Política

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Nuevo Pleno convocado: el día 11 el Supremo estudiará la nulidad del fallo de las hipotecas

En ese Pleno, también se abordará la recusación que Puigdemont ha planteado contra el magistrado que debe decidir sobre su cese como 'president'.

Protestas ante el Tribunal Supremo por el fallo de las hipotecas.
Protestas ante el Tribunal Supremo por el fallo de las hipotecas. | EFE

El presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo, ha convocado el próximo día 11 de febrero un nuevo Pleno donde se estudiarán los dos incidentes de nulidad que ha presentado la Empresa Municipal de Rivas contra el fallo de las hipotecas que, por 15 votos frente a 13, sostuvo que era el cliente quien debía asumir los gastos derivados del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria. Esa decisión vino precedida de una polémica actuación por parte de Díez-Picazo que avocó a Pleno el asunto para estudiar si procedía revocar “el giro jurisprudencial” que el tribunal había adoptado en tres fallos judiciales anteriores acordados por la Sección Segunda de dicha Sala.

Según informan fuentes jurídicas a El Independiente, las ponencias de los incidentes de nulidad han correspondido a los magistrados Jorge Rodríguez-Zapata y Eduardo Espín aunque al encontrarse el primero de ellos de baja médica es previsible que las dos sentencias sean asumidas por este último togado. La convocatoria de este Pleno se produce después de que el pasado 10 de enero la Sala Tercera admitiese a trámite el primer incidente de nulidad en el asunto de las hipotecas.

Los demandantes, es decir, la Empresa Municipal de Rivas, alegan indefensión ya que el Supremo no les notificó el acuerdo suscrito por el presidente de la Sala, Luis María Díez -Picazo, a través del que decidió avocar a Pleno la revisión del fallo que provocó el desplome de la banca en Bolsa. Argumentan que recibieron la providencia con el señalamiento del citado Pleno de la discordia pero no notificación del polémico acuerdo de avocación.

La recusación promovida por Puigdemont

Por otro lado, en dicha sesión plenaria se estudiará la recusación que el líder de la Crida, Carles Puigdemont, ha presentado contra el juez Jorge Rodríguez-Zapata, a quien ha correspondido la ponencia del recurso contra su cese como presidente de la Generalitat por la aplicación del artículo 155. El ex dirigente catalán argumenta que el citado togado “carece de imparcialidad para conocer y resolver” el dicho recurso por ser el autor de un libro titulado Teoría y práctica del Derecho Constitucional donde se hizo alusión a la aplicación de dicho artículo legal por parte del Gobierno de Mariano Rajoy.

En dicha publicación, el ex magistrado del Tribunal Constitucional puso de manifiesto que “el 11 de octubre de 2017 tuvo lugar la primera aplicación efectiva del artículo 155 de la Constitución de 1978, como consecuencia del intento de secesión de Cataluña, tras la convocatoria de un referéndum denominado de autodeterminación y una declaración confusa de constitución de una república catalana”.

En el mismo libro, Rodríguez- Zapata recalcaba que “no existe ninguna actividad pública que pueda ejercerse al margen de la Constitución, lo que también es garantía de conservación de la misma. La destitución del Gobierno de Cataluña y la disolución del Parlamento catalán, acordada por el Gobierno por Reales Decretos de 27 de octubre de 2017, como consecuencia de la intentona de secesión de Cataluña al resto de España, muestra que el artículo 155 de la Constitución sirve también de garantía implícita de la misma”.

Sobre el citado incidente de recusación, fuentes jurídicas explican que es doctrina reiterada de la Sala Tercera que las divulgaciones científicas y publicaciones de los magistrados no constituyen causa objetiva de recusación.

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