Begoña Gómez se sentará en el banquillo. El juez Juan Carlos Peinado ha acordado este lunes la apertura de juicio oral contra la esposa del presidente del Gobierno por un delito de tráfico de influencias y otro de malversación de caudales públicos, en relación con dos bloques de hechos: el supuesto uso para fines privados del trabajo de una empleada pública y las irregularidades que el instructor atribuye al desarrollo y posterior cesión del software de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid (UCM).
El auto, al que ha tenido acceso El Independiente, acuerda también llevar a juicio a Cristina Álvarez, la exasesora de Gómez en Moncloa, aunque únicamente como cooperadora necesaria en la malversación relacionada con el software. Peinado descarta que Álvarez Rodríguez tenga que responder por tráfico de influencias y deja fuera del procedimiento las acusaciones por corrupción en los negocios —ya sobreseída—, y por apropiación indebida y administración desleal, delitos que la Audiencia Provincial de Madrid ya había descartado antes del verano.
Peinado ya había abierto juicio oral el pasado 20 de junio contra Gómez, Álvarez Rodríguez y el empresario Juan Carlos Barrabés, pero la Audiencia madrileña estimó parcialmente los recursos de las defensas y de la Fiscalía el 13 de julio. Así, los magistrados descartaron sentar a Barrabés en el banquillo ante un jurado popular y ordenaron repetir la fase intermedia al considerar que el procedimiento había quedado más acotado tanto en los hechos como en los investigados. Además, retiraron las medidas cautelares que pesaban sobre Begoña y Cristina.
Tras aquella resolución, las partes tuvieron que volver a formular sus escritos de acusación y defensa conforme al nuevo escenario procesal. Peinado cerró definitivamente la instrucción el pasado día 8, después de una audiencia preliminar de poco más de media hora en la que todas las partes se ratificaron en sus posiciones. Desde entonces, únicamente quedaba pendiente que el instructor dictara el auto que formalizase la apertura de juicio oral. Cabe recordar que Peinado se jubila el próximo 27 de septiembre.
Las peticiones de las acusaciones
La Fiscalía no sostiene acusación contra ninguna de las dos investigadas. Por su parte, la acusación popular, integrada por Hazte Oír, Iustitia Europa, el Movimiento de Regeneración Política de España, Vox y Manos Limpias, sí mantiene su petición de condena. Así, para Begoña Gómez reclaman dos años de prisión por el tráfico de influencias, tres años por la malversación continuada relacionada con el uso de la empleada pública y ocho años de prisión, además de 20 de inhabilitación absoluta, por los hechos relativos al software. De forma subsidiaria, si se aprecia un concurso medial entre el tráfico de influencias y esta última conducta, solicitan una pena única de diez años de prisión. Para Cristina Álvarez, la acusación popular reclama seis años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta por la malversación relacionada con el software.
La Universidad Complutense, personada como perjudicada y actor civil, reclama por su parte 113.509 euros por el perjuicio patrimonial que atribuye a los hechos. La cantidad se corresponde con 108.765 euros de gastos de contratación y otros 4.743 euros por el coste del personal propio de la Universidad que trabajó en el desarrollo del software. Peinado recoge esta petición y establece que Gómez y Álvarez respondan como responsables civiles directas y solidarias.
Gómez niega haber utilizado su posición
Frente a esta acusación, la defensa de Gómez —que desde el pasado julio ejerce Jaime Campaner tras haber sustituido a Antonio Camacho—, mantiene que la relación de la esposa del presidente con la Complutense comenzó mucho antes de que Pedro Sánchez llegara a La Moncloa. En concreto, sitúa el inicio de su colaboración en el curso 2012-2013 y sostiene que la creación de la cátedra se ajustó en todo momento a la normativa de la universidad.
El escrito niega que Gómez presionara al rector o a cualquier otro responsable académico y sostiene que desarrolló sus funciones en la cátedra de manera gratuita, con unas retribuciones limitadas a 15.000 euros brutos anuales. Sobre el software, la defensa mantiene que la plataforma fue concebida como propiedad de la Complutense desde el principio y que quedó a disposición del equipo de sistemas de la universidad en mayo de 2023. Campaner pide por ello la libre absolución de Gómez y solicita que las acusaciones populares y la propia universidad sean condenadas en costas por temeridad.
Por su parte, el abogado de Cristina Álvarez, José María de Pablo, niega que la asesora tuviera cualquier vinculación laboral o académica con la Complutense. Su intervención, según sostiene, se limitó a acompañar a Gómez a una reunión en la OTRI en septiembre de 2022 y a aparecer posteriormente como destinataria de algunos correos electrónicos. El abogado atribuye la gestión de la contratación y de la posterior cesión del dominio del proyecto a Blanca de Juan, que no está acusada en la causa. La defensa solicita igualmente la absolución de Álvarez Rodríguez y, de forma subsidiaria, que se aprecie un error de prohibición.
Diez días para la Fiscalía
Con el auto dictado este lunes, la causa entra en la última fase antes del juicio. La resolución no es recurrible, conforme al artículo 32.2 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, y concede ahora a la Fiscalía un plazo de diez días para presentar sus conclusiones provisionales. Después, las partes deberán personarse ante la Audiencia Provincial de Madrid en un plazo de 15 días. Será este tribunal el que constituya el Tribunal del Jurado y determine cuándo se celebrará el juicio oral contra Gómez y Álvarez Rodríguez.
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