El 1 de septiembre de 2022 está marcado con fuego en el periplo vital de Mohamed, el nombre ficticio del empleado del Consulado de Marruecos en Canarias que acaba de ver reconocido su vía crucis en los tribunales. Fue entonces cuando comenzó a desatarse un calvario que le llevó hasta una baja y le convirtió en consumidor de antidepresivos y ansiolíticos. Y la causante de su rápido descenso a los infiernos es Fatiha El Kamouri, la diplomática que asumió aquel septiembre el cargo de cónsul general del Consulado General del Reino de Marruecos en Las Palmas (Islas Canarias).

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“Desde un principio ha tenido un comportamiento hostil, prepotente y humillante”, señala como probado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social 9 de Las Palmas de Gran Canaria a la que ha tenido acceso El Independiente. A lo largo de sus 12 páginas, el fallo -que puede ser recurrido ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias- incluye un pormenorizado relato de las vejaciones que sufrió Mohamed, un administrativo de la legación contratado en 2008 que fue degradado a chófer y chico de los recados de la cónsul antes de ser aislado en un despacho sin contacto con otros empleados y despojado de cualquier de cualquier labor efectiva.

'Chico de los recados' de una cónsul morosa

Hasta la irrupción de Fatiha, ejercía trabajos en la recepción del consulado como “tareas de caja; mantenimiento y actualización de los archivos; la recepción de la ciudadanía marroquí; colaboración en la identificación de menores no acompañados de esta nacionalidad y enlace con los centros de acogida”. En septiembre de 2022, “de manera unilateral, sin notificación expresa y sin causa” que lo justificara, la cónsul designó al que hasta entonces ejercía de chófer como el portero del edificio y a Mohamed en su conductor con plena disponibilidad. Además, le impidió que se relacionase con sus compañeros del Consulado, obligándole a permanecer en el coche hasta que ella lo requería.

“Le llama a deshoras para que le traiga comida, ya sea del supermercado o de algún restaurante, para que le lleve leche, agua, pan etc.. para que lleve y recoja a las hijas de sus actividades tanto escolares como lúdicas y en general para todo aquello que ella estime conveniente”, detalla la sentencia que condena a Fatiha por “vulneración del derecho fundamental de integridad moral”; le impone una indemnización de 20.000 euros y le exige “el cese del acoso laboral”. El tribunal también desliza el carácter moroso de la diplomática: “Los recados que requieren 'pagos' no le da el dinero, corriendo todos sus gastos por cuenta del trabajador. Cuando este le entrega los tickets y le solicita que se lo abone y le dice con desprecio que ya se lo pagará, extremo que en la mayoría de las veces no sucede”.

Los recados que requieren 'pagos' no le da el dinero, corriendo todos sus gastos por cuenta del trabajador

“Existe un trato denigrante, consistente en gritos constantes, en amenazas de despido ante las justificadas quejas del trabajador, generando un clima de miedo y angustia con el claro e indiscutible propósito de amedrentarlo a través de ejercer un abuso de poder”, advierte la sentencia. “La conclusión de lo anterior y tras numerosas asistencias a los servicios de urgencias por subidas de tensión y crisis ansiosas y previa medicación con ansiolíticos, ha concluido en una baja médica con tratamiento de antidepresivos y ansiolíticos”, añade.

Fatiha con el presidente de Canarias Fernando Clavijo

Obligarle a conducir medicado

Fatiha ni siquiera dejó de hostigarle con la baja y el deterioro de salud del demandante. “El desprecio era tal que, pese a decirle que se encontraba medicado y que no podía conducir, le decía que le dijera a su médico que le hiciese 'un papel en el que dijese que podía conducir o que cuanto menos le cambiase la medicación, sin respeto alguno a la salud del trabajador ni a las condiciones mínimas de un trabajo en condiciones dignas”.

