El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha notificado este miércoles a las partes el auto donde acuerda libertad bajo fianza de 60.000 euros para la número dos de ERC, Marta Rovira, y libertad sin medidas cautelares para el expresident Artur Mas, ambos imputados en el ‘procés’.

En la resolución, el juez explica que los hechos investigados se complementan con la existencia de indicios de que desde instituciones como el Parlamento de Cataluña, el Govern o partidos de corte independentista “pudiera haberse incitado a los partidarios de la secesión a movilizarse en la calle, con la finalidad de robustecer sus actuaciones y forzar al Estado a aceptar la independencia, todo ello con conocimiento de la altísima probabilidad de que esta movilización desembocara en actos violentos en defensa de la declaración unilateral de independencia”.

En el auto, donde el juez da de plazo diez días a Marta Rovira para pagar la cuantía citada con anterioridad, Llarena relata los cuatro indicios que pesan contra la número dos de Esquerra.

  1. Enfocats y la agenda de Jové: “Desde este soporte fáctico, la aportación de la investigada Marta Rovira a la consecución de la segregación territorial, vendría de la mano de una responsabilidad política del mayor nivel, no sólo en el seno del partido soberanista Esquerra Republicana de Cataluña, del que era su Secretaria General, como en el Grupo Parlamentario Junts pel SI, del que fue su Portavoz. La importancia política de su figura resulta plenamente coherente con que la investigada tuviera una función decisoria en la concepción yen la ejecución de un proceso soberanista que fue el centro de la actividad política durante la legislatura, tal y como se le atribuye en el documento Enfocats intervenido con ocasión del registro practicado en la vivienda de Josep María Jové”, explica el instructor del Supremo.
  2. Declaraciones públicas a favor de la vía unilateral: “La investigada ha jalonado sus responsabilidades políticas con declaraciones públicas en las que divulga su iniciativa, al tiempo que describía los actos (posteriormente ejecutados) que permitían incumplir las trabas legales que impedían el objetivo colectivo que les impulsaba. Existe también una agenda (que aparece corroborada en cuanto a la corrección de sus anotaciones), en la que se refleja la participación de la investigada en diversas reuniones totalmente ajenas a su portavocía parlamentaria. Unas reuniones en cuyo seno se debatía la mejor estrategia que debía seguirse para lograr la independencia, adoptándose precisamente las decisiones que resultaron posteriormente estimuladas”.
  3. Pinchazos telefónicos: “Entre las evidencias más marcadas, las indagaciones recogen diversas conversaciones telefónicas en las que se aprecia que ,a investigada participaba, con una clara capacidad «tocona, en la organización y provisión de los centros de votación en los que pretendía celebrarse el referéndum ilegal que habla de conducir a la declaración de independencia”.
  4. La Ley de Transitoriedad Jurídica: “impulsó personalmente la tramitación de la Ley 19/2017 de 6 de septiembre del referéndum de autodeterminación, y de la Ley 20/2017 de 8 de septiembre de Transitoriedad jurídica y fundacional de la república, cuando su prohibición por el Tribunal Constitucional era notoria para cualquiera que desempeñara ,a actividad política en Cataluña”, destaca Llarena.

De la misma forma, el magistrado argumenta el papel que le atribuye la investigación practicada hasta hoy a Artur Mas y “la circunstancia de una intención política relativamente lejana, no conforman un riesgo que resulte equiparable al que se ha apreciado en otros investigados sometidos a la cautela de una fianza”.