El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado al Ayuntamiento de Molins de Rei (Barcelona), gobernado por PSC y Comuns, que mantenga la bandera española en la fachada del edificio consistorial de forma permanente, después de recibir una demanda por la entidad Impulso Ciudadano.
En su sentencia, la sala contencioso administrativa del TSJC estima el recurso que presentó Impulso Ciudadano contra una decisión previa de un juzgado de lo contencioso que descartó obligar al Ayuntamiento a colocar la bandera española.
Según la sentencia, el juzgado de primera instancia desestimó la petición planteada por Impulso Ciudadano, por "pérdida de objeto", ya que la secretaría del Ayuntamiento de Molins había acreditado que la bandera estaba colgada en el edificio.
No obstante, el tribunal sostiene que el certificado del Ayuntamiento solo acreditaba que la bandera española ondeó el 20 de septiembre de 2023 en el edificio consistorial a las 9.22 horas de la mañana, pero no su "presencia continuada" en la fachada.
De hecho, Impulso Ciudadano aportó en su recurso un fotografía tomada seis días después en la que ya no aparecía ni la bandera española ni ninguna otra en la fachada del Ayuntamiento, añade la sentencia.
Por ese motivo, el TSJC revoca el auto dictado por el juzgado de primera instancia y ordena que el Ayuntamiento coloque la bandera de España "en el mástil situado en la fachada del edificio consistorial, manteniéndola de forma permanente".
"Cuando la bandera requiera ser lavada, o esté deteriorada por cualquier causa", añade el auto, el Ayuntamiento "deberá sustituirla por otra limpia y/o nueva de forma inmediata".
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