Una actitud más propia de un sistema de esclavitud que no fue aislado y que Fatiha, que previamente ejerció funciones de cónsul en el País Vasco, ha aplicado con otros miembros de la plantilla. Según la sentencia, actualmente 4 de los 6 agentes locales “se encuentran de baja médica con idéntico diagnóstico, que no es otro que cuadros ansiosos por la conflictividad laboral”. “Tal extremo ha sido puesto en conocimiento de la Inspección de Trabajo, del ministro de Asuntos Exteriores Marroquí y del defensor del Pueblo, entre otros”, refiere el texto consultado por este diario.

La condena a la cónsul está precedida de otros procesos que han sido ignorados por la demandada y de promesas incumplidas. “Ante la denuncia a la Inspección de Trabajo la cónsul, sugirió al actor [demandante] que firmase un registro horario ficticio con la promesa de abonar una gratificación económica que ya había sido aprobada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Marruecos, el 20 de febrero de 2023, pero que la cónsul no había abonado a los trabajadores sin justificación alguna. Pese a estar aprobada la gratificación económica a favor del actor, la realidad es que a día de la fecha sigue sin abonarse dicha gratificación viéndose el actor abocado a reclamar judicialmente y estando pendiente de celebración de juicio”, desliza. Además, “la modificación de las condiciones de trabajo llevada a cabo por la cónsul pasando al trabajador de su trabajo en la recepción realizando tareas administrativas a ser su chofer personal” ha sido objeto también de una demanda.

Fatiha con el hoy ministro Ángel Víctor Torre, ex presidente de Canarias.

Con el alta y una sentencia, vuelta al infierno

De hecho, el pasado febrero, tras el alta médica, Mohamed se reincorpora a su trabajo y -lejos de cumplir el fallo y ubicarlo en su puesto de administrativo- “se le ubica en la quinta planta del consulado despojado de toda función, continuando así el acoso psicológico que la cónsul ha venido ejerciendo sobre el actor y que culminó con la baja médica de larga duración de la que acaba de ser dado de alta”. A partir de esa fecha el acoso laboral se “agravó de manera significativa” , con nuevas “expresiones específicas” que incluyen “exceso de control (aislamiento físico y vigilancia), bloqueo de la comunicación con la cónsul y el resto de compañeros y compañeras y una severa infracarga de trabajo”. “Estas nuevas manifestaciones han contribuido de manera decisiva a la intensificación y cronificación del daño psíquico ya existente”, revela el auto.

“Ante tal situación el actor solicita el disfrute de las vacaciones que tenía acumuladas por la IT y actualmente se encuentra disrutándolas”, estima la sentencia. En abril Mohamed rechazó  los 55.000 euros que el consulado le ofreció como indemnización por despido y optó por la vía judicial para demostrar el daño moral que le había infligido Fatiha.

Presenta un cuadro clínico caracterizado por síntomas de reexperimentación del evento traumático (como flashbacks y pesadillas)

El tribunal canario confirma el cuadro médico del demandante, Diagnóstico de Trastorno de Estrés Postraumático Complejo (TEPT-C), y la necesidad de tratamiento farmacológico y psicoterapéutico para evitar el riesgo de cronificación. “Presenta un cuadro clínico caracterizado por síntomas de reexperimentación del evento traumático (como flashbacks y pesadillas), evitación de lugares y personas que evocan el trauma, alteraciones cognitivas y del estado de ánimo, y altos niveles de activación psicofisiológica”, enumeran los fundamentos de derecho.

La magistrada del Juzgado de lo Social considera “acreditado el acoso laboral y el trato degradante sufrido, primero al cambiarlo de empleo para que ejerciera de chofer y después colocándoloen un despacho careciendo de trabajo efectivo”. “En consecuencia, la conductas enumeradas son de una gravedad tal y que resulta razonable pensar que la causa de la baja del actor es dicho clima de hostigamiento, por lo que ha de concluirse que la vulneración de los derechos fundamentales del actor, por lo que se estima la demanda presentada”, concluye. 

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