¿Es Carlos Mazón realmente un president en funciones? ¿Ha dimitido formalmente? Según el Gobierno de Pedro Sánchez, no está del todo claro. Y no lo está, esgrime, porque su cese no ha sido aún publicado ni en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ni en el Boletín Oficial del Estado.
Pero detrás de esa puntualización jurídica, que la Moncloa destacaba este martes, aunque restándole "importancia", se hallan relevantes matices políticos. Porque un presidente y un Gobierno en funciones tienen poderes mucho más recortados que un presidente y un Gobierno con plenas capacidades. El problema es que en este caso no es fácil delimitar qué puede y qué no puede hacer Mazón porque el diseño de la ley valenciana y de la ley estatal es distinto. De ahí que las lecturas de Ejecutivo central y Generalitat diverjan.
Mazón compareció este lunes en el Palau de la Generalitat para anunciar su salida del poder —sin pronunciar, eso sí, la palabra dimisión—, y lo hizo pasadas las 9 de la mañana. Unas horas más tarde, a las 15.24, registró su renuncia en Les Corts. El escrito, dirigido a la presidenta de la Cámara, Llanos Massó (Vox), es muy simple: "De acuerdo con lo establecido en el artículo 27 del Estatuto de Autonomía y en el artículo 8. d) de la ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Gobierno valenciano, renuncio al cargo de president de la Generalitat, para que quede constancia ante estas Corts". La Mesa tramitó este martes esa dimisión y ya están, por tanto, corriendo los plazos para el intento de una nueva investidura. Ahora, los grupos dispondrán de 12 días hábiles —o sea, hasta el 19 de noviembre— para presentar sus propuestas de candidatos ante el órgano rector de la Cámara.
Lo que señalan desde el Gobierno de Sánchez es que realmente no se ha perfeccionado esa dimisión, porque no se ha publicado ni en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ni en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En el Ejecutivo indicaban que lo habitual es que o Les Corts o la propia Generalitat la que remitan a Madrid el decreto de cese del president para que se publique a la vez en las dos publicaciones oficiales. El documento se hace llegar al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el que dirige Félix Bolaños, que es de quien depende el BOE. Fuentes próximas al ministro indicaban que esa comunicación no había llegado desde Valencia ni el lunes ni el martes, por lo que no se pudo rebotar nada al BOE. "Nosotros iremos al BOE en cuanto nos lo envíen", ilustran.
En el Ejecutivo entienden que los plazos ya pueden estar corriendo a efectos parlamentarios para que se ponga en marcha una nueva investidura, ya que la dimisión sí está registrada ante Les Corts, pero añaden que, como Mazón no ha comunicado formalmente su salida y esta no ha sido publicada, goza de plenas funciones. Es decir, que técnicamente no se podría hablar de president en funciones, "aunque es obvio que políticamente sí ha dimitido".
El último caso que camina en paralelo al actual se escribió en 2011. Entonces, el president Francisco Camps fue forzado por su partido a dimitir por su imputación en el caso de los trajes. El 21 de julio de aquel año anunció su renuncia, el 26 Les Corts eligieron a su sucesor, Alberto Fabra —el PP pudo agilizar al máximo los trámites porque disponía de una confortable mayoría absoluta—, y el 28 de julio, el BOE y el DOGV publicaba los reales decretos, firmados por el rey Juan Carlos y por el entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, de cese de Camps y de nombramiento de Fabra. El mismo día y de manera sucesiva (reales decretos 1143/2011 y 1144/2011, de 27 de julio).
En la Moncloa, sin embargo, sostienen que "lo normal es que te cesen por el mismo procedimiento por el que te nombran", por lo que lo convencional habría sido que el decreto de cese estuviera ya publicado, máxime cuando el proceso de transición se puede alargar, dado que el PP depende de Vox. La ultraderecha decidirá si la Comunitat Valenciana tiene un nuevo president (o presidenta) o bien se dirige a las urnas, calculadas para marzo.
Las dudas sobre la situación legal en la que está Mazón se deben al diseño algo precario de la ley de Gobierno valenciano, de 1983. La remisión a la hipótesis de la dimisión del president es mínima, y se recoge en el artículo 2.7 de la norma, simplemente para establecer que en los casos de renuncia se elige por el mismo procedimiento al jefe del Consell que cuando se han celebrado elecciones: el presidente de Les Corts, previa consulta con los grupos parlamentarios, propone un candidato a la investidura, que expondrá su programa ante la Cámara. Sale elegido en primera vuelta si cuenta con mayoría absoluta —50 escaños de un pleno de 99—, o en segunda ronda con mayoría simple, a las 48 horas. Si no se consigue ese umbral, podrán tramitarse sucesivas propuestas durante dos meses.
Pero, según dispone el artículo 2.6, si transcurrido ese plazo desde la primera votación de investidura "ningún candidato obtuviera la confianza de Les Corts", el presidente de la Cámara, "por acuerdo de la Mesa, disolverá la Cámara y el president de la Generalitat en funciones convocará nuevas elecciones". El artículo 8 de la misma ley de 1983 señala que el president puede cesar por diversas causas. Una de ellas, "por dimisión o renuncia". Y añade: "El president de la Generalitat continuará sus funciones hasta que, producida la nueva elección estatutaria del president, se publique su nombramiento por el Rey en el Boletín Oficial del Estado". El artículo 29.2 agrega que los consellers cesan en sus funciones cuando cesa a su vez el president
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