Opinión

Arte, un valor refugio

La inversión en arte puede ser un auténtico valor refugio y una alternativa interesante que puede aportar beneficios.
La inversión en arte puede ser un auténtico valor refugio y una alternativa interesante que puede aportar beneficios.

En apenas unos días se celebrará en Madrid la 37ª edición de ARCO, una de las ferias internacionales de arte contemporáneo más importantes del mundo, y cada vez más presente en la toma de decisiones de nuestro área de gestión patrimonial. Muchos perfiles muestran un creciente interés por el arte como vehículo de inversión. Analicemos qué cuestiones hay que plantearse antes de invertir en una obra artística, y que abarcan múltiples enfoques, desde el propio uso y disfrute de quien compra hasta la rentabilidad de la inversión realizada, pasando por áreas como la minoración de impuestos o la filantropía.

Se puede adquirir una obra por el mero hecho de la tenencia y disfrute de la misma. Puro coleccionismo. Pero debemos tener muy en consideración que, dependiendo de sus características, la obra adquirida puede ser tenida en cuenta, a efectos fiscales, como objeto susceptible de engrosar el Impuesto sobre el Patrimonio. A modo de ejemplo, en el caso concreto de la pintura quedarían exentas de ser objeto de ese impuesto las obras de más de cien años de antigüedad con un valor inferior a los 60.000 euros y aquellas de menos de 100 años de antigüedad cuyo precio se sitúe por debajo de los 90.000 euros.

Tampoco tributarán por el Impuesto sobre el Patrimonio aquellas obras de arte que formen parte del Patrimonio Histórico español que estén incluidas en el Inventario General de Bienes Muebles ni las que estén inscritas en el Registro General de Bienes de Interés Cultural. Igualmente, será posible obtener una exención en el Impuesto sobre el Patrimonio si las obras adquiridas se ceden, sin ánimo de lucro, en depósito permanente o por un plazo no inferior a tres años, a museos o instituciones culturales para su exhibición pública. Durante el periodo que se prolongue dicha cesión, las obras no quedarán gravadas por el Impuesto sobre el Patrimonio.

En un entorno de bajas rentabilidades, la inversión en arte es una alternativa interesante para generar beneficios

Otro factor a tener muy en cuenta cuando compramos arte radica en que en un futuro, y ante una posible revalorización de la obra, pueden surgir ofertas de compra que nos interese cerrar. En este caso, se pondrá de manifiesto una alteración patrimonial en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) -durante el 2018 gravado a un tipo de entre el 19% y 23%-. Sí es interesante mencionar también que en el supuesto de propietarios mayores de 65 años existen mecanismos para excluir de gravamen esta ganancia patrimonial.

Cuando se es propietario de obras de arte también es importante tenerlas en cuenta de cara a los supuestos de sucesión y, por tanto, transmisión del patrimonio a la siguiente generación, siempre que el adquirente sea el cónyuge o los descendientes. En este aspecto, este tipo de bienes podrán beneficiarse de una reducción en el impuesto del 95%, siempre y cuando sean bienes integrantes del Patrimonio Histórico español o del Patrimonio Histórico o Cultural de alguna Comunidad Autónoma española. Todo ello condicionado a que dichos bienes estén exentos según la normativa del Impuesto sobre el Patrimonio y que los mismos permanezcan durante un período de 10 años en el patrimonio del adquirente.

Esta transmisión también es posible intervivos, gozando de la misma reducción, aunque aparte de los requisitos anteriormente mencionados el donante debe cumplir otros: tener 65 años o más, o encontrarse, bien en situación de incapacidad permanente, bien en grado de absoluta o gran invalidez. Esta transmisión podría generar una ganancia patrimonial al donante gravada en el IRPF, sin perjuicio de la posibilidad de excluirla de gravamen en aplicación del supuesto de reinversión para mayores de 65 años.

Desde un punto de vista únicamente financiero, con los productos tradicionales con tan bajas rentabilidades como encontramos en la actualidad, especialmente en renta fija, desde Mirabaud observamos la inversión en arte como un auténtico valor refugio y una alternativa interesante que puede aportar beneficios pero, al igual que ocurre con la inversiones puramente financieras, es fundamental estar asesorado por expertos.


Patricia Franco es directora de Planificación Patrimonial de Mirabaud & Cie en España

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