La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha procesado al ex mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluis Trapero por organización criminal y dos delitos de sedición por los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y la jornada del 1 de octubre.

La juez también procesa por organización criminal y un único delito de sedición, por el 1 de octubre, al ex director de los Mossos Pere Soler y al ex secretario general de Interior de la Generalitat César Puig. Incluye en este procedimiento, además, a la intendente Teresa Laplana por un delito de sedición, en su caso por los hechos del 20 y 21 de septiembre.

Lamela describe el reparto de papeles entre autoridades para llevar a cabo la secesión

En cuanto a la pertenencia a organización criminal, Lamela describe el reparto de papeles entre autoridades gubernamentales, parlamentarias y civiles para llevar a cabo la secesión. Con arreglo a ese plan común, se centra en la utilización ilegal de los Mossos, en especial en los actos acaecidos el 20 y 21 de septiembre de 2017 junto a la Consejería de Economía de Barcelona y el 1 de octubre durante la celebración del referéndum.

Los Mossos, según Lamela, se mantuvieron al margen de cualquier actuación desarrollada por la Policía y la Guardia Civil, con una conducta dirigida  “a obstruir cualquier actuación que bloquease el plan estratégico hacia la independencia”, siguiendo una pauta anunciada previa y públicamente por los responsables políticos Joaquín Forn, Pere Soler y César Puig.

Respecto a la jornada del 1 de octubre la juez argumenta y detalla el plan premeditado por la cúpula policial de los Mossos, comandada por Josep Lluis Trapero para evitar actuar y “enmascarada bajo los principios de actuación policial de proporcionalidad, congruencia y oportunidad, fue de total inactividad”.

La magistrada considera que la actuación de los Mossos d´Esquadra los días 20-21 de septiembre así como su actuación el 1 de octubre encaja en el delito de sedición, como autores o cooperadores necesarios en comisión por omisión, al omitir, con incumplimiento de sus obligaciones legales de actuar, toda conducta dirigida a evitar lo que en definitiva aconteció ante la sede de Economía: que la muchedumbre, de forma pública, llegara a concentrarse tumultuosamente en el edificio de Economía y, “ con la fuerza coactiva e intimidatoria que proporciona una multitud hostil a la posible acción policial, con el objeto de impedir o dificultar gravemente el cumplimiento de la orden judicial de registro”. “

Lejos de actuar –añade Lamela- se limitaron a aparentar la imposibilidad de tal cumplimiento a la vista del tumulto de personas concentradas en el edificio, cuando en realidad se trataba de una abierta negativa a las reiteradas peticiones de auxilio que recibieron procedentes de la Guardia Civil, en aras a proteger a la comisión judicial encargada de llevar a cabo los registro por orden judicial”.

En el caso de la jornada del referéndum, la actuación de los procesados no solo se limitó a no dar cumplimiento a la actuación judicial sino que fue más allá, “ propiciando que sus planes de actuación fueran conocidos de antemano por los ocupantes de los colegios facilitando de esta manera que éstos pudieran preparar los escenarios que llevarían a los Mossos a no actuar, obstruyendo a los agentes policiales, dispuestos realmente a cumplir aquella orden judicial, espiando y controlando sus acciones”.

La titular del Juzgado Central de Instrucción 3 ha citado a los procesados para declaración indagatoria el próximo 16 de abril a las 10 horas.