Tribunales

Llarena retira la orden de detención contra Puigdemont tras el aval del Constitucional a la amnistía

Llarena retira la orden de detención contra Puigdemont tras el aval del Constitucional a la amnistía
El juez y magistrado de la sala segunda del Tribunal Supremo, Pablo Llarena. | EP

El juez Pablo Llarena ha dejado sin efecto las órdenes nacionales de detención que pesaban sobre el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y los exconsellers Antoni Comín y Lluís Puig, después de que el Tribunal Constitucional haya estimado el recurso de amparo de la exconsellera Dolors Bassa y haya fijado un nuevo criterio sobre la aplicación de la amnistía a la malversación, según han confirmado fuentes del Tribunal Supremo a El Independiente.

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El magistrado de la Sala de lo Penal adopta esta decisión de forma provisional, a la espera de conocer el texto íntegro de la sentencia del Constitucional sobre Bassa y determinar su alcance sobre los tres dirigentes independentistas procesados en rebeldía. Por ello, deja sin efecto las órdenes de detención que mantiene vigentes desde el 1 de julio de 2024 "con carácter inmediato y hasta nueva resolución judicial expresa".

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Tal y como ha informado este periódico, el Constitucional ha aprobado este martes —con siete votos a favor frente a cinco—, la ponencia de su presidente, Cándido Conde-Pumpido, que estima el recurso de amparo de Bassa y considera que el Supremo vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva al excluir su malversación de la amnistía. El tribunal ha entendido que la Sala de lo Penal hizo una interpretación "claramente expansiva" de la excepción de la ley que deja fuera los casos en los que exista un "beneficio personal de carácter patrimonial".

Aunque Puigdemont, Comín y Puig permanecen fuera de España desde hace nueve años, este criterio afecta directamente a los tres, que también quedaron fuera de la amnistía por la interpretación que hizo el Supremo de esa misma excepción. De hecho, Llarena reconoce en su auto que existe una "coincidencia sustancial" entre los hechos y la cuestión jurídica analizada por el Constitucional en el caso de Bassa y los que afectan a los tres dirigentes independentistas. Es por ello que el instructor del procés considera necesario levantar las órdenes de detención hasta conocer exactamente el contenido y alcance de la sentencia de Bassa.

Una decisión provisional

Llarena insiste en que el levantamiento de las órdenes no significa que haya aplicado ya la ley de amnistía a Puigdemont, Comín y Puig. "No es ejecución anticipada de la sentencia constitucional ni extensión automática de su fallo", incide. Lo que hace el juez es revisar provisionalmente las medidas de detención ante el cambio de escenario provocado por la decisión del Constitucional.

Así, el magistrado considera que mantener las órdenes mientras estudia la sentencia podría llevar a una situación en la que alguno de los tres fuera detenido y, después, el análisis del fallo constitucional demostrase que esa privación de libertad no era procedente. "Y su perjuicio no quedaría eliminado por su posterior alzamiento", recoge el auto.

Por eso, el instructor considera más adecuado dejar las órdenes sin efecto de forma temporal. Una vez reciba la sentencia íntegra del Constitucional, resolverá "sin demora" qué hacer con ellas. Ello significa que Llarena podrá mantener el levantamiento o modificar su decisión después de estudiar el fallo completo. El propio auto señala que deberá dictar entonces una nueva resolución motivada sobre la continuidad o modificación de lo acordado este martes.

El magistrado ha ordenado comunicar inmediatamente el levantamiento de las órdenes a la Policía Nacional, la Guardia Civil, los Mossos d'Esquadra y al resto de autoridades a las que hubieran sido remitidas, para que se abstengan de ejecutar una detención basada en ellas.

El aval del Constitucional

La decisión llega apenas una hora después de que el Constitucional fijara su doctrina sobre la malversación. El tribunal ha concluido que el Supremo interpretó de forma "claramente expansiva" la excepción de la ley de amnistía y ha declarado que la malversación de Bassa debe quedar amnistiada. No obstante, la sentencia cuenta con cinco votos particulares, formulados por los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, César Tolosa y José María Macías.

La ponencia de Conde-Pumpido considera que el Supremo convirtió el concepto de enriquecimiento personal en una noción más amplia de "provecho". La Sala de lo Penal entendió que los condenados habían obtenido una ventaja patrimonial al utilizar fondos públicos para financiar sus objetivos políticos y evitar así asumir esos gastos con su propio patrimonio, lo que el tribunal calificó como un "ahorro de expensas propias".

La doctrina que establece ahora el Constitucional se proyectará ahora al resto de recursos pendientes por la exclusión de la malversación de la amnistía. Entre ellos se encuentran los de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Toni Comín, Lluís Puig y el propio Puigdemont.

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