España

El Gobierno puede incurrir en un "fraude constitucional" al usar la Diputación como "atajo" para salvar los decretos de vivienda

Pedro Sánchez durante su intervención en el Congreso.
Pedro Sánchez durante una intervención en el Congreso, en una imagen de archivo. | Fernando Sánchez / Europa Press

El Gobierno busca una segunda oportunidad para los dos reales decretos-leyes de vivienda que el Congreso tumbó el pasado viernes. Con las Cortes ya disueltas y las elecciones generales convocadas para el próximo 29 de noviembre, el Ejecutivo prevé rescatar ambas medidas y llevarlas este martes a la Diputación Permanente para convalidarlas. Esta vía está prevista en la Constitución, pero fuentes jurídicas consultadas por El Independiente advierten de que utilizarla ahora como "subterfugio" para intentar sacar adelante unas medidas que el Pleno acaba de rechazar podría interpretarse como un "fraude constitucional".

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La Constitución establece que, una vez disueltas las Cortes, la Diputación Permanente sea el órgano encargado de asumir las facultades que corresponden al Congreso para decidir sobre la convalidación o derogación de los reales decretos-ley. El problema jurídico que señalan las fuentes consultadas aparece en que el Ejecutivo pretenda utilizar esa vía después de que el Pleno del Congreso rechazara hace tres días sacar adelante los decretos.

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Un real decreto-ley lo aprueba el Gobierno y entra en vigor tras publicarse en el BOE, pero es provisional: el Congreso tiene 30 días para convalidarlo o derogarlo, y con las Cortes disueltas esa votación corresponde a la Diputación Permanente. Es ahí donde podría aparecer el conflicto con el principio democrático. A juicio de las citadas fuentes, aunque la Diputación se trata de un órgano constitucional y su composición respeta por ley la proporción de los grupos parlamentarios, su función no debería convertirse en un "atajo" para intentar sortear una voluntad que la Cámara ya ha expresado.

Las fuentes jurídicas consultadas califican por ello la maniobra como un posible "fraude constitucional", y no como un fraude de ley. Tal y como se recoge en el Código Civil, este último se produce cuando se utiliza una norma para conseguir un resultado contrario al ordenamiento y presupone que existe otra norma que se pretende eludir. En este caso, no se identifican preceptos que prohíban volver a aprobar un decreto-ley después de que otro haya sido rechazado, sino que el Gobierno estaría utilizando un mecanismo previsto en la Constitución para intentar sortear una decisión que el Pleno del Congreso ya ha tomado.

Cambios en los nuevos textos

La Diputación Permanente está formada por 69 diputados, sumando a la presidenta del Congreso, Francina Armengol. El Ejecutivo cuenta con mayoría en este órgano: 35 diputados y 34 en contra. Las cuentas para sacar adelante ambos decretos se dividirían de la siguiente manera, tal y como ha detallado este periódico: 25 votos del PSOE —incluida la presidenta del Congreso, Francina Armengol—, seis de Sumar, uno de ERC, uno de Bildu, uno del PNV y uno del Mixto, silla que ocupa Ione Belarra, líder de Podemos. Enfrente, las derechas: 27 parlamentarios de PP, seis de Vox y uno de Junts. 

El Congreso tumbó el viernes los dos reales decretos-ley. El primero por 178 votos en contra y 172 a favor, y el segundo por 184 votos frente a 166. Tres días después, el Gobierno prepara ya dos nuevos textos que, según fuentes de la Moncloa, incorporarán cambios respecto de los que fueron rechazados para facilitar su convalidación. El Ejecutivo ya no necesitaría el voto de Junts para sacar adelante el primer decreto, pero el segundo presenta más dificultades porque el PNV votó en contra en el Pleno y tampoco está claro que vaya a respaldar el nuevo texto, aunque el Gobierno ha abierto conversaciones con los nacionalistas vascos.

La oposición puede recurrir al Constitucional

Las fuentes consultadas apuntan también a que la oposición podría plantear un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la decisión que adopte la Diputación Permanente. No se trataría de recurrir la aprobación del decreto por el Consejo de Ministros, sino de cuestionar la propia actuación parlamentaria si el órgano decide convalidar unas medidas que el Pleno acababa de rechazar.

El amparo protege derechos fundamentales, por lo que el Tribunal tendría que apreciar que la decisión vulnera alguno, y la posibilidad de acudir a él dependería del contenido concreto de la decisión de la Diputación Permanente y de cómo se articule la impugnación. Las fuentes consultadas añaden que podrían solicitarse medidas cautelares para intentar frenar sus efectos, aunque cualquier pronóstico sobre los plazos de una respuesta del tribunal sería prematuro.

Precisamente, en las filas del Partido Popular prefieren no anticiparse y esperar a la convalidación para tomar las acciones que convengan. Fuentes de la formación liderada por Alberto Núñez Feijóo detallan a este periódico que valorarán pedir amparo al tribunal de garantías una vez se aprueben ambos decretos, no antes.

El precedente de 2019

El Gobierno ya recurrió a esta vía en 2019. El Pleno derogó en enero de aquel año el decreto de alquiler que el Ejecutivo había aprobado en diciembre —el real decreto-ley 21/2018—, que apenas estuvo cuatro semanas en vigor. Más de un mes después, el 1 de marzo, con las elecciones ya adelantadas, el Consejo de Ministros aprobó otro decreto de vivienda y alquiler — el 7/2019— que se publicó en el BOE el 5 de marzo, mismo día en que se disolvieron las Cortes.

Un real decreto-ley lo aprueba el Gobierno y entra en vigor al publicarse en el BOE, pero es provisional: el Congreso tiene 30 días para convalidarlo o derogarlo, y con las Cortes disueltas esa votación corresponde a la Diputación Permanente. Según la ficha del Congreso, el decreto se calificó el 14 y se tramitó en la Diputación Permanente hasta su convalidación el 3 de abril. Salió adelante por 33 votos a favor, 31 en contra y una abstención, veinte días después de entrar en la Diputación.

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