económica alguna ni participación de ningún tipo", añade el escrito. El empresario aragonés reprocha a las acusaciones populares que traten de relacionarle con Gómez "a base de repetir insistentemente una mentira", y asegura que tanto la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil como la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) —dependiente del Ministerio de Hacienda— concluyeron que los contratos adjudicados a sus empresas se ajustaron a la normativa.
También cuestiona que el juez haya incorporado a esta causa un informe de la Unidad de Apoyo de la IGAE adscrita a la Fiscalía Europea, al entender que esos expedientes —dos contratos de Red.es financiados con fondos comunitarios— están siendo investigados por otro órgano judicial y no pueden valorarse de forma paralela. Acusa a Peinado de exceder su competencia.
Barrabés también rebate la tesis del auto que transformó el procedimiento en jurado, que atribuía relevancia penal al hecho de que Gómez sea esposa del presidente del Gobierno. Según recuerda en su escrito, el primer contrato relevante adjudicado a su empresa data de 2017, cuando Pedro Sánchez no era presidente ni Gómez conocía a Barrabés, por lo que sostiene que no puede deducirse delito alguno de una mera relación profesional. "No basta con que dos personas se conozcan aunque una de ellas tenga una relación de parentesco con el presidente del Gobierno, para admitir la comisión de ilícito alguno por parte de mi representado", razona el abogado.
La Fiscalía se opone a la prórroga de la investigación
Paralelamente, la Fiscalía se ha opuesto a la decisión de Peinado de prorrogar hasta abril de 2026 la investigación contra la mujer del jefe del Ejecutivo, al entender que, al ser una causa que puede ser juzgada por un jurado popular, no está sujeta "a las limitaciones de los plazos" de instrucción.
En un recurso, el fiscal sostiene que el tribunal del jurado "tiene sus propias especialidades y secuencias probatorias de acuerdo a la ley reguladora". El Ministerio Público no ve procedente ni necesario una prórroga porque "este tipo de procedimiento no se halla sujeto a las limitaciones de los plazos máximos de instrucción y sus prórrogas". El juez acordó ampliar seis meses la causa al tener "numerosas diligencias pendientes de resolver".
La prórroga de seis meses empezará a contar a partir del 16 de octubre de 2025, por lo que podría extenderse hasta mediados de abril de 2026, cuando se cumplirían dos años de la apertura de la investigación y a pocos meses de que el magistrado cumpla los 72 años, edad en la que está obligado a jubilarse.
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