Política

Sentencia tarjetas black

La inminente entrada de Rato en prisión, en manos del Constitucional

La jurisprudencia del tribunal permite suspender de forma cautelar la ejecución de una sentencia si la condena es inferior a cinco años de prisión. Rato se enfrenta a cuatro años y seis meses de cárcel.

Rodrigo Rato, en la Comisión del Congreso.
Rodrigo Rato, en la Comisión del Congreso. | EP

Del milagro económico a la cárcel. El ex vicepresidente del Gobierno de Aznar, Rodrigo Rato, ha recibido este miércoles con toda probabilidad una de las peores noticias de su vida. Deberá ingresar en prisión después de que el Tribunal Supremo haya confirmado la condena de cuatro años y seis meses de cárcel que le impuso la Audiencia Nacional en el caso de las tarjetas black.

Según informan fuentes jurídicas a El Independiente, lo previsible es que una vez que la sentencia del Alto Tribunal sea notificada al tribunal de instancia, la Sección Cuarta de la Sala Penal de la Audiencia de un plazo de entre cinco y diez días a Rato para ingresar en prisión. Si el ex ministro de Economía evita apurar ese período de tiempo podrá elegir el centro penitenciario en el que ingresar.

Paralelamente, su defensa –ejercida por el prestigioso penalista Ignacio Ayala- dispone de un plazo de treinta días hábiles desde la notificación del fallo para recurrir al Tribunal Constitucional en amparo por vulneración de derechos fundamentales. Se da la circunstancia de que el tribunal de garantías tiene el límite jurisprudencial establecido para acceder a suspender cautelarmente una condena en caso de interposición de recurso de amparo en penas inferiores a los cinco años  de cárcel como es el caso del ex banquero.

Dos vías para acudir al TC

Las fuentes consultadas explican que si Rato entiende que fue la Audiencia Nacional fue el órgano que vulneró sus derechos fundamentales puede acudir directamente en amparo al Constitucional solicitándole que paralice su entrada en prisión; mientras que si entiende que fue el Supremo el responsable de dicha vulneración debe presentar un incidente de nulidad de actuaciones para poder posteriormente dirigirse al TC.

Lo cierto es que ante la sentencia del Alto Tribunal, sólo el indulto por parte del Gobierno o una paralización de ejecución de sentencia de forma cautelar por parte del Tribunal Constitucional, mientras se resuelve el amparo, evitaría el ingreso en prisión de Rodrigo Rato.

Paralelamente, el ex presidente de Bankia puede dirigirse al Gobierno de Pedro Sánchez, en concreto al Ministerio de Justicia, para solicitarle el indulto. En ese supuesto, el artículo 4 del Código Penal deja en manos del tribunal sentenciador, es decir, la Audiencia Nacional, la paralización de la ejecución de la sentencia firme. Las fuentes consultadas consideran “altamente improbable” que el Ejecutivo socialista vaya a conceder la medida de gracia a Rodrigo Rato al que se le equipara con la “corrupción” vivida en España en los últimos años.

Rato perpetuó un sistema "pervertido"

El ex gerente del Fondo Monetario Internacional ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión por mantener conscientemente un sistema que ya cuando se estableció en 1988 –por parte del fallecido banquero Miguel Blesa- “estaba pervertido en su origen y en su traslado a la práctica”, ya que entonces no era posible otra percepción dineraria que las dietas y las indemnizaciones.

La resolución, ponencia del magistrado Miguel Colmenero, explica que como esas dietas se consideraron insuficientes “al criterio interesado de quienes las podían recibir, se decidió prescindir del camino legal, que habría conducido a solicitar un aumento de las cuantías asignadas a tales conceptos, y se construyó un sistema nuevo, consistente en utilizar el concepto permitido de  indemnizaciones pero suprimiendo la exigencia legal de justificación documental del gasto, con lo cual, en realidad, se facultaba a los titulares de las tarjetas que se expedían a utilizarlas en su beneficio sin necesidad de justificar que se habían empleado en gastos indemnizables, lo cual, en aquella época estaba fuera de la ley”.

El Supremo concluyó que las tarjetas opacas se emitieron inicialmente por decisión de la presidencia ejecutiva, “manteniéndolo y ampliándolo luego los demás presidentes, entre ellos el recurrente Rodrigo Rato. Y ha sido establecido en la sentencia que, aunque este último se aprovechó de su cargo, carecía de facultades para disponer de esa forma del patrimonio sobre el que tenía serias obligaciones de cuidado”.

Junto al caso de las black, Rato está pendiente de ser juzgado por la salida a Bolsa de Bankia mientras sigue investigado por su patrimonio amasado en el extranjero.

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