El juez Juan Carlos Peinado ha rechazado los recursos de Vox y Manos Limpias y ha confirmado la obligación de que todas las entidades personadas como acusaciones populares en la causa contra la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, actúen bajo una única dirección letrada. El magistrado se ampara en la Audiencia Provincial de Madrid, que ya había ordenado que la unificación de estas acusaciones debía aplicarse de manera obligatoria, abarcando tanto las actuaciones presenciales como la presentación de documentos .

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Así consta en un auto fechado este martes, al que ha tenido acceso El Independiente. En línea con lo alegado por la Fiscalía, Peinado explica que con esta decisión busca principalmente simplificar el proceso y garantizar el buen orden de las actuaciones. Precisamente, en otro escrito, el titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid ha rechazado archivar la causa contra la esposa de Pedro Sánchez, el empresario Juan Carlos Barrabés y la asesora de Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez.

El juez considera improcedente que los abogados de las cinco acusaciones concurran simultáneamente a la toma de declaraciones, ya que un grupo tan numeroso puede generar interrupciones, alterar el orden o llegar a incomodar a los investigados, peritos y testigos. Si bien las partes personadas pueden presenciar estas diligencias, se les prohíbe intervenir de forma separada.

Esto significa, según indica Peinado, que las distintas partes deberán organizar internamente su actuación y resolver sus discrepancias antes de participar de forma presencial en las diligencias. El auto advierte explícitamente que se debe evitar que la acusación designada como principal adquiera un protagonismo superior que pueda frustrar las expectativas de personación del resto. Peinado incide en que el objetivo debe ser "la averiguación de la verdad y que se haga justicia".

En otro recurso, Peinado ha rechazado el recurso interpuesto por Begoña Gómez contra su decisión de abocar la causa a un jurado si finalmente llega a juicio, al tiempo que ha vuelto a negar el archivo de la investigación. El magistrado desestima las alegaciones de Gómez, cuya defensa criticaba que los argumentos del magistrado para dirigir la causa a un jurado son "falaces" o no tenían "la entidad que les da el instructor".

La defensa de Gómez, que dirige el exministro del Interior Antonio Camacho, criticaba también la "redacción confusa" del auto judicial en el que Peinado aducía sus razones, plasmó en su escrito que "la única conclusión" que podía extraerse de esa resolución es que se le está investigando "por ser cónyuge del presidente del Gobierno".

El instructor ha rechazado igualmente el archivo de la causa que pedían las defensas de los tres imputados --Gómez, su asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés-- que entendían que no hay indicios racionales de que hubieran cometido delito alguno. El pasado abril, el magistrado procesó a la mujer de Pedro Sánchez por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida, dejando fuera el supuesto de intrusismo profesional, por el que también la había investigado durante la instrucción del caso.

Asimismo, en otra providencia, el magistrado acata la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid y deja sin efecto una resolución emitida a finales de 2025 en la que acordaba reclamar un informe a la Asociación de Abogados del Estado para esclarecer si la esposa de Sánchez incurrió en un delito de intrusismo profesional al firmar pliegos de contratación de la Universidad Complutense de Madrid, puesto que el instructor dejó fuera ese delito cuando la procesó.