Alirio Ramón León Viloria fue condenado a ocho años de prisión por introducir cocaína en España. Cenia, Piloña, Quípar, Ebro y Duero le hicieron creer que ellos eran de su 'banda' cuando, en realidad, eran policías encubiertos. Este caso sería uno más de las decenas de investigaciones por narcotráfico anuales, si no fuera porque ha llegado al Tribunal Constitucional y, por primera vez, los magistrados se van a pronunciar sobre el papel de los agentes encubiertos. Según avanzan fuentes jurídicas a El Independiente, la ponencia de la sentencia aboga por desestimar el recurso y avalar el rol de la Policía.
El presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha incluido este punto en el orden del día del pleno que se celebrará este martes 21 de mayo, casi dos años después de que el recurso se admitiera a trámite. Ya solo este paso fue una victoria, según cuenta el abogado del condenado Víctor Fernández de Lucas: "La admisión a trámite del recurso de amparo ya supuso un punto de inflexión en cuanto a las investigaciones de agentes encubiertos y sobre todo al nivel de garantía y control judicial que le resulta exigible a esta figura de investigación", dice en declaraciones a este medio.
Él alegaba que los policías ocultos seleccionan la información que aportan al órgano judicial y la relevancia de la misma, cuando debería ser el juez el que decidiera con todos los detalles encima de su mesa; que la Fiscalía Antidroga de la Audiencia Nacional había dado luz verde a la actuación del agente sin dar cuenta inmediatamente al juez, como pide la Ley; y que, además, la medida ni era proporcional, ni estaba motivada.
Para Alirio Ramón León, el hecho de que fueran agentes encubiertos los que le incriminaran y sustentaran en exclusiva su pena vulneró varios derechos durante las pesquisas. "Que no haya podido defenderse de las afirmaciones vertidas", "que no se han aportado los elementos probatorios objetivos", y que se ha vulnerado su derecho a la intimidad, indica el recurso. Los magistrados vieron el asunto de especial trascendencia para dibujar las líneas rojas sobre estos funcionarios porque no existe jurisprudencia al respecto.
Esta admisión en 2022 puso en alerta tanto a la Fiscalía Antidroga como las unidades especializadas de drogas de Policía y Guardia Civil que ven básico el rol de estos agentes para desenredar los clanes de narcotráfico. Esta figura está regulada en el artículo 282 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y dice que ha de darse "cuenta inmediata al juez" y que se podrá autorizar "teniendo en cuenta su necesidad a los fines de la investigación".
Es un artículo muy escueto por lo que la intervención del Tribunal Constitucional mantiene en vilo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de este sector. La sentencia la comenzó a redactar el exvicepresidente Juan Antonio Xiol y cuando abandonó el Tribunal le pasó el testigo a César Tolosa. Como se ha mencionado, la ponencia apuesta por la inadmisión, pero está por ver si el bloque progresista (Tolosa es conservador) la avala y, de ser así, en qué términos. Será interesante analizar qué matices incluyen los garantes de la Carta Magna que pueden modificar el rumbo de las investigaciones.
Los temores son principalmente dos: un cambio en la forma de proceder de estos policías y una posible cascada de nulidades en los tribunales. Uno de los puntos relevantes pasa por determinar en qué medida el fiscal puede dar luz verde a las entregas controladas o agentes encubiertos cuando en la ley se lee "dando cuenta inmediata al juez". Desde 2006 aproximadamente, con la llegada del que fuera fiscal Jefe de Antidroga José Ramón Noreña se instauró la práctica de no advertir al juez instructor directamente puesto que a veces no lo había, sino de ponerlo en conocimiento del decano, según indican fuentes jurídicas. Una "costumbre" que hacía las diligencias más operativas, pero que a ojos de los abogados defensores presenta fracturas en las garantías de los derechos.
El recurso alega, además, que los funcionarios policiales vulneraron el derecho a la intimidad de Alirio Ramón León llegando a referirse a él como "amigo" para ganarse su confianza. Él les presentó incluso a su familia. Decidir si esto puede entrar en el marco de la relación entre infiltrado y capo es ahora materia del alto tribunal.
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hace 5 meses
Hay quien es condenado injustamente o es victima de una resolución judicial contraria a la ley y a la constitución e igual merece amparo.
hace 5 meses
Todo delito es susceptible de ser penado y por tanto de amparar a aquellos que se dedican a impedirlo.